LA ARGENTINIDAD….. AL PALO

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Archive for 5 de agosto de 2006

Ambientalistas entrerrianos vuelven a la ruta, esta vez para entregar volantes

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Ambientalistas entrerrianos volverán mañana a la ruta nacional 14, pero no para cortarla sino, esta vez, para entregar volantes y realizar un acto simbólico en el peaje de Colonia Elía, entre Gualeguaychú y Concepción del Uruguay, en rechazo a la instalación de dos papeleras en Fray Bentos.

La protesta se desarrollará a las 13 en la principal carretera del Mercosur, aunque no habrá interrupción del tránsito como en manifestaciones anteriores, según indicaron los organizadores.

Por su parte, el presidente uruguayo Tabaré Vázquez no descartó que el gobierno de Néstor Kirchner planee una serie de represalias ante la prolongación del conflicto por la instalación de las plantas de celulosa que se está extendiendo por «más tiempo» del que se imaginó.

Entre esas posibles medidas, enumeró «cortes en el suministro de energía eléctrica, de gas, bloqueos en préstamos internacionales, y manejos arbitrarios de los dragados de los canales».

«Yo tenía esperanzas de que el conflicto no se extendiera y pudiéramos encontrar, a través del diálogo, un camino de entendimiento», admitió Vázquez en una entrevista publicada en la revista Caras y Caretas de Uruguay, reproducida por el diario El País.

A todo esto, la protesta de los ambientalistas mañana será la primera acción de la Unión de Asambleas Ciudadanas, compuesta por instituciones similares de Entre Ríos, San Juan, La Rioja, Chubut, Río Negro, Córdoba y Catamarca.

Martín Alazard, integrante de la Asamblea de Gualeguaychú, manifestó que «no está evaluado» por el momento el corte de los puentes que comunican Argentina y Uruguay en la provincia de Entre Ríos, al indicar que «tratamos de que las medidas extremas sean para momentos extremos».

«Ahora estamos incorporados con nuestros representantes a este estudio (de impacto ambiental), esperamos que esto se haga sin improvisaciones», expresó.

Por otro lado, el ambientalista consideró que las versiones sobre el retiro de la empresa ENCE de Fray Bentos son parte de «una estrategia maquiavélica para despistar al enemigo».

Los cortes de ruta realizados durante el verano último en los tres puentes internacionales (Gualeguaychú-Fray Bentos, Concordia-Salto y Colón-Paysandú), sobre todo en el primero, provocaron millonarias pérdidas económicas al Uruguay.

Por ello, el gobierno de Vázquez demandó a su par argentino en el Tribunal del Mercosur.

El 13 de julio último, la Corte Internacional de La Haya autorizó a la construcción de las dos plantas de celulosa, pero habilitó a la Argentina a realizar nuevas presentaciones.

Asimismo, notificó a las partes de la necesidad de «abstenerse de cualquier acción que pueda hacer mas difícil la resolución» del diferendo, en alusión a los cortes de ruta

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ARI ELISA CARRIÓ

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Para Carrió, Alfonsín «perdió principios» y Lavagna es el «candidato de la corporación»

La líder del ARI, Elisa Carrió, volvió hoy a apuntar contra el ex ministro y posible postulante presidencial, Roberto Lavagna, al señalarlo como «el candidato de la corporación política y mediática» y sostuvo que el ex presidente Raúl Alfonsín «perdió los principios».

Desde La Pampa, donde se realiza el Plenario Federal de dirigentes del ARI, Carrió confirmó que avanzará con su candidatura presidencial si el partido mantiene la «intransigencia», porque «hay mucha gente que ha creído en mi palabra y no voy a traicionar eso para obtener un cargo».

En ese marco, la chaqueña insistió en su decisión de no conformar acuerdos electorales que «supongan la pérdida de identidad y ausencia de principios» porque «no es que haya cosas que no quiera hacer, simplemente no puedo transar, pactar», explicó en diálogo con Radio del Plata.

«En la intransigencia, el ARI puede tener liderazgo y candidaturas, de otra forma no puedo ser candidata porque no lo siento», insistió Carrió, quien sostuvo que su figura es «muy parecida a la de Alem» porque «muchos de sus amigos querían pactar con el régimen».

Alfonsín, uno de los principales impulsores de la presentación de Lavagna, advirtió hace algunos días que Carrió rever su actitud para no hacer «una pésima elección», a lo que la chaqueña respondió en duros términos esta mañana.

«Nosotros no peleamos por elecciones, sino que peleamos por principios. Lamentablemente Alfonsín los perdió y yo no puedo hacer nada por eso», retrucó la diputada, quien consideró que «no tiene que sorprender» la denuncia de Lavagna sobre pinchaduras de teléfonos.

Asimismo, remarcó que ella sigue siendo «la segunda en las encuestas», por encima del economista, a quien señaló como «el candidato de la corporación política, pero también mediática y eso está clarísimo».

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ARI ELISA CARRIO

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Carrió llamó a «defender el campo y la ganadería». Son «imprescindibles», dijo

La diputada nacional y líder del ARI, Elisa Carrió, llamó hoy a «defender el campo y la ganadería», al sostener que esos sectores son «imprescindibles» para el desarrollo de una «política estratégica nacional».

Carrió realizó estas declaraciones durante un desayuno de trabajo con una veintena de asociaciones agropecuarias y ganaderas en un hotel de Santa Rosa, La Pampa, ciudad en la que se reunió el Plenario Federal de dirigentes del ARI para definir la estrategia electoral que adoptará el partido en 2007.

En un comunicado se informó que Carrió entregó a los ruralistas el Plan Ganadero Nacional que presentó en junio pasado y realizó consultas sobre «los problemas» que atraviesa el sector, una buena parte del cual está enfrentado con el gobierno por las políticas agropecuarias oficiales.

La legisladora llamó a «defender el campo y la ganadería, sectores imprescindibles para desarrollar una política estratégica nacional».

«El daño está hecho, pero es necesario que empecemos a pensar y a desarrollar una estrategia para el sector», sostuvo Carrió, que recordó que «el campo argentino financió el desarrollo del país, la expansión de la escuela pública y el nacimiento de miles de pueblos en todo el territorio».

«Hay que terminar con el destrato, el prejuicio y el resentimiento hacia el sector», reclamó.

Entre los dirigentes que participaron del desayuno estuvieron Jaime Murphy de CARBAP Y CRA, César Hernández, de la Sociedad Rural de Santa Rosa, Mario Casuccio de la Asociación Agrícola de Santa Rosa y el presidente de la Asociación Rural de General Acha, Fernando Feito.

También estuvieron pequeños y medianos productores de General Pico, Winifreda, Santa Rosa y General Acha.

Con ellos, Carrió analizó la problemática de la cadena de producción y comercialización de la carne y convinieron en que «el gobierno no tiene política» para el sector y en la necesidad de impulsar un cambio en la comercialización.

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ARI ELISA CARRIO

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

El ARI ratificó a Carrió como candidata presidencial para las elecciones del 2007

La diputada nacional y líder del ARI, Elisa Carrió, será la candidata presidencial por esa fuerza en las elecciones de 2007, según lo resolvió esta tarde aquí el Plenario Federal de dirigentes partidarios.

Carrió es «la única figura capaz de aglutinar y construir una alternativa de representación y justicia social», consignó el documento redactado por los jefes partidarios de la fuerza al cerrar la segunda jornada de deliberaciones.

El plenario, además, ratificó su postura de «no conformar alianzas electorales con partidos tradicionales» de cara a los comicios generales del año que viene

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ARI DIP MARCELA RODRIGUEZ

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006


El ARI tambien va a la justicia por la ley de poderes especiales

El ARI anunció hoy que se sumará a las presentaciones judiciales de la oposición para que se declare inconstitucional el proyecto que faculta a la Jefatura de Gabinete a modificar las partidas del presupuesto sin autorización del Congreso.

A mediados de la semana próxima, los diputados Elisa Carrió, Adrián Pérez y Marcela Rodríguez se presentarán ante los tribunales para presentar la denuncia.

 

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ARI ELISA CARRIÓ

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

El ARI ratificó a Carrió como candidata presidencial para el 2007

Santa Rosa.- La diputada nacional y líder del ARI, Elisa Carrió, será la candidata presidencial por esa fuerza en las elecciones de 2007, según lo resolvió esta tarde aquí el Plenario Federal de dirigentes partidarios.

Carrió es “la única figura capaz de aglutinar y construir una alternativa de representación y justicia social”, consignó el documento redactado por los jefes partidarios de la fuerza al cerrar la segunda jornada de deliberaciones.

El plenario, además, ratificó su postura de “no conformar alianzas electorales con partidos tradicionales” de cara a los comicios generales del año que viene.

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ARI ELISA CARRIÓ

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Plenario federal en La Pampa

 

Respaldó el ARI la candidatura de Elisa Carrió

Resolvieron no conformar alianzas electorales para 2007



SANTA ROSA. – La diputada nacional y líder del ARI, Elisa Carrió, será la candidata presidencial por esa fuerza en las elecciones de 2007, según lo resolvió esta tarde –y tras seis horas de deliberaciones- el Plenario Federal de dirigentes partidarios.

Carrió es «la única figura capaz de aglutinar y construir una alternativa de representación y justicia social», consignó el documento redactado por los jefes partidarios de la fuerza al cerrar la segunda jornada de deliberaciones.

El plenario, además, ratificó su postura de «no conformar alianzas electorales con partidos tradicionales» de cara a los comicios generales del año que viene.

Carrió ayer advirtió a los jefes partidarios sobre las condiciones con las que aceptaría la candidatura para 2007: «Ahora le toca a mi partido. Ojalá elijan la intransigencia y descarten el acuerdismo, porque de esa manera seguiremos construyendo juntos».

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ARI ELISA CARRIÓ

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Empieza un plenario del ARI con líder a medio tiempo

Elisa Carrió dará una charla académica y en una cena les explicará a los dirigentes del interior por qué se corrió de la conducción de la fuerza. Pero no participará del debate partidario.

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Elisa Carrió estrena su nueva modalidad de liderazgo, alejada de la conducción partidari

El ARI se prepara para enfrentar su primer encuentro nacional luego del paso al costado que dio su líder, Elisa Carrió, de la dirección del partido. Los representantes de la mesa nacional y los provinciales se reunirán hoy y mañana en Santa Rosa, La Pampa, para evaluar cómo continuarán. Carrió estará presente hoy para brindar la charla inaugural de la Escuela de Gobierno y compartirá una cena con los dirigentes del interior, en la que les explicará cara a cara su decisión. Mañana hará su salida de escena para dejar lugar al debate en el Plenario Federal.

Como hizo en los encuentros de La Pampa y de Mendoza, Carrió acompañará a los dirigentes con una clase inaugural de la Escuela de Gobierno provincial, en el aula magna de la Universidad de La Pampa. Después tendrá una cena con los dirigentes provinciales. El principal objetivo de este encuentro es contener a la tropa en el interior y que su líder pueda explicar los motivos de su paso al costado.

“En la cena, los compañeros del interior podrán estar con Lilita. Por eso, incluso van más compañeros de los que orgánicamente corresponde. Ella seguramente dirá lo que tenga que decir”, estimó la secretaria general del ARI, Elsa “Tata” Quiroz. En las filas del ARI destacaron que allí los militantes del interior tendrán la oportunidad de manifestar abiertamente sus inquietudes por el paso al costado de Carrió.

El sábado por la mañana, la líder del ARI compartirá un desayuno con 16 organizaciones del campo y luego partirá de Santa Rosa, sin participar de las instancias partidarias.

En el hotel La Campiña, rodeado de árboles y tranquilidad, casi como en un retiro espiritual, unos cincuenta dirigentes del ARI –entre presidentes y vicepresidentes provinciales, más la junta nacional– debatirán sobre la situación del partido en cada provincia. “No hay una crisis en el ARI. Vamos a seguir de igual manera como venimos funcionando hasta ahora. Quizá con mayores responsabilidades de parte nuestra, pero no habrá demasiada diferencia”, sostuvo Quiroz, quien planteó que “la idea es juntarnos para ver cómo sigue el partido y recibir el informe de cada una de las provincias”.

Quiroz insistió en que la decisión de Carrió de alejarse de la conducción no traerá demasiados cambios en la dinámica del ARI y ratificó la línea partidaria que acordaron en el encuentro de Mendoza. “Nosotros trataremos de asumir responsabilidades y avanzar de forma consolidada para ser el principal sostén de Lilita como líder. Ella es la candidata a presidenta por el ARI para 2007, vamos solos y sin alianzas electorales. Eso es indiscutible”, señaló la secretaria general del partido

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QUE TU ALMA SE PUDRA EN LA CARCEL ASESINO

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Dictadura: 25 años para un torturador

VIGILIA. Los organismos de Derechos Humanos esperaron el fallo en la puerta de Comodoro Py.


Es la primera condena después de la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Fue por el secuestro y suplicios del matrimonio Poblete y el ocultamiento de su hija.

CASTIGO A LOS CULPABLES

VERDAD Y JUSTICIA

NUNCA OLVIDO!!!! 

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TAPAS DE REVISTAS ARGENTINAS

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

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Los negocios secretos Chávez-De Vido. Una vez por mes hacen anuncios fabulosos: el último, por u$s 4.000 millones para extraer petróleo en el Orinoco. Los bonos argentinos que Venezuela vende en el mercado negro. Los u$s 90 millones que desaparecieron. El supergasoducto más caro de la historia. Todos son presentados como beneficiosos para el país, pero ocultaron otros intereses. Las denuncias contra De Vido. Alicia Castro en Caracas: ¿Primera Dama de Chávez?”. Arriba: “Exclusivo: el encuentro Tinelli-Kirchner. Tras la extorsión, cita en la Casa Rosada. Qué acordaron. Además: la ley para ahogar medios”. Abajo: “De la Rúa 100%: ‘Inés me decía que hay que saber cuando retirarse”’ y “Grassi: cartas y confesión del testigo que puede condenarlo”. Botón: “Top ten Moreno. Los diez aprietes del secretario de Comercio.

