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ARI CHACO

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en junio 30, 2006

Azucena Escobar
Derecho a la tierra

La dirigente del ARI, Azucena Escobar, analiza el tema de las tierras fiscales y los reclamos aborígenes, haciendo hincapié en el incumplimeinto con las comunidades según el texto constitucional.

Azucena Escoba

INCUMPLIMIENTO DE COMPROMISOS CONSTITUCIONALES ASUMIDOS

La tierra es un Recuso Natural que debe ser considerado de una forma integrada e integral, reconociendo su riqueza vital, su diversidad, potencialidad productiva y su característica de bien social. Debe ser cuidado y protegido para el bienestar de las comunidades actuales y de las generaciones futuras.

La pérdida de su concepción como recurso destinado al bienestar de todos, está en la raíz de toda concentración, apropiación indebida y depredación de los Recursos Naturales.

Desde hace muchos años, distintas organizaciones denuncian los problemas existentes en la administración de este recurso. Situación que se expresó en las protestas y movilizaciones de los últimos días y que mantienen las comunidades que se encuentran en la Plaza Central.

Estos acontecimientos, con los elementos conocidos, (como el reconocimiento de la ilegalidad de las adjudicaciones a los hermanos Gualtieri), desnuda la carencia de una política estatal fundada en una equilibrada distribución de las tierras fiscales, a pesar de los textos Constitucionales y de lo estipulado en la ley 2913, que regula la entrega de tierras fiscales.

El predominio de la concepción utilitaria de propiedad como un bien de mercado, y no como un bien social, fue generando, tanto en el país, como en la Provincia, un fuerte proceso de concentración de la tierra en pocas manos.

Esta situación afecta tanto a los pequeños y medianos productores agrícolas criollos como también vulnera los derechos de las comunidades aborígenes, que a doce años de la modificación de la Constitución Provincial, aún no son propietarios de sus tierras, ni han logrado las aptas y suficientes, según dicta el artículo 37 de la misma. Lo que desnuda, también, la carencia de una política aborigen de tierras, en franca oposición a lo que expresa la Carta Magna Provincial.

Es imprescindible la reflexión ciudadana al respecto, teniendo en cuenta los reclamos de las distintas comunidades aborígenes.

La Constitución Provincial en su artículo 37 dice: “La Provincia…. Reconoce la propiedad comunitaria inmediata de las tierras que tradicionalmente ocupan y las otorgadas en reserva. Dispondrá la entrega de otras aptas y suficientes para su desarrollo humano, que serán adjudicadas como reparación histórica, en forma gratuita, exentas de todo gravamen…”

Es importante destacar que en el debate parlamentario, relacionado con el mismo, se discutió respecto a si en el texto constitucional debía constar la cantidad de hectáreas destinadas a las comunidades aborígenes (se proponía una superficie no inferior a 730.000 has., para ser entregada en propiedad a las comunidades aborígenes). El debate fue extenso y primó el despacho de la mayoría, con el compromiso explícito de incorporar una cláusula transitoria que garantice la entrega de tierras necesarias y suficientes al año de aprobada la Constitución. Es la cláusula transitoria quinta y al respecto manifestó el Convencional Leunda: “…Asumimos el compromiso de hacer realidad una cláusula transitoria que establezca que el Estado, en el término de un año, debe realizar los censos y estadísticas necesarios para determinar cuál es la demanda de tierras aptas suficientes para el desarrollo humano de la comunidad aborigen presente y futura….”
“…Como somos de palabra, queremos asumir esta noche el compromiso de que, seriamente, vamos a cumplir con la decisión política adoptada para que esto sea una realidad…”

Estos conceptos fueron vertidos por un convencional representante de la fuerza política que gobierna la provincia desde el año 1995.

La cláusula transitoria quinta, establece que en el término de un año deberá transferirse a los pueblos indígenas, las tierras ocupadas y reservadas. A doce años de este compromiso, aún no se cumplió con el mismo. No se transfirió la totalidad de las tierras, ni se realizaron los estudios correspondientes a fin de establecer las tierras aptas y necesarias.

Otro punto a tener en cuenta en el análisis, es lo relacionado con los datos que se dan a conocer desde los ámbitos oficiales. En publicación periodística de fecha 25/05/06, bajo el título “Igualdad de oportunidades para todos los chaqueños”, se consigna que existen 660.423 hectáreas destinadas a aborígenes en toda la Provincia.

De información aportada por el propio Instituto de Colonización, se concluye que la superficie, entre reservas y títulos otorgados a Comunidades Aborígenes asciende a 445.266 has., de las cuales 249.265 has. se encuentran como reservas y 196.001 has., fueron tituladas, tanto en forma individual como colectiva.

El acceso a la información es un derecho. Ésta debe ser clara y veraz para evitar todo tipo de confusión, en especial cuando de política pública se trata.

Las Comunidades Aborígenes llevan 12 años esperando el cumplimiento de los artículos constitucionales. Hubo un compromiso acordado y explícito en la Convención Constituyente de 1994, consignando un plazo de un año para su cumplimiento. En la Provincia existen los organismos responsables y la normativa para hacer operativo este mandato y aún las reservas no alcanzan a las necesarias y suficientes consideradas en ese momento.

Las Comunidades reclaman el cumplimiento de derechos reconocidos constitucionalmente, pero deben seguir esperando resoluciones que los hagan efectivo, cuando estas, hace mucho tiempo deberían haber cristalizado.

Como ciudadanos responsables, debemos reflexionar acerca de la JUSTICIA DEL RECLAMO Y LA INJUSTICIA QUE SIGNIFICA EL TIEMPO TRANSCURRIDO SIN LAS RESPUESTAS ADECUADAS……LAS COMUNIDADES ABORIGENES SIGUEN ESPERANDO EL RECONOCIMIENTO DE SUS DERECHOS LEGÍTIMOS…. MIENTRAS LOS PODERES DEL ESTADO SE TOMAN SU TIEMPO….¿ESTUDIANDO LAS POSIBILIDADES????

Arq. Azucena Escobar
Presidente Asamblea Provincial
Partido ARI – Chaco

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