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Verónica Benas – Diputada Provincia Bloque ARI

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en junio 2, 2006


Para mejorar las condiciones laborales

Tuvieron media sanción en la Cámara de Diputados tres proyectos de ley que mejorarán las condiciones laborales de los trabajadores estatales. Ahora pasarán al Senado para su discusión y posible sanción.

La Diputada Verónica Benas, en representación del Bloque del ARI, ingresó 3 proyectos de ley en el año 2004 que perdieron estado parlamentario ya que habían tenido media sanción en Diputados pero caducaron sin tratamiento en la Cámara del Senado. En consecuencia la semana pasada se volvieron a reingresar las tres iniciativas con la firma de todos los diputados de la comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General. Se trata de los siguientes proyectos:

Tareas diferentesEl personal docente titular de la Provincia de Santa Fe que por sus condiciones psicofísicas, dolencias, pérdida o disminución de sus aptitudes para la docencia activa no pueda desempeñarse en sus tareas habituales, deberá ser reubicado en el ejercicio de tareas diferentes transitorias o definitivas sin merma de su salario.

El docente con tareas diferentes no perderá, por ese mero hecho, la posibilidad de desempeñar otros cargos, incluidos los de mayor jerarquía o de ascenso a los que pudiera acceder por derecho de escalafón.

Este Proyecto de Ley reafirma la debida protección del trabajador docente, en lo que se refiere al acceso a Tareas Diferentes cuando sus condiciones o dolencias psicofísicas no le permitan desempeñar sus actividades habituales.

El Derecho al Trabajo que se vincula al ejercicio de Tareas Diferentes por parte del personal docente no sólo es un derecho constitucional, sino que por detentar dicha calidad, reviste además el carácter de Derecho Fundamental, conforme surge del Art. 25 del Pacto de San José de Costa Rica.

Licencia por Maternidad

Las empleadas estatales de la Provincia de Santa Fe gozarán, al menos, de ciento treinta y cinco (135) días corridos de licencia por maternidad con goce integro de haberes. La licencia podrá iniciarse con una anticipación máxima de cuarenta y cinco (45) días corridos y mínima de treinta (30) días corridos a la fecha probable de parto. En caso de nacimiento múltiple el plazo total concedido se extenderá, al menos, por quince (15) días corridos más por cada hijo a partir del segundo inclusive. Cuando las empleadas estatales de la Provincia de Santa Fe que se encuentran en uso de la Licencia por Maternidad quedaran cesantes, tendrán derecho a agotar el período de la licencia y conservarán la afiliación a IAPOS.

Este Proyecto de Ley reafirma la debida protección del personal femenino en uso de Licencia por Maternidad, armonizando las reglamentaciones hoy vigentes en nuestra Provincia y actualizándolas de acuerdo con la reforma constitucional de 1994, los Convenios de protección de la Maternidad de la OIT y la legislación comparada de otros distritos de la República Argentina. Accidentes de trabajo

Los trabajadores de la Administración Pública Provincial, incluido docente y no docente, cualquiera fuera la situación de revista y antigüedad, que sufrieran accidentes de trabajo o padecieran de enfermedades profesionales gozarán de los derechos que la normativa nacional y provincial les otorga desde el acaecimiento del accidente. Cuando los trabajadores que sufrieran Accidentes de Trabajo o Enfermedades Profesionales que quedaran cesantes tendrán derecho a agotar el período de la Licencia y conservarán la afiliación a IAPOS y/o a las Obras Sociales correspondientes en dicho período

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