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“Análisis de gestión. El almacén del poder. Kirchner administra el país como a una Pyme. Delega poco y a sus ministros les chista: ‘Yo sé todo’. Su estilo le da resultado ¿Hasta cuándo?”. Arriba: “La Argentina que enfermó a Castro”. Abajo: Grandes entrevistas: John Lennon íntimo” y Medio Oriente: ¿Hezbolá gana cuando pierde?”.

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Patentizan diputados argentinos respaldo a Cuba y Fidel Castro

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Buenos Aires, 5 ago (PL) El deseo de un pronto restablecimiento del presidente Fidel Castro y un total apoyo al pueblo cubano en la defensa de sus conquistas fueron proclamados hoy por numerosos legisladores argentinos.

Sus votos están contenidos en una carta que entregaron al embajador cubano aquí, Aramís Fuente, y que suscribieron 36 miembros de la Comisión de Amistad con la República de Cuba de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

Los seres humanos de bien de todo el mundo reconocen los profundos, brillantes e irrenunciables logros de un pueblo empeñado en legar a la historia el máximo precedente que una comunidad organizada es capaz de conquistar, dice la misiva.

También repudia a quienes en Estados Unidos festejan, «cual carnaval macabro», la eventual muerte de Fidel Castro, quien en días recientes se sometió a una intervención quirúrgica y delegó con carácter provisional sus cargos en otros dirigentes de la Revolución.

Tras calificar al mandatario como «uno de los grandes hombres de la humanidad», los firmantes expresan sentirse «unidos al sentimiento de ese maravilloso pueblo» y a sus esfuerzos «para sostener en forma permanente sus conquistas».

Cuba, pemanentemente joven e inalterable, demuestra con suficiencia que su modelo social y político traduce en lenguaje cotidiano el magnífico logro de la conquista de la dignidad, refieren.

En la carta se pide al embajador cubano «que el compañero Fidel también conozca este mensaje para que sepa que estamos latiendo con el corazón de su pueblo, deseando su pronto restablecimiento».

Entre los 36 diputados, pertenecientes a diferentes bancadas, figuran José María Díaz Bancalari, Eduardo Gabriel Macaluse, Claudio Lozano, Hermes Binner, Susana Canella, Vilma Rosana Baragiola, Araceli Méndez, Graciaela Ross y Blanca Osuna.

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ARI RODRIGUEZ MARCELA FUTURA PRESIDENTE DEL ARI

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006


Más denuncias contra los superpoderes

Un día más tarde que otras fracciones de la oposición, el ARI anunció ayer que se sumará a las presentaciones judiciales para que se declare inconstitucional el proyecto que otorga superpoderes al jefe de Gabinete para poder modificar partidas presupuestarias sin autorización del Congreso.

«No estamos frente a una delegación de poderes, estamos en algo más fuerte, que es la apropiación de un poder constitucional de uno de los poderes hacia otro», sostuvo la diputada Elisa Carrió, durante el plenario de ayer en La Pampa, para argumentar la postura de su partido.

A mediados de la semana próxima, Carrió y los diputados aristas Adrián Pérez y Marcela Rodríguez se presentarán en los Tribunales para presentar la denuncia contra la ley que impulsó el oficialismo en la madrugada del jueves, luego de un extenso debate que duró once horas.

«La Constitución es muy clara al establecer que la asignación y reasignación de partidas y recursos públicos es una facultad exclusiva y excluyente del Parlamento Nacional como ámbito de mayor legitimidad democrática y de pluralidad de representaciones políticas, sociales y geográficas», dijeron los diputados del ARI durante el anuncio de la presentación judicial.

Hasta hace apenas unas horas, el ARI tenía dudas sobre la iniciativa de recurrir a la Justicia. «Nuestros abogados están analizando la viabilidad jurídica de una eventual presentación y luego veremos qué criterio adoptamos desde lo político», había admitido el titular de esa bancada opositora, Eduardo Macaluse.

Las vacilaciones de los legisladores aristas se basaban en que los acusen de recurrir a uno de los poderes —el Judicial— para que resuelva en su favor lo que el Poder Legislativo ya definió en sentido contrario.

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ARI ROSARIO GAMBOA PRESIDENTE

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

De Angelelli a Pocho

30 años nos es nada. ¿Curas comunistas; tercermundistas o la palabra de Jesucristo en acción? Una síntesis que nos exige la sociedad: ser cristianos, con un oído en el pueblo y otro en el Evangelio, con el corazón de los pobres». La iglesia ortodoxa nunca comulgó en el mismo banco con los llamados tercermundistas, ni recorrieron los mismos barrios, las mismas villas, ni le dieron la ostia a los mismos fieles. ¿Sin embargo hoy 30 años después, de comunista a Santo? Angelelli oficializado, invocado y reconocido en todo el país, iglesias, e instituciones. Sería interesante, que esto resulte de un verdadero compromiso de las instituciones y la sociedad en busca de la verdad y no, «de la moda k» de los 30 años, la memoria como una moda. Sería interesante un llamado a la reflexión del ser cristiano, fiel, y piadoso y recordar a los que vivieron como decían y actuaban según sus palabras, dando misas, en los ranchos, debajo de un árbol, repartiendo el pan de cada día, con el oído en la necesidad del pueblo, comprometidos por una causa social, mas justa para todos. Sería muy bueno entonces, que este reconocimiento del cura Angelelli,( por su forma de vida y pensamiento) asesinado por la última dictadura militar, no esté vaciado de contenidos, ni utilizado para demagogias políticas. Porque los que andamos por la vida reclamando justicia con las pancartas del padre Angeleli (como mochila) tuvimos que sumar a la del Pocho, por la misma causa, la «justicia social». Una deuda que la sociedad argentina tiene con los nadies, los ninguneados, que para el sistema vale menos que la bala que los mata. Entonces allí en ese lugar ausente de políticas, donde la brecha se agiganta, fueron ellos los que pusieron el cuerpo y predicaron con el evangelio, con las ollas populares, conviviendo con el sufrimiento humano y la peor violencia que es la miseria y el hambre… entre aquellos desaparecidod y los desocupados de hoy. Decimos que seguridad es justicia social, seguridad es presupuesto para una educación para todos, salud para todos, viviendas para todos, trabajo para todos. Cuando se garanticen estas condiciones básicas para una sociedad democrática y justa, ahí entonces, empezaremos a creer en que los reconocimientos valen la pena.

Gustavo Gamboa

Presidente ARI Rosario


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PROYECTO DE LEY

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

PROYECTO DE LEY

Artículo 1º: Modifícanse los artículos 29, 30, 31, 33, 34 y 35 del Título III – Inspección y Vigilancia – de la Ley 10468 de la “SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO” los que quedarán redactados de la siguiente manera

 

ARTICULO 29: La Secretaría de Estado de Trabajo realizará, en todo el territorio de la Provincia, la inspección y vigilancia en los lugares donde se preste trabajo en relación de dependencia, cualquiera sea su modalidad. Tal función será ejercida en forma preventiva o informativa, como de vigilancia y fiscalización, a fin de verificar el cumplimiento de las leyes, decretos, convenciones colectivas, reglamentaciones y resoluciones que rijan tal prestación. Dicha función inspectora será desempeñada por funcionarios del cuerpo de inspectores de trabajo de la Provincia de Santa Fe, el cual estará integrado por agentes especialmente capacitados para el desempeño de su función. La cantidad de inspectores con funciones de policía del trabajo serán fijados en proporción a la cantidad de empresas y/o establecimientos de cada delegación, debiendo garantizarse que dicha cantidad resulte suficiente a los fines de visitas periódicas a un mismo establecimiento.”

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“ARTICULO 30. La Secretaría de Estado de Trabajo, en todos los casos, autorizará a los representantes de asociaciones profesionales de trabajadores, a solicitud de éstas, a fin de que acompañen a los funcionarios encargados de vigilar el cumplimiento de las normas laborales aún cuando se trate de procedimientos de oficio.

Quienes impidan la presencia dentro de los establecimientos de dichos representantes sindicales serán sancionados con arreglo a lo dispuesto en el inciso 5 del artículo 41 de la presente ley.”

“ARTICULO 31. Los inspectores y funcionarios de la Secretaría de Estado de Trabajo, en el ejercicio de su función, tendrán las atribuciones establecidas por el artículo 12 del Convenio sobre Inspección del Trabajo, 1947, número 81, por lo que estarán facultados para:

a) Entrar libremente y sin notificación previa en los lugares donde se realizan tareas sujetas a inspección en las horas del día y de la noche.

b) Entrar de día en cualquier lugar cuando tengan motivo razonable para suponer que el mismo está sujeto a inspección.

c) Requerir todas las informaciones necesarias para el cumplimiento de su función y realizar cualquier experiencia, investigación o examen por ante oficinas públicas o entes privados y utilizar los servicios de los distintos organismos administrativos de la Provincia de Santa Fe; y en particular:

I) Interrogar solos, o ante testigos, al empleador, contratista, subcontratista, al presunto responsable, al personal o a cualquier tercero que a su juicio pueda tener conocimiento sobre hechos relativos al incumplimiento de la normativa laboral en una situación concreta, para contestar o informar verbalmente labrándose el acta correspondiente;

II) Exigir la presentación de libros y documentación que la legislación laboral prescriba y obtener copias o extractos de los mismos.

III) Tomar y sacar muestras de sustancias o materiales utilizados en el establecimiento, con el propósito de analizarlos y realizar exámenes e investigaciones de las condiciones ambientales de los lugares de trabajo y de las tareas que en ellos se realizan.

IV) Intimar la adopción de medidas relativas a las instalaciones o a los métodos de trabajo cuyo cumplimiento surja de normas legales o convencionales referentes a la salud, higiene o seguridad del trabajador.

V) Disponer la adopción de medidas de aplicación inmediata en caso de peligro inminente para la salud, higiene o seguridad del trabajador, incluida la suspensión de tareas.

VI) Requerir la colocación de los avisos que exijan las disposiciones legales.

d) Proceder a la clausura y/o apertura de los establecimientos por disposición de autoridad competente.

e) Hacer cesar la infracción en el momento que la compruebe y cuando la transgresión implique un peligro grave e inminente para la integridad, salud, higiene y seguridad de los trabajadores, disponer la suspensión preventiva inmediata de tareas y/o clausura del establecimiento hasta el cese efectivo del incumplimiento detectado, sin perjuicio de las sanciones que correspondiere aplicar. Dicha medida podrá imponerse también cuando se encontraren menores y mujeres desarrollando tareas en trabajos prohibidos o como resultado de incumplimiento ante reiterados emplazamientos o incumplimientos en las suspensiones preventivas de tareas impuestas.

La clausura del establecimiento no exime de la obligación del empleador de pagar los salarios correspondientes al período en que la obra permanezca clausurada.

Los inspectores de trabajo, cuando no se deriven riesgos, daños o perjuicios directos para los derechos de los trabajadores, podrán emplazar al empleador a cumplir con las normas infringidas, labrando acta al efecto.

Los inspectores estarán habilitados para requerir directamente el auxilio de la fuerza pública sin necesidad de orden de allanamiento judicial a los fines del cumplimiento de su cometido, la que deberá ser prestada con la sola exhibición de la credencial que a tal fin transcribirá el texto de la presente disposición.

Sin perjuicio de las penalidades establecidas, la autoridad administrativa puede compeler la comparecencia de quienes hayan sido debidamente citados a una audiencia mediante el auxilio de la fuerza pública, el que será prestado como si se tratara de un requerimiento judicial.”

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“ARTICULO 33. Fuera de las horas de labor o en días feriados la inspección se practicará de oficio o en caso de denuncia o sospecha fundada de violaciones a las leyes de trabajo.”

“ARTICULO 34. Los funcionarios o empleados de la Secretaría de Estado de Trabajo no podrán tener interés directo ni indirecto en las entidades vinculadas a la actividad sometida a vigilancia, deberán guardar reserva de la información a la que acceden como consecuencia de su función, y quedan sujetos a un régimen de declaración jurada anual de bienes que será de consulta libre y pública.

Los mismos deberán guardar secreto de las informaciones propias de los inspeccionados, obtenidas en el ejercicio de sus funciones. La infracción de este deber y todo abuso en el cumplimiento de la inspección hará incurrir al funcionario o empleado responsable en falta grave.”

“ARTICULO 35. La clausura de locales o establecimientos será dispuesta mediante resolución fundada del Director Provincial o autoridad superior que corresponda, salvo el supuesto del inciso e del artículo 31 de la presente ley.”

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Artículo 2º: Modifícanse los artículos 36 y 39 del Título IV – Higiene y Seguridad en el Trabajo – de la Ley 10468 de la “SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO” los que quedarán redactados de la siguiente manera:

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“ARTICULO 36. Sin perjuicio de las facultades y competencias determinadas en la Ley de riesgos del Trabajo, se determina que la Secretaría de Estado de Trabajo de la Provincia de Santa Fe tiene en orden a la indelegable función que le corresponde al Estado de asegurar la integridad psicofísica de los trabajadores, facultades propias de fiscalización de las condiciones y medio ambiente del trabajo, aplicando la Ley de Higiene y Seguridad en el trabajo y normas concordantes y complementarias.

La Secretaría de Estado de Trabajo verificará a través de su servicio de inspección laboral el cumplimiento de las normas vigentes en materia de higiene, salubridad y seguridad de
los trabajadores en los lugares de trabajo, de oficio o a pedido de partes, estará facultada a requerir asesoramiento de los organismos técnicos oficiales, colegios profesionales o Universidades sobre las medidas necesarias para garantizar la salubridad de las condiciones de trabajo.”

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“ARTICULO 39. Para el cumplimiento de los fines indicados en los artículos anteriores de éste Título, la Secretaría de Estado de Trabajo tendrá las siguientes facultades:


a) Inspeccionar las condiciones de higiene y salubridad de los establecimientos sometidos a su jurisdicción y competencia, certificando el estado de los mismos;

b) Realizar estudios sobre las actividades industriales en la Provincia, relacionadas con la salud del trabajador y proyectar la reglamentación pertinente;

c) Inspeccionar el estado de salud de los trabajadores en sus respectivas tareas profesionales;

d) Producir informes y dictámenes sobre cuestiones de medicina social y del trabajo que se le requieran;

e) Coordinar con la repartición respectiva del Ministerio de Salud y Medio Ambiente de la Provincia el examen médico del personal del servicio doméstico y de los menores que soliciten permiso para trabajar, así como su ulterior revisación periódica;

f) Coordinar con otros organismos públicos nacionales o provinciales, las inspecciones, estudios, dictámenes y demás acciones tendientes al cumplimiento de los fines propuestos;

g) Convocar y realizar juntas médicas y todo acto profesional tendiente a la conciliación de las partes o al arbitraje en su aspecto médico;

h) Verificar que la empleadora o la entidad subrogante de sus obligaciones, proporcione al obrero víctima de un accidente de trabajo, enfermedad profesional o enfermedad del trabajo, todos los medios técnicos – científicos indicados para la más completa rehabilitación posible, aconsejando en su caso dichos medios;

i) Estudiar y proponer sistemas normativos destinados a uniformar los procedimientos de valoración de las incapacidades para el trabajo y los informes periciales respectivos. A este fin podrán constituirse comités técnicos especializados;

j) Tomar conocimiento de todos los informes médicos periciales que se produzcan con motivo de asuntos de trabajo de cualquier naturaleza y de las incapacidades declaradas, llevando un registro al efecto;

k) Asesorar a los gremios, cámaras empresarias, a los obreros y a los empleados sobre disposiciones legales vigentes en materia de medicina del trabajo del siguiente modo:

l) Promover y organizar campañas de difusión educativas vinculadas a la salud y bienestar sanitario del trabajador y a normas sobre seguridad, prevención e higiene en el trabajo;

ll) Producir dictámenes sobre la aplicación de disposiciones legales y reglamentarias atinentes a la salubridad, prevención y seguridad exigible en los locales de trabajo, previo control del instrumental y del ambiente, maquinarias o material de elaboración.

III) En los casos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, los empleadores y trabajadores deben denunciarlos ante la secretaría de Trabajo de la Provincia, sin perjuicio de su actuación de oficio. A tales efectos los organismos técnicos del Estado prestarán toda la colaboración que le fuere solicitada.

IV) La Secretaría de Trabajo deberá actuar disponiendo medidas que tiendan a remover o disminuir las causas que provocan la siniestralidad laboral, formulando políticas preventivas, elaborando estadísticas y efectuando las recomendaciones pertinentes.”


Artículo 3º: Modifícase el inciso a) del apartado 1 “Infracciones leves” del artículo 40 del Título V – Régimen de Sanciones – de la Ley 10468 de la “SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO” el que quedará redactado de la siguiente manera:

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“a) El pago de las remuneraciones fuera del plazo legal, cuando el atraso fuere de hasta dos (2) días hábiles si el período de pago fuera mensual, y de hasta un (1) día hábil si el período fuera menor.”


Artículo 4º: Modifícase el artículo 41 del Título V – Régimen de Sanciones – de la Ley 10468 de la “SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO” el que quedará redactado de la siguiente manera:

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“ARTICULO 41. Las personas de existencia visible o ideal serán sancionadas de acuerdo a las siguientes normas:

1.- Las infracciones leves se sancionarán de acuerdo a la siguiente graduación:

a) Apercibimiento, para la primera infracción leve, de acuerdo a antecedentes y circunstancias de cada caso, evaluadas por la autoridad administrativa de aplicación.

b) En caso de reincidencia, multas equivalentes a cinco (5) días sueldo de la categoría inicial del convenio colectivo de aplicación a quince (15) días sueldo.

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2) Las infracciones graves se sancionarán con multa equivalente a quince (15) días sueldo de la categoría inicial del convenio colectivo que corresponda hasta 45 días sueldo.

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3) Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa equivalente a dos (2) salarios de la categoría inicial del convenio colectivo que corresponda hasta ocho (8) salarios.

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4) La obstrucción a la actuación de la autoridad administrativa del trabajo y de representantes sindicales que la impidan, perturben o retrasen de cualquier manera será sancionada, previa intimación, con multa equivalente a dos (2) salarios de la categoría inicial del convenio colectivo de aplicación.

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5) En caso de especial gravedad y contumacia, la autoridad administrativa podrá adicionar a los montos máximos de la multa una suma que no supere el DIEZ POR CIENTO (10%) del total de las remuneraciones que se hayan devengado en el establecimiento en el mes inmediatamente anterior al de la constatación de la infracción.

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6) Cuando de la infracción surgiera un peligro efectivo a la salud, integridad, higiene y seguridad de los trabajadores, el monto máximo de la multa será equivalente a cien (100) salarios mensuales de la categoría inicial del convenio colectivo de trabajo aplicable. Dicho monto no deberá superar el que surja del total de salarios que deba abonar el infractor a su personal en el mes que se dicte la resolución.

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7) En el caso de sanciones con multa a personas jurídicas, éstas son impuestas en forma solidaria a la entidad y a sus directores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, administradores, mandatarios o representantes que hubieran intervenido en el hecho sancionado. El mismo criterio de solidaridad en la aplicación de las multas se aplicará a la empresa contratante y a la infractora que preste el servicio.

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8) La autoridad administrativa del trabajo, al graduar la sanción tendrá en cuenta:

a) El incumplimiento de advertencias o requerimientos de la inspección.

b) La importancia económica del infractor.

c) El carácter de reincidente. Se considerará reincidencia la comisión de una infracción del mismo tipo dentro del plazo de dos (2) años de haber quedado firme una resolución sancionatoria que imponga multa.

d) El número de trabajadores afectados.

e) El número de trabajadores de la empresa.

f) El perjuicio causado.”

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Artículo 5º: Modifícase el artículo 55 al Título VII – Normas Complementarias – de la Ley 10468 de la “SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO” el que quedará redactado de la siguiente manera:

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“ARTÍCULO 55: El producido de las multas en un 100% se depositará en una cuenta especial de la Secretaría de Estado de Trabajo de la Provincia, rindiéndose cuenta en la forma en que prescribe la legislación vigente.

Además, dicha rendición deberá ser exhibida anualmente en el edificio de cada delegación como así también publicada en el diario de mayor tirada de cada delegación y/o entregada a simple petición de parte de cualquier ciudadano.”

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Artículo 6º: Agrégase el artículo 55 bis a la Ley 10468 de la “SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO” el que quedará redactado de la siguiente manera:

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“ARTÍCULO 55 BIS: La Secretaría de Trabajo podrá arancelar todos los trámites y/o diligencias y/o actividades y/o servicios de su competencia, exceptuándose al trabajador y a las entidades sindicales en función de lo normado por el artículo 19 de la Ley Nº 7945.

La Secretaría de Trabajo queda facultada para establecer los conceptos y montos de dicho arancelamiento.”

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Artículo 7º: Agrégase el Título VIII “FONDO ESPECIAL POLICIA DEL TRABAJO Y CAPACITACION LABORAL” a la ley 10468 de la “SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO” el que quedará redactado de la siguiente manera:

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“Título VIII

Fondo especial policía del trabajo y capacitación laboral

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Artículo 61: Créase el «Fondo Especial de Policía del Trabajo y Capacitación Laboral», en el ámbito de la Secretaría de Trabajo, el que estará integrado por el 100% de los importes que se recauden con la tasa establecida en la presente Ley.

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Artículo 62: Fíjase una tasa equivalente al cinco por mil (5 0/00) del monto total que los empleadores abonen por todo concepto de remuneración, a sus trabajadores en relación de dependencia en el ámbito de la Provincia de Santa Fe, la que pasará a integrar el Fondo Especial de Policía del Trabajo y Capacitación Laboral.

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Artículo 63: Son sujetos responsables de la obligación establecida en el artículo anterior, toda aquella persona de existencia visible y jurídica que tenga en relación de dependencia trabajadores, cualquiera sea la actividad que esta desarrolle y el régimen legal aplicable a la relación laboral.

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Artículo 64: Están exentos del pago de la presente tasa, el Estado Nacional, Provincial y Municipal, y sus Entes descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado.

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Artículo 65: La tasa a la que se refiere la presente Ley deberá ser abonada dentro de los quince (15) días subsiguientes al mes en que se abonaron los salarios, cualquiera sea su modalidad de pago, ante las Sucursales y Delegaciones del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., y se efectivizarán en la cuenta bancaria específica, a la Orden de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Santa Fe.

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Artículo 66: La falta de pago en término de la obligación estatuida por la presente, hará incurrir en mora a los responsables sin necesidad de interpelación alguna, devengándose automáticamente un recargo del Diez por Ciento (10%) de la deuda durante el primer mes de atraso.

A partir del segundo mes de atraso, el capital y los recargos devengados se actualizarán teniendo en cuenta la variación que resulte del índice de precios al consumidor -nivel general- elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos entre aquel momento y hasta el efectivo pago, con más el interés legal correspondiente que a tal efecto fije la reglamentación, integrando la base de cálculo del mismo la actualización y los recargos.

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Artículo 67: La obligación de abonar el importe correspondiente a la actualización monetaria y los intereses subsistirá no obstante la falta de reserva, por parte de la autoridad de aplicación.
Cuando el empleador abonare en forma insuficiente el Capital actualizado, los recargos, y/o los intereses correspondientes, el pago se imputará en primer término a intereses y una vez satisfechos éstos, el remanente se imputará a los recargos, actualización y capital, en ese orden.

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Artículo 68: Los Inspectores y Funcionarios de la Secretaría de Trabajo, debidamente autorizados serán los encargados de fiscalizar el cumplimiento del pago de la tasa y realizar las verificaciones correspondientes debiendo proceder conforme el procedimiento establecido en la presente ley.

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Artículo 69: La comprobación de omisión en el pago de la tasa establecida en la presente Ley, deberá realizarse por el procedimiento señalado en el artículo precedente y para el presente caso el acta que se labre deberá estar firmada por el responsable de su pago o quien ejerza representación suficiente. Asimismo al disponerse la instrucción de sumario el acto que así lo establezca deberá contener el detalle y monto de la tasa no abonada.

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Artículo 70: La impugnación de las determinaciones que efectúe la Secretaría de Trabajo deberá ajustarse a lo previsto en la presente ley.

Una vez firme la determinación de la tasa impaga, como así también de las multas que establece la presente Ley, se procederá a su cobro judicial por vía de apremio sirviendo de suficiente título el certificado de deuda expedido por la Subsecretaría de Trabajo y cuyos requisitos deberán establecerse en la reglamentación.

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DESTINO DE LOS FONDOS

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Artículo 71: Las sumas que ingresen en concepto de multas, de arancelamiento y de tasas tendrán como fines posibilitar la ejecución de asistencia del Poder de Policía Laboral, como así también el servicio de higiene, salubridad y seguridad y capacitación laboral y producción.

Los fondos se utilizarán en razonable proporcionalidad en el lugar donde se originan. Dichos fondos se destinarán a la adquisición de automotores y/o cualquier otro medio de transporte, conservación y mantenimiento de los mismos (reparación, combustibles, cubiertas, lavado, engrase, etc.), contratación de seguros, gastos de impresiones, publicidad, equipamiento, muebles, útiles, gastos varios de movilidad y elementos de trabajo, adquisición y/o alquiler de inmuebles destinados a la Secretaría de Trabajo, conservación, refacción y ampliación de los mismos; retribución de servicios públicos (teléfono, luz, franqueo, gas, etc.); pago de viáticos, traslado y compensación por prestación de servicios del personal, gastos originados en juicios de apremios por cobros de multas y erogaciones de cualquier naturaleza que se originen; subsidios con destino a la capacitación laboral y producción; pago por honorarios.”

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Artículo 8º: Deróganse los artículos 51 BIS y 59 BIS de la Ley 10468 de la “SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO”.

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Artículo 9º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

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Sr. Presidente:

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El empleo mal remunerado, el sub-empleo, la contratación fraudulenta, el incumplimiento de las normas relativas al trabajo, entre otras cuestiones obligan a plantear el sentido y alcance de la protección constitucional del trabajo y el trabajador, en sus distintas formas como expresa el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

A la luz de este planteo es necesario preguntarnos entonces: ¿cuáles son los medios para hacer efectiva la protección constitucional al trabajo?

El encontrar respuesta a este interrogante no es un tema menor y en todo caso, en su búsqueda se demuestra que el Derecho debe acompañar las transformaciones de la realidad.

En este sentido la presente ley surge como una primera respuesta a la necesidad de mayor protección del trabajo. Es nuestra respuesta.

El trabajo tiene características que imponen criterios propios que obviamente, superan el marco del mercado económico y se apoyan en principios de cooperación, solidaridad y justicia, también normativamente comprendidos en la Constitución Nacional.

Un camino para fortalecer la protección al trabajo es entre otros medios, el reconocimiento de competencias provinciales para afrontar con medidas particulares situaciones que hacen al conjunto de la sociedad provincial toda. Es el único medio para salvaguardar las instituciones de un Estado de Derecho.

Sólo a través de la creación de mecanismos como los que propone la presente ley se impedirá que se cometan males mayores, como por citar algunos ejemplos: el cierre definitivo de cualquier unidad de producción, concurso, quiebra, procedimiento de crisis, con el consiguiente aumento del número de desocupados, recesión en los mercados locales, etc.

“Pacta sunt servanta”: los pactos deben ser cumplidos. Es menester entender de una vez y para siempre que los pactos constituyen obligaciones de cumplimiento efectivo, no sólo aquellos en los que se intercambia mercancía por dinero. A la luz de los últimos acontecimientos, en los que vemos a diario la innumerable cantidad de secuelas que deja la desocupación, resulta imperioso entender que uno de los contratos que se deben cumplir inexorablemente son los que se celebran con los trabajadores.

El Estado debe recuperar su rol, abandonado por negligencia o por imposibilidad, es hora de que el Estado devuelva la dignidad a la educación, la salud y el trabajo. Sólo un Estado sostenido por el convencimiento de que el ser humano y sus necesidades son fundamentales podrá sostenerse, de lo contrario se transformará en un mero recurso formal, depositando en algunos capitales el verdadero poder.

En nuestro tiempo se suman a los tradicionales imperativos que el Estado le imponía al liberalismo clásico, el mantenimiento de la tranquilidad pública, porque hasta en los conflictos laborales planteados pacíficamente cabe temer una derivación violenta si se complican o prolongan. Los requerimientos de la moderna tendencia social asignan la regulación suprema en lo económico y en lo laboral a los órganos del Poder Público. Si mantiene su pasividad ante las pugnas de empresarios y trabajadores se sumiría en el desprestigio de su autoridad y favorecería una agresividad y frecuencia progresiva.

Coinciden todas las doctrinas en que el Estado no puede permanecer pasivo ante situaciones que, como las derivadas de los conflictos de trabajo, causen extraordinarios perjuicios no sólo a las partes enfrentadas, sino también, y con mayor intensidad, a los propios intereses del Estado. Las divergencias surgen al concretar el punto sobre cual debe llegar esa actitud estatal, el papel que el Poder Público debe desempeñar y si la misión de los órganos del Estado se limita a mantener el orden quebrantado por el conflicto o puede llegar, incluso, a establecer su solución por medio de disposiciones imperativas para las partes, resolviendo así por medio del arbitraje obligatorio, las diferencias que puedan producirse entre patrones y trabajadores.

Ahora bien, esta intervención estatal nunca puede pensarse en desmedro del legítimo derecho de huelga conquistado por los trabajadores. Ya lo establece la OIT que después de debatir la cuestión en sus reuniones de 1950 y 1951, aprobó en Ginebra, el 6 de junio de este último año la Recomendación 92, que establece como principio básico que sus disposiciones no podrán interpretarse en menoscabo del derecho de huelga.

Este es el espíritu de la presente, requerir una idónea presencia del Estado Provincial frente a conflictos que alteran la paz social sin que ello implique el menoscabo de conquistas alcanzadas por los trabajadores.

Significa nada más y nada menos que esa presencia tiene que ser puesta de manifiesto ante el fracaso de los procedimientos normativos de conciliación entre las partes, poniendo su potestad, su poder, a favor de los más débiles supliendo la voluntad de quienes atentan contra la paz social.

Es característica esencial del Estado ejercer facultades ejecutivas, para desarrollar los cometidos y funciones asignados, especialmente la inspección.

Las Constitución mantiene en las provincias todo el poder no delegado en el Gobierno Federal, y así el ejercicio del Poder de Policía en cada estado argentino.

Este poder de policía se manifiesta específicamente en la inspección del trabajo, servicio oficial administrativo encargado de velar por el cabal cumplimiento y proponer la mejora de las leyes y reglamentaciones laborales con la finalidad de prestaciones más seguras, higiénicas, estables, es decir adecuadas a los deberes y derechos recíprocos de las partes y ajustadas al interés público general de la producción y del equilibrio fiscal.

La intervención del Estado es indiscutida, como natural consecuencia, ya que no basta con dictar leyes que protejan al trabajador, material humano de la producción. Su infracción u olvido es factible, por lo tanto se impone la organización de una institución encargada de comprobar ese cumplimiento, con resortes para imponerlo coactivamente mediante las sanciones pertinentes.

Sin la presencia del Estado a través de la Policía del Trabajo los empresarios no han tardado en recuperar su posición avasalladora de los primeros tiempos de la revolución industrial. La reglamentación del trabajo se tornaría letra muerta, simple papel, comparable a las irónicas aldeas de Potemkim. (Se trataba de aldeas pintadas sobre bastidores teatrales que el ministro de Catalina de Rusia hizo levantar en Crimea, a ambos lados del camino que debía recorrer la emperatriz, pero suficientemente lejos con el objeto de demostrarle los brillantes resultados conseguidos en poco tiempo en la obra de colonización que aquélla soberana le había ordenado).

Como eco del famoso artículo 427 del Tratado de Versalles, que en su número 9 se refiere al servicio de inspección del trabajo, se declara que “deberá tener por misión esencial la aplicación de las leyes y reglamentos concernientes a las condiciones del trabajo y a la protección de los trabajadores en el ejercicio de su profesión; duración del trabajo y de los descansos; trabajo nocturno; prohibición del empleo de ciertas personas en trabajos peligroso, insalubres o superiores a sus fuerzas; higiene y seguridad” según se estampa en el artículo 1º de la Recomendación 20 adoptada por la Conferencia Internacional del Trabajo en 1923.

Sobre esta materia y por el mismo organismo internacional se aprobaron en reuniones de 1947, una nueva recomendación y un convenio. Este que entró en vigor en 1950, traza como objetivos de la inspección: a) velar por el cumplimiento de las disposiciones legales sobre los distintos aspectos del trabajo; b) facilitar la información técnica; c) informar sobre deficiencias y abusos no cubiertos específicamente por las disposiciones existentes, para su ulterior remedio.

Por lo tanto, al momento de que el Estado intervenga en los términos expresados precedentemente, deberá tener en cuenta que la situación social en la que esta provincia se encuentra inmersa exige una intervención tuitiva de aquellos derechos o intereses que el constituyente le indica, esto es: derecho al salario, derecho al trabajo, derecho de agremiarse y derecho de huelga.

Es imprescindible, en estos tiempos, entender que el patrimonio que cualquier empresa ha puesto en la esfera de esta provincia de Santa Fe debe cumplimentar con las pautas que emanen de un Estado que defina políticas de empleo y que todo capital que desarrolle su actividad en esta provincia tiene una responsabilidad social. Es evidente que estamos hablando de un Estado deseado, no del que tenemos.

Esto debido a que no puede entenderse que el poder de policía establecido y reglamentado por las sucesivas normas que regulan la actividad de la Secretaría de Trabajo, ha sido cercenado, limitado, transformando a ese poder fiscalizador en una facultad vacía de contenido.

Así la Ley 9.803 disponía dentro del Capítulo XIII “Inspección y Vigilancia” que el inspector de trabajo “…podía solicitar con la sola exhibición de su credencial el auxilio de la fuerza pública en caso necesario para cumplir su cometido, la que será prestada por la autoridad policial más próxima…” (art. 39 inc. d). Este artículo, hoy se encuentra derogado.

Por otro lado, la actual normativa dispone como facultad de la autoridad de aplicación laboral provincia, la de disponer mediante resolución fundada la clausura o cierre del establecimiento. En este punto resulta imperioso entender que quien puede disponer el cierre, puede también disponer la apertura.

Es decir, que todas las modificaciones que pretenden incorporarse a partir de la sanción de esta ley, no tienen otro objeto que la de darle ejecutividad, operatividad a las ya dispuestas y que hoy resultan totalmente ineficientes, insuficientes.

Por todo lo expuesto es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.

 

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ARI ALDO STRADA

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

LA RESISTENCIA AL CAMBIO

El diputado provincial Aldo Strada (ARI) manifestó su preocupación por lo que considera un intento empresario de mantener intactas las leyes laborales de la década del 90. Esa legislación no nos llevó al pleno empleo, por el contrario colocó a la Argentina en uno de los países con la más alta tasa de desempleo, se transformó al país en un país sin crecimiento y con gran precarización laboral.

Dicha preocupación surge de un seminario sobre legislación laboral organizado por la Unión Industrial de Santa Fe, del que dio cuenta el diario El Litoral en su edición del 1º de agosto (texto que se adjunta), en el cual se oponen a las reformas laborales que se plantean en el orden judicial y legislativo nacional por iniciativa de los diputados Recalde, Maffei – entre otros- y a dos proyectos del propio diputado Strada, que también se adjuntan.
Uno de ellos referido al suministro de herramientas idóneas a la Secretaría de Estado de Trabajo de la Provincia de Santa Fe a fin de que pueda cumplir con el rol de Policía del Trabajo, totalmente cercenado por esa legislación de la infame década de los 90.
El otro tiende a abreviar el trámite para el pago de la indemnización por despidos sin causa. Actualmente los trabajadores despedidos sin causa quedan presos de un proceso largo y engorroso, tornando su derecho de propiedad (salario) en ilusorio por el transcurso del tiempo. Cuestión no menor debido al dinamismo que la economía argentina desarrolla: los empresarios despotrican por el acortamiento del plazo para pagar pero no tienen la misma posición frente a los vaciamientos que la ley de concursos y quiebras les habilita, a las fraudulentas contrataciones por terceros, etc.
Inquieta esa parcial resistencia de algunos sectores enquilosados en el viejo paradigma de involución del Derecho del Trabajo y exhorta a que se ponga a discusión de la sociedad los temas fundamentales de la temática laboral que se vinculan a la resolución de los problemas que hacen al empleo, la regresiva distribución del ingreso y el rediseño legislativo necesario para la consagración de relaciones democráticas en el ámbito laboral y cambios sustanciales en los regímenes de jubilación y de riesgos del trabajo.
De ese debate deberán extraerse las conclusiones que permitan elaborar un nuevo orden normativo laboral, fundado en una progresividad creciente, que recoja lo mejor de los principios fundantes y constitutivos del Derecho del Trabajo y salga al encuentro del nuevo siglo para ser partícipes de un nuevo desarrollo social y de la construcción de un país más justo y solidario a la altura de los estados modernos y democráticos del mundo.

Los empresarios se alarman por un proyecto de cambio de la legislación laboral, pero no lo hacen por el 42% de trabajo en negro (que les genera competencia desleal), tampoco se alarman por el nivel de accidentología en el trabajo, por el no cumplimiento de los convenios colectivos, ni por la creciente inequidad entre los que más ganan y los que menos que ya llega a 30 veces.

Un país moderno debe actuar sobre estos problemas y de ESO deberíamos alarmarnos, porque con crecimiento económico sigue creciendo la inequidad que erosiona las bases de un sistema democrático.

Dip. Aldo Strada – ARI

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ARI ELISA CARRIÓ

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

La diputada nacional por el ARI, Elisa Carrió, viajará hoy a La Pampa para dictar la clase inaugural de la Escuela de Gobierno de su partido y reunirse con organizaciones agropecuarias de la provincia.

Acompañada por las autoridades nacionales del ARI, Carrió dictará a las 20:00 la primera clase de la Escuela de Gobierno del partido en el Aula Magna de la Universidad Nacional de La Pampa, ubicada en Santa Rosa.

Luego se reunirá con dirigentes del ARI que el día siguiente participarán de la reunión del Plenario Federal del partido.

El sábado por la mañana la diputada nacional sostendrá un desayuno de trabajo con un grupo de organizaciones agropecuarias de la provincia, los que seguramente plantearán su preocupación por las políticas del Gobierno hacia el sector.

Además, Carrió aprovechará su estadía en La Pampa para presentar su último libro «La educación como política central del porvenir».

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ARI ELISA CARRIÓ

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006


Carrio viaja a la pampa para inaugurar escuela de gobierno

La líder del ARI, Elisa Carrió, viajará mañana a La Pampa para inaugurar en Santa Rosa la Escuela de Gobierno que organiza su corriente y reunirse con dirigentes partidarios y representantes de organizaciones agropecuarias


También, Carrió brindará mañana una conferencia de prensa a las 18,30 en el hotel La Campiña, sobre la ruta 5, kilómetro 604, como primera actividad en la capital pampeana.

La diputada dictará la primera clase de la Escuela de Gobierno del ARI a las 20 en el Aula Magna de la Universidad Nacional de La Pampa, informaron fuentes partidarias.

Para mañana, la agenda de Carrió incluye una reunión con dirigentes del ARI que el viernes participarán del Plenario Federal del partido y la presentación de su último libro, «La Educación como Política Central del Porvenir».

Para el sábado a las 8,30 está programado un desayuno de trabajo con un grupo de exponentes de organizaciones agropecuarias pampeanas.

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Alarmante consumo de alcohol en menores

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Estudios recientes

Alarmante consumo de alcohol en menores

Un nuevo informe develó que quienes beben antes de los 14 son más propensos a las adicciones. Por su parte, el Sedronar indicó que el 40 por ciento de los chicos de entre 13 y 15 años adquirió el hábito. Laxitud en el control por parte de los padres y el Estado.

Beber alcohol antes de cumplir 14 años aumenta el riesgo de adicción. En Corrientes, un estudio reveló que el 40% de los menores de entre 13 y 15 consume estas bebidas. El mismo trabajo indicó que, a nivel nacional, el porcentaje se mantiene. En tanto que, llegado a los 16, aumenta a un 75%. La incidencia de los factores económicos y sociales.
Un reciente análisis verificó que quienes empezaron a beber antes de cumplir los 14 no sólo tienen un riesgo mayor de desarrollar dependencia al alcohol en algún momento de su vida, sino que también tendrán un riesgo aumentado de desplegarla más rápido y a una edad más temprana. Así es como quedó a la luz que, mientras que el 9% de los que empezaron a consumir estas sustancias una vez cumplidos los 21 tuvieron algún problema de adicción, los que tomaron el hábito antes de los 14 representaron un porcentaje mucho mayor: 47%.
Estos datos son más que preocupantes teniendo en cuenta que, en la Argentina, según una encuesta de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (Sedronar) en la que participaron más de 63.000 estudiantes de enseñanza media de todo el país, se comprobó que los chicos se inician en el consumo de bebidas alcohólicas a los 13 años.
Esa encuesta muestra que el 42,6% de los chicos de 14 años consume bebidas alcohólicas y que ese porcentaje se incrementa en forma directamente proporcional a la edad: entre los 15 y los 16 años el índice de adolescentes que consume bebidas alcohólicas es del 75%, y a los 17 años alcanza ya al 86,2%. Los datos que representan el sondeo por las escuelas de nivel medio de toda la provincia de Corrientes, realizado con adolescentes de 13,15 y 17, también son preocupantes. Del total de los consultados, un 40% aseguró consumir alcohol. Un seguimiento similar se hizo con estudiantes universitarios y en este sector un 80% admitió ingerir bebidas alcohólicas. El porcentaje es mayor dentro del sexo masculino, a pesar de ello la cantidad de mujeres que beben está en ascenso.
Vicente Molina, médico psiquiatra, especialista en adicciones, remarcó algunos de los puntos de los que deriva el consumo de alcohol a una edad cada vez más temprana.
En principio, señaló una laxitud en el control del consumo, por parte del Estado y de los padres. A esto sumó el cambio actual en el tipo de familia, al señalar que existen muchas disfuncionales en las que se provoca un alteración del rol que les corresponde. “Varios motivos llevan a esta situación, entre ellos está el económico-laboral, los padres trabajan por largas horas, lo que favorece que los niños estén más tiempo solos y sin control”, indicó el profesional.
Mencionó también la pérdida de hábitos tradicionales como son los almuerzos o cenas en familia. “Ahora cada uno lo hace de acuerdo con su horario, pero casi no se comparte la mesa a la hora de comer”, agregó. Por otra parte, indicó que los mayores están sometidos a un constante estado de estrés debido a las situaciones laborales. “No se pueden contener ni a ellos mismos, mucho menos lo podrán hacer con sus hijos, y esto es algo que no hace distinción en los niveles sociales, aparece en el más pobre como en el más rico”.
Asimismo, acusó una falta de control del Estado en la publicidad gráfica y televisiva que promociona a las bebidas alcohólicos relacionándolas con el éxito y la fama y “los chicos asimilan todo esto”.
Agregó que las nuevas modalidades en las fiestas, como la implementación de las canillas libres, porque “los chicos no toman en sus casa, sino afuera, en las reuniones con sus pares”, aseguró Molina. Las consecuencias finales a todos estos recientes hábitos dejan nefastas consecuencias

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El destructor «paco» gana consumidores en la clase media

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

El titular de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR), José Granero, admitió que el aumento de «paco» en la clase media aumentó en un 200 por ciento. También advirtió que es una de las drogas con más alto grado de adicción.
El «paco» surgió hace unos años como una droga que identificaba a sectores vinculados a la pobreza y la marginalidad, donde hace estragos. Ahora empezó a ocupar un sector en la franja de la clase media baja, que observa «un consumo incipiente».
Los motivos de este ascenso tienen que ver con la creciente alza del consumo de esta sustancia, que es de rápida adicción y bajo precio. La estrategia de los «dealers» (repartidores) para extender el alcance del producto es expandirse en el Conurbano, donde con desechos de la pasta base se produce el «paco».
José Granero, titular de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR), destacó que «si bien los casos observados no fueron muchos, en la actualidad hay un consumo incipiente y ya no es sólo en las villas».
«El ‘paco’ genera una rápida adicción y un efecto efímero ya que actúa sobre los centros de la voluntad. Las personas que consumen esta potente droga, a los tres meses pueden perder hasta 20 kilos de peso y a los seis meses tienen serias lesiones en el cerebro», cerró Granero.

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ARI ELISA CARRIÓ

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Carrió: «Quizás el ARI encuentre otro candidato que lo represente»

Dijo que dependerá de lo que defina el partido en torno a las alianzas electorales.

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EXPECTATIVA. Carrió, ayer, brindó una conferencia de prensa en La Pampa. Hoy, el ARI definirá su futuro.

Elisa Carrió condicionó ayer a la mañana su candidatura presidencial y afirmó que los dirigentes del ARI «quizá pueden encontrar otro candidato que los represente».

Por la tarde, en La Pampa y en tono de ultimátum, agregó: «Ojalá que mañana decidan la intransigencia. De la intransigencia depende que sigamos construyendo juntos».

Enseguida, la líder del ARI se encargó de definir intransigencia y acuerdismo: «Ser intransigente es no acordar con aquellas prácticas políticas y del poder, de obtener cargo a costa de renunciar a principios esenciales de la república, de la distribución del ingreso y de la verdad».

Sin media tinta, la líder del ARI llegó a La Pampa para explicar cara a cara a unos 130 dirigentes y militantes de todo el país su anunciado paso al costado de la conducción del partido. Y reveló, con sus dichos, que ese apartamiento busca reafirmar su liderazgo en la fuerza y su candidatura presidencial para 2007.

El Plenario Federal del ARI está atravesado por dos esos dos temas: Cómo sigue el partido sin Carrió en la conducción y si habrá un acuerdo para las elecciones del 2007 con alguna otra fuerza política.

El desembarco de Carrió en el hotel La Campiña —donde será hoy el plenario del ARI— fue con conferencia de prensa. Había militantes y seguidores a espaldas de los periodistas. Carrió aprovechó algunas preguntas para dar su mensaje político. En algunos casos terminó con tono de barricada.

Apareció rodeada de la secretaria general del ARI, Elsa «Tata» Quiroz, y los diputados nacionales Eduardo Macaluse y Adrián Pérez, además de dirigentes y diputados pampeanos del ARI.

Carrió no esquivó ningún tema político. Descargó duramente contra el ex ministro Roberto Lavagna (lo definió como el candidato de la «corporación política»). Y, ante una pregunta de la prensa afirmó: «en la lucha contra la corrupción hay que dar nombres y apellidos. En la Argentina hay corrupción del 10% y corrupción del 20%. La más alta es de De Vido-Kirchner.».

Le costó mucho a Carrió explicar su paso al costado del ARI, en un partido en el que tiene tanta relevancia. «ya se va entender. Ahora les toca a otros».

Pero quedó en claro que no quiere soltar las riendas. En una frase le metió presión al Plenario Federal que funcionará hoy: «Ahora les toca a los militantes de mi partido. Y ojalá que mañana decidan la intransigencia. De la intransigencia depende que sigamos construyendo juntos».

Después hizo un recuento histórico y dejó una sentencia: «las terceras fuerzas desaparecieron no por intransigentes sino por acuerdistas». Comenzó con el nacimiento de la UCR y llegó al FREPASO de «Chacho» Alvarez, pasando por el PI de Oscar Allende.

También quedó en claro que el paso al costado de Carrió también es para que no la esmerilen las fricciones partidarias: «Siempre las críticas al liderazgo terminaron con un cargo en el gobierno. No aceptamos más chantajes. El próximo que se vaya no será una salida protegida: es Borocotó con fritas», amenazó la líder del ARI.

Pero «Lilita», quien lució simpática y de buen humor a pesar de las durezas de sus palabras, anticipó algunas tormentas en el ARI. Será de la mano de los reacomodamientos de su salida: «algo tiene que pasar porque sino pasa algo somos un partido muy aburrido».

Una cena con explicaciones

Cara a cara en una cena, Elisa Carrió les explicaba anoche a militantes y dirigentes de su partido cómo imagina el futuro del ARI después de su paso al costado. Y cuáles son los desafíos que, a su entender, enfrentará esa fuerza política.

«Ahora tienen que andar otros», dijo ante un centenar de seguidores en el hotel La Campiña en una conferencia de prensa. Fue un anticipo.

Carrió allí hizo un recuento de los espacios académicos y políticos que ocupó. Recordó que en esos espacios siempre terminó dando un paso al costado: «Cuando dejé una cátedra, los ayudantes terminaron siendo titulares. Hoy Adrián Pérez (diputado nacional) hizo una excelente fundamentación (por los superpoderes) y me llena de orgullo. Y empezó en el bloque nuestro cuando tenía 22 años».

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ARI CARRIO ELISA

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

“Vacío de sentido”

Como hizo en otros encuentros provinciales, la dirigente del ARI, Elisa Carrió, inauguró la Escuela de Gobierno de La Pampa con una charla sobre la “educación como política emancipatoria del porvenir”. El discurso se basó en el documento que elaboró la dirigente, que acaba de ser publicado como libro por el Instituto Hannah Arendt. Carrió fue recibida en el aula magna de la Universidad Nacional de La Rioja por unas 200 personas, entre militantes del ARI, docentes y estudiantes de la universidad. “La gran cuestión política de la humanidad es la educación. El debate que se está dando es políticamente correcto, y como tal, vacío de sentido”, remató en referencia al documento base del Ministerio de Educación.

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ARI ELISA CARRIÓ

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Carrió, durísima con el Gobierno
 

La líder del ARI, Elisa Carrió, criticó en duros términos al Poder Ejecutivo, al afirmar que lo que más la sorprende del Gobierno es «lo ilimitado de la corrupción y el exacerbado fascismo».

Durante una conferencia de prensa que ofreció en Santa Rosa, La Pampa minutos antes de inaugurar la Escuela de Gobierno de su partido, la diputada señaló además que «jamás podría ser la representante del acuerdismo de la vieja corporación política».
Así, en la rueda de prensa ofrecida en el Hotel La Campiña de Santa Rosa, descartó cualquier tipo de alianza política con el ex ministro de Economía Roberto Lavagna.
Carrió se encuentra en esta ciudad participando del Plenario Federal de La Pampa que organizó su partido -sesionará este sábado- para definir los pasos a seguir de cara a los comicios del 2007.
Aunque está descartado que se ratificará su candidatura presidencial para el año próximo, es la primera vez que Carrió no es la «voz cantante» del encuentro, luego de que anunció que se aleja de la conducción de su partido.
«Esta es una fecha maravillosa porque cuando nacimos dijimos que debíamos construir un partido político sin oligarquías y hoy es el primer encuentro que podrá debatir sin la presencia del liderazgo», dijo Carrió, al referirse a su decisión de tomar distancia de la conducción del ARI.
La diputada afirmó, en este sentido, que «debe ser la primera vez en la historia donde un líder se pone en el lugar de un militante más para poder generar el crecimiento democrático de los dirigentes y el nacimiento de nuevos dirigentes

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OTRA MINERIA

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

El empleo minero.. otra mentira

La mentira del empleo minero y la preocupación de las multinacionales
Por Darío Shapostkik – (OPI Santa Cruz 31/07/2006).

Una de las estafas de las multinacionales mineras es que esa actividad genera trabajo.
En los países tradicionalmente mineros de Sudamérica esta industria ocupa:
En Brasil: 91.000 personas (0,1 % Población Económicamente Activa).
En Perú: 75.000 personas (0,9 % de la PEA ).
En Chile: 78.000 personas (1,4 % de la PEA ).

En el montaje de esa mentira colaboran asiduamente los medios comerciales de masas y los funcionarios de turno. Ellos se encargan de difundir informes estadísticos y proyecciones para convencer a las poblaciones de que «en poco tiempo veremos a San Juan inundado de trabajo» (Informe de Gioja, gobernador de San Juan, junio 2003).

Minera Cerro Vanguardia (Santa Cruz)
Otro objetivo es impedir que las poblaciones se resistan a la instalación de las explotaciones mineras. Una minera tiene necesidad de invadir y ocupar territorios y desplazar poblaciones. Es un prerrequisito de infraestructura al que no están obligadas otro tipo de multinacionales.
En muchos casos logran que los habitantes piensen cosas como estas: «No importa que contaminen si es que trae laburo», como dice el protagonista de la documental «Asecho a la Ilusión «, donde se relata el caso de Bajo La Alumbrera , en Catamarca.

La verdad es otra
En los países tradicionalmente mineros de Sudamérica (Brasil, Perú y Chile), esta industria ocupa, respectivamente, a 91.000 personas (lo que representa apenas el 0,1 % de la población económicamente activa), a 75.000 (equivalente al 0,9 % de la PEA ), y a 78.000 personas (el 1,4 % de la PEA ).
Las condiciones de trabajo que ofrecen las empresas mineras son extremadamente insalubres y precarizadas, generándose día a día mayores índices de accidentes de trabajo como el producido el 14 de junio de 2004 en los yacimientos carboníferos de Río Turbio, cuando murieron catorce trabajadores. A este desastre humano, debemos sumar el «accidente» en la planta potabilizadora donde se procesa y lava el carbón, que causó la muerte del obrero Ramiro Marín, el día 23 de diciembre de 2005.

«El Estado Nacional parece decirles a Barrick Gold, Meridian Gold, Alumbrera Limited, y otras: ‘Señores, estamos a su disposición. Dígannos que quieren, que lo vamos a hacer'», acusa el Informe parlamentario presentado por el diputado Carlos Alberto Tinnirello, el 1º de junio de 2006.
«En realidad -continúa el informante- el Presidente Kirchner ya se ha encargado de cumplir con esta vergonzosa tarea. En la presentación del Plan Minero Nacional, el 23/1/04, dirigiéndose a los `representantes del sector minero´ dijo textualmente: «…todo lo que ayude al sector y ustedes como empresarios vean como una perspectiva clara de incentivar la inversión, y crean que esa inversión se puede incentivar con determinadas medidas que podemos conversar, estamos absolutamente dispuestos a escuchar …».
Seguidamente se pregunta:
«¿Por qué el Presidente se manifiesta dispuesto a escuchar sólo a los empresarios y no a la población que continuamente se manifiesta en defensa de su medioambiente y los recursos naturales?
¿Por qué hace caso omiso a la población de Esquel, que se manifestó en un 81 % contra la minería a cielo abierto?
¿Por qué es sordo frente al 20 % de los habitantes de Santa María, Belén y Andalgalá, en Catamarca, que se han movilizado contra los proyectos Agua Rica y Filo Colorado, exigiendo plebiscito ante cualquier emprendimiento que pueda afectar el medio ambiente?
¿Qué lo lleva a ignorar la firme decisión de los habitantes del Valle de Uco, en Mendoza, de oponerse a la minería a cielo abierto en la zona de Papagayos ?» (Informe 1º de junio 2006, Congreso Nacional, Argentina).

El informe discute que «mucho más debe ser hecho para asegurarse de que las compañías canadienses conduzcan sus actividades de manera social y ambientalmente responsable y en conformidad con estándares internacionales de los derechos humanos». Entre otras cosas, el informe impulsa al gobierno de Canadá:
a) A condicionar el apoyo canadiense «a compañías con responsabilidad social corporativa claramente definida y estándares de derechos humanos».
b) A establecer en Canadá normas legales claras para asegurarse de que las compañías y los residentes canadienses serán tenidos responsables cuando haya evidencia de violaciones ambientales y/o a los derechos humanos asociados a las actividades de las compañías de explotación minera canadienses.

Entre los proyectos cuestionados por el propio parlamento canadiense, cabe mencionar:

– Ascendant Copper Corporation, con sede social en Vancouver, está intentando levantar financiamiento para desarrollar una mina de cobre en uno de los ecosistemas más diversos y amenazados del mundo, a pesar de la oposición vigorosa de líderes y de residentes locales elegidos a través del condado de Cotacachi, en Ecuador del noroeste. La compañía está intentando levantar millones de dólares en la bolsa de acciones de Toronto para llevar adelante su proyecto de Junín, y el gobierno de Canadá ha fallado en invitar a Ascendant para suspender sus actividades hasta que los asuntos en litigio pueden ser resueltos.

– Comunidades en San Marcos, Guatemala, están trabados en una lucha con Glamis Gold Corporation de Canadá. A la mina Marlin de Glamis se le ha acusado de violación a los derechos indígenas y de amenazar los escasos abastecimientos de agua. A pesar de estas preocupaciones, el gobierno de Canadá ha estado promoviendo agresivamente los intereses de las compañías de explotación minera canadienses en Guatemala. Las comunidades locales votaron recientemente para rechazar la minería en el área, pero la compañía no ha aceptado y no ha respetado los deseos de la comunidad.

– TVI Pacific está trabada en una lucha brutal con las comunidades en Siocon, Mindanao en las Filipinas. El informe parlamentario antedicho observa que el ‘subcomité está profundamente inquieto sobre el posible impacto de las actividades de TVI Pacific Inc., una compañía de explotación minera canadiense, sobre los derechos indígenas y los derechos humanos de la gente en el área’ y hace un llamado para una investigación del gobierno en las actividades de TVI.»

Como se ve, lo que en Argentina las corporaciones transnacionales ejecutan impunemente, despierta cierto resquemor en los centros mundiales de poder. Este dato no es menor: es la prueba más contundente de que nuestros gobernantes están cumpliendo al pie de la letra los planes del Departamento de Estado norteamericano.

Efectivamente, en un documento del 10 de diciembre de 1974, desclasificado el 7 de marzo de 1989, el nefasto ex Secretario de Estado durante la presidencia de Richard Nixon, Henry Kissinger, dice (página 37), que de seguir el mundo así (tal como estaba en 1974) ‘se generará una mayor dependencia de los países industrializados en las importaciones de materia prima de los países subdesarrollados».
En la página 43, Kissinger resalta que la economía estadounidense, ‘requerirá de grandes y crecientes cantidades de minerales del extranjero, especialmente de los países menos desarrollados». Sesenta folios después, indica que ‘hay que tener cuidado en que las presiones sobre los países menos desarrollados no sean vistos como una forma de imperialismo’.
En la página 114, el documento dice descaradamente lo mismo que lo señalado anteriormente: «Es vital que el esfuerzo por desarrollar y fortalecer el compromiso por parte de los líderes de los países menos desarrollados no sea visto por ellos como una política de un país industrializado para mantener reducido su vigor para preservar recursos que serán usados por los países ricos».

En consecuencia, no puedo en modo alguno consentir que se manifieste beneplácito porque nuestro país siga siendo sometido al saqueo más abyecto de que se tenga memoria.

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ARI FABIANA RIOS

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Estatuyente municipal

Aprobaron el reglamento interno

Después de un largo día de debate que concluyó a última hora de anoche, la Convención Estatuyente logró aprobar el Reglamento Interno que regirá la Asamblea. El ARI había objetado un par de artículos que alargó la discusión. También, a última hora juraron los secretarios y prosecretarios del cuerpo colegiado

Aprobaron el reglamento interno

El contador Gabriel Clementino y los bloques del PJ y el ARI

Fabiana Ríos: «igual se ha avanzado»

La diputada nacional y convencional estatuyente por el ARI Dra. Fabiana Ríos rescató que en la mayor parte del articulado “hubo acuerdo. Nosotros fundamentalmente no acordamos en el articulado que tenía que ver con la conformación –paradójicamente- de la Comisión de Debate Ciudadano –a la que Ríos calificó como la única innovación en esta convención-. Fuimos nosotros los que lo propusimos (el debate ciudadano) pero la redacción propuesta realmente limita el debate a reuniones en distintos lugares de la ciudad donde los convencionales le informan a la gente qué es lo que están haciendo”, contrastó la parlamentaria quien añadió que esto “de modo alguno significa lo que nosotros queríamos hacer con la Comisión de Debate Ciudadano. Para juntarnos con los vecinos en un barrio y decirles lo que hacemos, no necesitamos eso esté en el Reglamento”, expuso.
Como contrapartida, la legisladora nacional indicó que “lo que necesitábamos en el Reglamento –a nuestro juicio- y no prosperó, es la posibilidad de institucionalizar en el ámbito de la Convención, un espacio reglado con posibilidades, para que sean protagonistas los vecinos y no los constituyentes; esto no fue posible y hubo una discrepancia ”.
Otra discrepancia entre el ARI y el resto de las fuerzas políticas fue en los cargos de las secretarías, “en relación a las funciones y atribuciones de cada uno de los secretarios. El dictamen mayoritariamente prevé que las funciones de los secretarios las determina el presidente (Jorge Martín), nosotros creíamos que estaba totalmente clara en la función parlamentaria, lo que son las tareas del Secretario Legislativo y el secretario Administrativo”.
Para concluir, aseguró que las reuniones previas la Asamblea llevadas a cabo durante un mes, “evidentemente sirvió para bastante más allá de los disensos. Todos los parlamentos tardan meses en hacer el reglamento y tener el nuestro realizado nos da tiempo para dedicarlo de lleno a la discusión parlamentaria”, concluyó.

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ARI CARRIO ELISA

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Carrió disparó dardos contra Alfonsín y Lavagna

Buenos Aires- La líder del ARI, Elisa Carrió, volvió hoy a apuntar contra el ex ministro y posible postulante presidencial, Roberto Lavagna, al señalarlo como “el candidato de la corporación política y mediática” y sostuvo que el ex presidente Raúl Alfonsín “perdió los principios”.

Desde La Pampa, donde se realiza el Plenario Federal de dirigentes del ARI, Carrió confirmó que avanzará con su candidatura presidencial si el partido mantiene la “intransigencia”, porque “hay mucha gente que ha creído en mi palabra y no voy a traicionar eso para obtener un cargo”.

En ese marco, la chaqueña insistió en su decisión de no conformar acuerdos electorales que “supongan la pérdida de identidad y ausencia de principios” porque “no es que haya cosas que no quiera hacer, simplemente no puedo transar, pactar”, explicó en diálogo con Radio del Plata.

“En la intransigencia, el ARI puede tener liderazgo y candidaturas, de otra forma no puedo ser candidata porque no lo siento”, insistió Carrió, quien sostuvo que su figura es “muy parecida a la de Alem” porque “muchos de sus amigos querían pactar con el régimen”.

Alfonsín, uno de los principales impulsores de la presentación de Lavagna, advirtió hace algunos días que Carrió rever su actitud para no hacer “una pésima elección”, a lo que la chaqueña respondió en duros términos esta mañana.

“Nosotros no peleamos por elecciones, sino que peleamos por principios. Lamentablemente Alfonsín los perdió y yo no puedo hacer nada por eso”, retrucó la diputada, quien consideró que “no tiene que sorprender” la denuncia de Lavagna sobre pinchaduras de teléfonos.

Asimismo, remarcó que ella sigue siendo “la segunda en las encuestas”, por encima del economista, a quien señaló como “el candidato de la corporación política, pero también mediática y eso está clarísimo”

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ARI DIP PEREZ ADRIAN

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006


EL ARI CONTRA LOS SUPERPODERES, RECURRE A LA JUSTICIA

El diputado Adrián Pérez dijo que su partido recurrirá a la justicia porque la norma aprobada anoche viola el principio de división de poderes

Pérez señaló que «la Constitución establece un sistema de división de poderes y le delega al parlamento nacional la responsabilidad de asignar los recursos públicos» y agregó que «se le asigna al parlamento porque es el órgano con mayor legitimidad democrática, con mayor pluralidad en tanto hay participantes de distintas extracciones políticas, geográficas y sociales y por tanto éste debe administrar los recursos del pueblo».
En el mismo sentido, el legislador consideró que «la ley es inconstitucional porque establece que un solo funcionario designado por el Presidente maneje todos los recursos del estado, sin discreción».

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ARI CARRIO ELISA

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006


Carrió ratificó que no encabezará el plenario de su partido que comenzará hoy en La Pampa

La diputada por el ARI, Elisa Carrió, ratificó hoy que no encabezará el plenario de su partido que comenzará hoy en La Pampa, porque ya dejó su conducción, y advirtió que «si un partido depende de una persona, carece de sentido».

Carrió, quien insistió en que decidió dejar la presidencia del ARI como «una madre que deja a su hijo en libertad», sostuvo que si bien ella es la fundadora de su agrupación, no considera que ésta sea de su propiedad. «Si un partido depende de una persona, carece de sentido», ostuvo en diálogo con radio Mitre.

Consideró que si bien su presencia en el partido «es tranquilizadora», impide «un debate amplio» entre sus dirigentes.

El Plenario partidario se realizará hoy y mañana en La Pampa y debatirá sobre los pasos a seguir en el 2007 y sobre la candidatura que, se descuenta, se otorgará a Carrió para disputar la Presidencia.

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ARI RAIMUNDI CARLOS

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Provincia de Buenos Aires: Debaten si el avión despegó o aún carretea

El spot publicitario, que alude a la puesta en marcha y despegue de la Provincia, pasó por el análisis de legisladores oficialistas y opositores convocados por Agencia NOVA. Las turbinas se encienden y los pasajeros se abrochan los cinturones

Es el caso del diputado nacional y presidente del ARI en territorio bonaerense, Carlos Raimundi, quien opinó que “es absolutamente todo virtual, está en medio de la vocación de reelegir forzando la Constitución y por eso pretende crear un cierto clima”.

Según Raimundi “uno puede crear un clima con un spot publicitario, pero la vida real pasa por otro lado, como con las escuelas que no funcionan, con los funcionarios que tardan en atender con la inseguridad, y esto pasa todos los días”.

Despuntó alguna generosidad remarcando alguna situación positiva al indicar que “está el tema de los jubilados que no pagan el impuesto inmobiliario y es una pequeña pildorita de mejora, pero no alcanza para dar vuelta un clima general embromado y hay que remarcar que existe un gran déficit provincial y no se han satisfecho las demandas sociales”.

Inmediatamente advirtió que “la gestión de Solá se ha favorecido porque el País salió de la crisis, y no es que se esté mejor por Solá, porque Catamarca y Formosa y otras provincias están mejor, y en todo caso estábamos en una situación de naufragio y nos estamos acercando a la orilla”.

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ARI CARRIO ELISA

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Diputada insiste con juicio político a la jueza Siro

Por su parte, la diputada del ARI, Elisa Carrió, coincidió en que el caso de la menor que sufre de demencia y fue violada «se trata de abortos no punibles».

Carrió puntualizó en diálogo con Radio Mitre que ella «no es abortista», pero dijo que «está claro que la criminalización no puede darse en estos casos».

Manifestó descreer que «el aborto sea un método anticonceptivo» y sostuvo que «la mujer tiene que tener derecho a elegir cuando tener un hijo, pero tiene que haber un plan educativo sexual».

Respecto al pedido de juicio político a la jueza que impidió realizar el aborto a la joven débil mental en primera instancia, dijo: «No vi los antecedentes, pero me parece que el trámite fue irregular».

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ARI CARRIO ELISA

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006


CARRIÓ: LAVAGNA ES “CANDIDATO DE LA CORPORACIÓN POLÍTICA Y MEDIÁTICA”

La diputada Elisa Carrió golpeó duro a la postulación presidencial del ex ministro Roberto Lavagna, y dijo además que el ARI «puede tener liderazgo y candidaturas en la intransigencia». Acrecentando su figura mística y también impredecible, Carrió se comparó con el fundador del radicalismo Leandro N. Alem.

En declaraciones realizadas en la mañana del sábado a una radio porteña, Carrió dijo que «los partidos se volcaron hacia las alianzas y se quebraron los dirigentes», y que «hay cosas que yo no puedo hacer; no puedo entregar, no puedo pactar porque hay mucha gente que creyó en mi palabra y no la voy a traicionar por obtener un cargo, prefiero la derrota a la derrota de los principios».
«En la intransigencia, el ARI puede tener liderazgo y candidaturas, de otra forma no puedo ser candidata porque no lo siento» dijo en declaraciones a Radio Del Plata, y luego agregó que «me parece importante que los partidos tengan estas discusiones sin los líderes, por eso me voy de acá».
En cuando al desplazamiento de su figura de las filas aristas, Carrió reseñó que «mi figura es parecida a la de Alem, pero muchos amigos de Alem querían pactar con el régimen».
También fue muy dura con quien hasta hace algunos años decía que era su padre político, el ex presidente Raúl Alfonsín, de quien dijo que «nosotros no peleamos por una victoria, peleamos por principios, y Alfonsín los perdió hace mucho tiempo».
Aseguró que en las encuestas sigue segunda en la preferencia electora, y calificó al ex ministro Roberto Lavagna de ser «el candidato de la corporación política y mediática».

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VOLVER A LA EMILIA, MUCHOS NUNCA PARTICIPARON

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Volver a “La Emilia”

LOS ORIGENES

En su nacimiento, el ARI fundamentó su existencia en la necesidad de cambiar la forma de hacer política, con el claro objetivo de reivindicar la política como instrumento de transformación de la sociedad, renegando de las viejas prácticas de los partidos tradicionales y el doble discurso, para recuperar los valores éticos, defender los principios republicanos, la verdad, la justicia, exaltar el mérito y el reconocimiento del otro.

Resulta imposible olvidar el primer encuentro en “La Emilia” (San Nicolás), ocurrido el 25 de noviembre de 2001, cuando toda esa energía emanada de la confraternidad esperanzada de compañeros llegados de diferentes puntos de todo el país, daba vuelo a la ilusión de aquel acto fundacional.

Con el correr del tiempo, el Partido se fue nutriendo de diferentes corrientes de pensamiento de mujeres y hombres provenientes de distintas experiencias y con su propio bagaje a cuestas.

No obstante ello, la idea de la “Identidad ARI” prevalecía por encima de todas las diferencias que provocaba esta heterogeneidad.

LA INSTITUCIONALIZACION Y SUS CONSECUENCIAS

En esta etapa, en la cual todos debemos asumir nuestra cuota de responsabilidad, el Partido de la Ciudad de Buenos Aires fue desdibujando lentamente su identidad. Una causa relevante, puede encontrarse en la impronta que naturalmente fueron otorgándole quienes tuvieron el mayor compromiso en la construcción política del Partido, y que en la acción reeditaron las viejas prácticas.

Luego de los comicios de octubre, se observaron claramente dos características contrapuestas dentro del Partido ARI de la Ciudad:

· Un incondicional reconocimiento por parte de la militancia de la absoluta legitimidad de Elisa Carrió como referente indiscutida de nuestro espacio.

· Un marcado intento de vaciamiento y desmovilización de las estructuras orgánicas partidarias por parte de algunos dirigentes.

Ahora, consideramos que es necesario asumir medidas que recuperen el perfil, el ideario y la identidad del ARI de la Ciudad de Buenos Aires.

En tal sentido, no debemos olvidar aquel acto fundacional de “La Emilia” donde se sentaron las bases de nuestros principios refrendados en el documento, que es necesario recuperar del olvido en que parece haber caído, trabajarlo y hacerlo carne tanto en la militancia como en la dirigencia del ARI.

Los siguientes conceptos muestran como aquel documento nos marcó “claramente” el rumbo a asumir:

Es precisa una severísima autocrítica de aquellos compañeros nuestros que entendieron que el poder era más importante que la palabra y que los principios.

La autoridad no solo proviene de las urnas, ni del monopolio de la fuerza. Tampoco viene del monopolio de los recursos económicos. La autoridad, hoy y siempre en el mundo, surge de la jerarquía moral de los dirigentes

La existencia de liderazgos no puede significar la existencia de oligarquías. Los liderazgos sirven en democracia, y sirven para abrir el juego no para cerrarlo.

La gran misión de cada uno es juntar al compañero y seguir juntándose sobre la base de algunos principios, que si son irrenunciables.

Esto tenemos que someterlo a discusión: si lo que va a ser nuestro horizonte es la constitución de poder social hacia fuera, o si vamos a quedarnos enganchados en la vieja historia de quien tiene más representatividad interna. .

Alcanzar un nuevo contrato moral, exige, asumir errores y responsabilidades, reconocer el pasado y asumirlo mediante el arrepentimiento y la renuncia explícita a repetir la historia, nacer de nuevo. Desde la profundidad de nuestras conciencias. Debemos saber que hacer con el pasado, con lo que hicimos y omitimos, lo que vimos y lo que violamos. Necesitamos reconstruir nuestra voluntad de transformación social profunda. Exigirnos un compromiso con la justicia, la paz, la palabra en una construcción colectiva que nos permita acceder al derecho de la dignidad humana y a la búsqueda de un nuevo camino basado en principios morales que permitan una gobernabilidad y una refundación nacional.

LA ALIANZA MORAL SE INSCRIBE Y SELLA EN LA CONCIENCIA Y EN LA LUCHA PERSEVERANTE, PARA REINSCRIBIRLA TODOS LOS DÍAS HASTA QUE SE CONSTITUYA EN PRÁCTICA GENERALIZADA.

REAFIRMAR LOS PRINCIPIOS

Pensar en volver a los fundamentos que nos dieron existencia, es decir, la coherencia entre los principios, el discurso y la acción es impensable sin el liderazgo y testimonio de Elisa Carrió.

Volver a “La Emilia” significa volver a los principios éticos irrenunciables, con participación, con pluralismo, con debate, en el cual exista un reconocimiento expreso al mérito, al trabajo, al conocimiento, donde se respete la condición y los valores del otro y el convencimiento que no existe una Emilia sin Carrió.

Es necesario debatir y testimoniar con conductas coherentes el contrato moral hacia adentro. Es imprescindible volver a creer que una nueva política es posible, lo cual debe ser la moral de cada uno hecho acto.

Estas premisas fundacionales deben hacernos diferentes del resto de las propuestas políticas existentes. Esta es la piedra basal de una nueva forma de hacer política Y es este marco el que nos obliga a reflexionar y abordar, la concepción del poder con una mirada diferente a la que estamos acostumbrados y por ende, “reencauzar” la construcción. En este sentido debemos transitar un nuevo camino, la nueva cultura, el nuevo Partido.

La falta de participación, el desconocimiento del otro, “la negociación oculta”, no debe repetirse, debemos establecer mecanismos para que fluya la palabra en nuestra institución, en el sentido liberador que implica la palabra, en términos de regulación política del sujeto y no de titularidad.

Es preciso recordar que en última instancia el Partido no es más que la suma del pensamiento y acción de cada uno de sus militantes y dirigentes. Por consiguiente siente, piensa y obra como sus miembros aislados sienten obran y piensan. De tal modo, es necesario reconstruir nuestra real voluntad de transformación social, nuestro compromiso con la justicia, con la paz, con la palabra, la lucha contra el clientelismo y las causas que generan pobreza y exclusión.

Es hora de oponer resistencia frente a cualquier intento de hegemonía o cooptación por parte de aquellos mutantes políticos que adoptan nuestros principios en el discurso, pero que siguen con las viejas prácticas.

Finalmente, queremos hacer mención a algunos principios que se encuentran plasmados en el discurso de Carrió en aquel encuentro en San Nicolás:

Es preciso iniciar un profundo movimiento de renovación moral y de conciencias. Sinteticemos esos tres, cuatro o cinco pensamientos y acción moral que abren el camino a una nueva república.

Les pido a cada uno de los militantes que esta discusión de base sea por la nueva matriz de la Argentina que nace y no por las viejas prácticas que todavía nos desunen. Eso será lo que le vamos a mostrar al país: o les mostramos las viejas prácticas o les mostramos los nuevos principios. Si les mostramos las viejas prácticas morimos al nacer. Si les mostramos los nuevos principios, empezamos a caminar recién nacidos.

También tenemos que definir si solo vamos a ser un mero proyecto de poder para acceder a los cargos o si tenemos que ser un proyecto de principios que busque el poder, lo que es una cosa distinta.

El ARI debe ser un movimiento en el que cada uno respete y ame profundamente la identidad histórica del otro. Somos una fuerza política y social que viene de la intransigencia en la reivindicación social de Eva, desde la intransigencia en la lucha por la República de Alem y por la defensa de los principios de Palacios.

Sin memoria no hay justicia porque no hay verdad, y sin solidaridad con el otro, lo que prima, sin duda, es el individualismo cínico que tantas veces se expresa de modo manifiesto.

Aspiramos a un Congreso Distrital con debate orgánico generador de propuesta política. Una Mesa de Conducción que refleje la síntesis partidaria. Un funcionamiento responsable y orgánico de las estructuras.

La nuestra no es solamente una convocatoria por los principios que nos dieron nacimiento, por un cambio cultural, también es un llamado al esfuerzo que permita encauzar las soluciones a los problemas de los vecinos.

Esto significa unirnos para trabajar barrio por barrio, comuna por comuna, en toda la Ciudad de Buenos Aires, por eso:

INVITAMOS A TODOS LOS MILITANTES, ADHERENTES Y SIMPATIZANTES DEL A.R.I.

A SUMARSE AL DEBATE PLENARIO DEL PARTIDO QUE QUEREMOS,

REAFIRMANDO LA CANDIDATURA PRESIDENCIAL DE ELISA CARRIO.

“VOLVER A LA EMILIA ES CONSTRUIR CON CARRIO”

“Por un Espacio Convocante”

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

3 de Agosto de 2006

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ARI CARRIO ELISA

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006


Carrió se sumó a las denuncias sobre teléfonos intervenidos

Ya lo habían advertido Roberto Lavagna y Mauricio Macri. Consideró que los dirigentes políticos no deben «victimizarse» por ello

La líder del ARI, Elisa Carrió, confirmó esta mañana que es objeto de «pinchaduras» telefónicas, al igual que lo denunciaron Roberto Lavagna y Mauricio Macri, aunque consideró que los dirigentes políticos no deben «victimizarse».

Carrió dijo que «hace mucho» que es objeto de escuchas y denunció que la intercepción de sus comunicaciones está a cargo de «el Gobierno» y en particular «la SIDE» (Secretaría de Inteligencia del Estado).

«Esto no tiene que sorprender», explicó Carrió, quien consideró que en la actualidad la «sociedad está siendo víctima del miedo».

En declaraciones radiales, la líder del ARI buscó diferenciarse de las denuncias públicas realizadas por ese tema por Lavagna y Macri, al sostener que «no hay que victimizarse» y que «mo hay que empezar a quejarse».

Carrió cuestionó al ex presidente Raúl Alfonsín por su respaldo a la posible candidatura de Lavagna. Señaló: «nosotros no peleamos por elecciones, peleamos por principios, lamentablemente Alfonsín los perdió y yo no puedo hacer nada por eso

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ARI CARRIO ELISA

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Carrió condicionó su

candidatura: no quiere alianzas

Severa advertencia a los jefes partidarios

SANTA ROSA.- La frase conmovió al auditorio y sonó a advertencia. «Ahora le toca a mi partido. Ojalá elijan la intransigencia y descarten el acuerdismo, porque de esa manera seguiremos construyendo juntos».


Elisa Carrió, ayer, tras su encuentro con dirigentes de ARI

En su primer encuentro con la plana mayor del partido tras haber anunciado su «alejamiento simbólico» , la líder de ARI, Elisa Carrió, dejó ayer en claro que será candidata presidencial por esa fuerza sólo si se respeta su negativa a «acuerdos partidocráticos» o a «alianzas para conseguir cargos».

A minutos de reunirse con los jefes partidarios, que hoy celebrarán un plenario federal para definir estrategias ante las próximas elecciones, Carrió acusó al kirchnerismo de trabajar para cooptar dirigentes.

«Algunos se van a ir porque tienen precio», dijo. Ante LA NACION precisó minutos después que uno de los blancos de su enojo es el ex vicepresidente Carlos «Chacho» Alvarez.

«Pobre, parece un mozo del Presidente. Al próximo que se va no lo cuidamos: es un «borocotazo» con fritas», afirmó sobre el reciente portazo del ahora ex jefe del bloque arista en la Legislatura porteña, Fernando Melillo, que se sumaría al kirchnerismo.

No fue la única que criticó a Alvarez, que, según publicó LA NACION, mantiene contactos con ex frepasistas que hoy están en las filas de ARI.

«Me fui del Frepaso porque no quería estar con el cavallismo y la historia mostró que tenía razón. No voy a volver cinco años después por los cavallistas Alberto Fernández y Néstor Kirchner», afirmó a LA NACION el diputado Eduardo Macaluse.

Vestida de negro, y luego de un viaje en auto de más de ocho horas, Carrió llegó aquí para inaugurar la escuela de gobierno de ARI y para reunirse con organizaciones agropecuarias.

Aun así, su presencia en el plenario federal servirá para despejar dudas y explicar a los militantes su decisión de no intervenir en la vida cotidiana del partido que fundó en 2001.

«Vine a explicarle a la gente que construimos un partido que no genere una oligarquía que sólo se va de los cargos cuando se muere», afirmó Carrió a un centenar de dirigentes que llenaron el salón de conferencias del coqueto hotel La Campiña, a pocos kilómetros del centro de la ciudad.

El motivo de tanta explicación: el desconcierto que causó en muchos dirigentes -sobre todo, en el interior- su decisión de alejarse del partido.

«Es cierto, a muchos no les gustó, pero sus explicaciones fueron claras», la defendió la diputada y secretaria partidaria, Elsa Quiroz.

Las duras definiciones de Carrió llegan en un momento preciso. En provincias como Santa Fe y Entre Ríos, ARI debate la posibilidad de alianzas con otros sectores (el socialismo de Hermes Binner, por ejemplo) para luchar y derrotar al kirchnerismo.

¿El acuerdismo del que habla incluye alianzas provinciales con el socialismo y otros partidos?, preguntó LA NACION a Carrió. «Los dirigentes saben de qué hablo. Una cosa son alianzas en base a principios y otra muy distinta es cuando se entregan esos principios por cargos. Ahí hay contubernio», contestó.

Su negativa a las «alianzas partidocráticas» incluyó una hipotética confluencia con Roberto Lavagna.

«Muchos participan del sistema de corrupción generalizada. Algunos en el máximo, como Kirchner y De Vido, y otros en menor medida», dijo.

Y luego precisó: «No voy a ser mascarón de proa y sumarme a la candidatura de la corporación política que es la de Lavagna», rechazó.

«El fracaso de las terceras fuerzas fue por sucumbir a los cargos rentados, los pasillos y las alfombras rojas. No voy a seguir ese camino», explicó.

Como de costumbre, no perdió la ocasión de criticar al Gobierno. «Me sorprende lo ilimitado de la corrupción y el fascismo exacerbado que se utiliza en muchas provincias, pero no pensé que podría convertirse en un modelo nacional», dijo Carrió.

La situación política y la estrategia en cada provincia serán los temas en discusión durante el plenario, desde las 10, sin la presencia de Carrió, que un rato antes hablará sobre la crisis del campo con entidades agropecuarias.

Denuncian los superpoderes

  • ARI, el partido de Elisa Carrió, anunció ayer que se sumará a las presentaciones judiciales de la oposición para que se declare inconstitucional la ley que faculta a la Jefatura de Gabinete a modificar las partidas del presupuesto sin la autorización del Congreso. A mediados de la semana próxima, los diputados Elisa Carrió, Adrián Pérez y Marcela Rodríguez irán a los tribunales para presentar la denuncia. La UCR y Pro, la alianza de Mauricio Macri y Ricardo López Murphy, ya habían adelantado que seguirían el camino judicial. «La Constitución dice que ésa es una facultad exclusiva del Congreso», dijeron en ARI

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ARI GUTIERREZ ALICIA

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Pedido de informes
Hogar de Menores Madres de Rafaela

La diputada provincial del ARI, Alicia Gutiérrez, quiere conocer «con cuánto personal cuenta y qué funciones cumple el Hogar de Menores Madres de Rafaela». Además de «cuántas menores se encuentran alojadas en el mismo y con qué cantidad de plazas dispone. Cuál es la proporción entre personal y menores alojadas y qué capacitación posee dicho personal». Igualmente quiere conocer «si en el Centro de Admisión de Menores de San José y Buenos Aires de la ciudad de Santa Fe hubo denuncia de violación a alguna de las menores internadas».
Finalmente desea saber «si se ha instituido una Comisión Interministerial para atender esta problemática» y en caso de resultar positivo «quiénes la integran, dónde se reúnen, con qué frecuencia y cuáles son los programas y plan de acción de los mismos».
Fundamenta la diputada el pedido de informes elevado a la Dirección del Menor y la Familia diciendo que «este problema ha preocupado -en la últimas décadas- a numerosos tratadistas de diversas disciplinas» y puntualiza que «la falta de proyectos y de futuro para los adolescentes hace que, muchas veces, sean vulnerables al consumo pleno de su vida, con la inmediatez al desahogo ante situaciones de angustia, signadas por el desamparo, la pobreza, la falta de objetivos y de horizontes para sus vidas».

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ARI ALICIA GUTIERREZ

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006


Santa Fe

Según el ARI, los derechos humanos son innegociables

La aclaración de Alicia Gutiérrez es por el apoyo del diputado Hermes Binner a su polémico par de bancada, Pablo Zancada, quien comulgó con represores.

Las declaraciones de Hermes Binner –a un diario de la Capital Federal– donde salió a respaldar a un diputado de su bancada, generó sorpresas entre propios y extraños. Se trata del legislador oriundo de Reconquista, Pablo Zancada, que adhirió a una misa organizada por defensores del terrorismo de Estado que se realizó hace un mes en la iglesia Nuestra Señora de Lourdes de la ciudad de Santa Fe.

Al respecto, la actuación política y ética del socialismo es seguida muy de cerca por sectores sociales y políticos que pretenden sumarse al Frente Progresista, Cívico y Social, con la intención de arrebatarle –después de 24 años– el gobierno de la provincia al justicialismo. En ese sentido, uno de los partidos que hace un tiempo anticipó su deseo de fomentar la figura de Binner para que llegue a la Casa Gris y produzca un cambio, es el ARI, aunque desde siempre dejaron en claro que el apoyo llegará no a cualquier precio.

Por ese motivo, la diputada arista Alicia Gutiérrez, si bien no sabía sobre los dichos del dirigente socialista rosarino, se mostró sorprendida y dijo que no comparte “para nada” lo que hizo Zancada.

“Este señor (por Pablo Zancada) rezaría por todos, perdonaría a todos y yo no comparto su opinión. Creo que primero tiene que haber Justicia y después tiene que haber condena a quienes han asesinado, violado y secuestrado niños; por lo tanto, mi opinión es contraria a cualquier tipo de apoyo a semejante objetivo que fue una misa sin sentido”, explicó la legisladora provincial.


El costo de la alianza
El tema de los derechos humanos es una bandera que siempre defendió el partido de Elisa Carrió y es “innegociable” para Alicia Gutiérrez.

—¿No los aleja del Frente este apoyo de Binner a Zancada?
—No sabía que había hecho esta declaración, pero son todas cosas que se van a tener en cuenta, igual que la relación con el presidente Kirchner, al momento de decidir.

—A partir de esta situación, ¿está prevista una fecha para definir si se suman o no?
—Nosotros nos vamos a reunir, pero la decisión se va a tomar recién más a fin de año.

—¿Entonces qué lectura hace de los dichos del diputado Binner?
—Todos estos elementos se tendrán en cuenta a la hora de tomar las decisiones, no solamente la postura con respecto a los derechos humanos y a sus violaciones, sino y vuelvo a decir, con respecto al Presidente de la Nación y a otros temas de vital importancia y que, para nosotros como partido, son de vital importancia y son innegociables.

La interna
Una visión contraria a la de Hermes Binner dentro del socialismo es la del –también– diputado nacional Eduardo Di Pollina, quien expresó que si no se tomó ninguna medida contra Zancada es porque es un extrapartidario, más allá de pertenecer y votar dentro del Frente Progresista Cívico y Social. Asimismo, Di Pollina expresó que la misa sólo tuvo un contenido político que se contradice con los principios del socialismo y con la junta provincial del partido, que es el órgano máximo de conducción

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ARI VERONICA BENAS DIP PROVINCIAL

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

La Diputada Provincial del ARI Verónica Benas presentó ante esta Cámara un Pedido de Informes para que el Poder Ejecutivo mediante el Ministerio de Educación dé solución a los problemas provocados por el mal estado de las instalaciones eléctricas en las escuelas nº 565 «Bartlomé Mitre», nº 816 «Dr. Rodolfo Rivarola» y la escuela nº 6386 «Cayetano Silva», todas de la Ciudad de Rosario.

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

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La Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe vería con agrado que el Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Educación, dé solución a los problemas provocados por el mal estado de las instalaciones eléctricas, en las Escuelas Nº 565 “Bartolomé Mitre”, sita en la calle Mendoza 7310; Nº 816 “Dr. Rodolfo Rivarola”, ubicada en la calle Cullen 2910, y Nº 6386 “Cayetano Silva”, sita en Pasaje Victoria 260, de la Ciudad de Rosario.

Sr. PreSeñor Presidente:

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Las escuelas Nº 565, 816 y 6386 de E.G.B. 1, E.G.B. 2 y E.G.B. 3 de la zona oeste de la ciudad de Rosario ven dificultado el normal desarrollo de sus actividades educativas debido al mal estado en que se encuentra la instalación eléctrica en sus respectivos edificios.

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Es de tal magnitud el problema que el Ministerio de Educación por intermedio del Sr. Ricardo Fumale como responsable de Construcciones Escolares de la Región VI, le solicitó a la directora de la Escuela Nº 565 que, ante la peligrosidad que representa el estado actual de la red eléctrica, evite el uso de artefactos como las

Por su parte, la Escuela Nº 6386 está en la misma situación de riesgo ya que la instalación es obsoleta. Finalmente, el establecimiento escolar Nº 816 requiere una pronta reparación en sus instalaciones y artefactos para evitar, así, problemas mayores.

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Si bien las instituciones educativas pertenecientes a la Región VI están siendo inspeccionadas por Construcciones Escolares, nos encontramos con que, por ausencia de planificación en el mantenimiento de las escuelas de parte de las autoridades competentes, hoy (a mitad del ciclo lectivo escolar) los alumnos y docentes deben trabajar en situaciones deplorables. Muchas veces se ven obligados a trabajar a oscuras, otras sin calefacción y sin poder utilizar recursos didácticos tales como equipo de audio, televisor y computadoras.

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Por lo antes expuesto solicito a mis pares la aprobación de este proyecto, exigiendo una rápida y acorde respuesta de parte del Estado Provincial.

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Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

 
4 de agosto de 2006
 
Victoria contra la deforestación en el Amazonas
 
Amazonas: gigantes del comercio mundial de soja pactan detener los desmontes por dos años
 
Hola ,
 
Te escribo para contarte una noticia excelente. Las tres corporaciones cerealeras más grandes del mundo, Cargill, Bunge y ADM, anunciaron hace pocos días un acuerdo que apunta a la suspensión por dos años de la deforestación para la siembra de soja que se venía practicando, muchas veces de forma ilegal, en la selva amazónica.

Luego de una investigación de tres años que realizamos en Greenpeace sobre los impactos negativos de la soja en el Amazonas, en la que seguimos todo el ciclo desde el desmonte hasta su consumo, descubrimos que la mayoría de esta soja se exportaba a Europa para ser utilizada como alimento para cerdos, vacas y pollos cuya carne era luego comercializada por empresas como Mc Donalds y otras compañías alimenticias. Con estos datos realizamos varias acciones en el Amazonas, donde fui arrestado por participar en el bloqueo de un puerto ilegal, e iniciamos una campaña pública en Europa denunciando la complicidad de estas empresas en la destrucción del Amazonas.

La presión que logramos generar con nuestros activistas europeos logró que estas empresas se comprometieran ante Greenpeace a no comprar más productos de animales que son alimentados a base de soja proveniente de cultivos en el Amazonas. Asimismo se sumaron a nuestro reclamo y exigieron a los gigantes del comercio de soja que detengan los desmontes en el Amazonas por al menos dos años e impulsen un plan urgente de ordenamiento territorial.

Este reclamo fue finalmente cumplido hace algunos días cuando la Asociación Brasilera de Exportadores de Cereales (ANEC) y de la Industria de Aceites Vegetales (ABIOVE) -que incluye a los gigantes norteamericanos Cargill, Bunge, ADM; a la francesa Dreyfuss y a la brasileña Amaagi- acordaran «una moratoria de dos años para la compra de soja producida en tierra recientemente deforestada en el Amazonas».

La propuesta de Greenpeace para estos dos años de moratoria incluye criterios para potenciar los esfuerzos del gobierno brasileño de frenar los desmontes, proteger hábitats críticos, y ordenar la tenencia de tierras de pueblos originarios y comunidades tradicionales.

El papel de las empresas de alimentos vinculadas, en su cadena de producción, con la compra de soja proveniente de Amazona fue crítico para lograr este acuerdo. Y nada se hubiera logrado sin la presión pública de personas que, como vos, participan activamente en nuestras campañas.

La soja es hoy el cultivo de dinero rápido en Brasil, mucho del cual se realiza en forma ilegal, así como la principal fuerza desmontadora. Los desalojos violentos de comunidades de campesinos, la mano de obra esclava y los conflictos sociales por la tierra son cada vez más frecuentes. Solo en el período 2004-05 se desmontaron 1,2 millones de hectáreas de selva Amazónica para cultivar soja.

Esta decisión adoptada por las cerealeras brasileñas debería servir de ejemplo para detener los desmontes que día a día destruyen los bosques nativos en el Norte Argentino por el avance de las plantaciones de soja. De no mediar acciones inmediatas por parte del Estado Nacional Argentino y de las provincias involucradas, en poco tiempo más perderemos irremediablemente superficies importantes e irremplazables de nuestro últimos bosques, exacerbando aun más el riesgo de inundaciones y desertificación.

Seguí en contacto con nosotros. Necesitamos tu ayuda para parar los desmontes en la Argentina.

Un gran abrazo,

Hernán

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MIÉNTEME QUE ME HACE BIEN

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Refinería afirmó que no es culpable de la contaminación en Dock Sud

El presidente de la petrolera Shell Argentina, Juan José Aranguren dijo que la compañía «no contribuye» a la contaminación. Pidió establecer quiénes son los responsablesEl presidente de la petrolera Shell Argentina, Juan José Aranguren, afirmó que la refinería que la compañía opera en Dock Sud «no contribuye ni es responsable de contaminación al Riachuelo».

Aranguren consideró «necesario que se establezca quiénes son los responsables de la contaminación en la cuenca», y aseguró que la planta de Shell, en un predio de 120 hectáreas en el puerto de inflamables bonaerense, «no tiene influencia en lo que ocurre con los líquidos y con el aire contaminado en la zona».

El directivo refirió que los estándares de calidad ambiental en la operación de la refinería «son superiores a los exigidos por las propias autoridades».

La empresa prepara su informe para exponerlo ante la Justicia en los primeros días de setiembre, conforme dispuso una resolución de la Corte Suprema referida al alto grado de contaminación de la Cuenca Matanza-Riachuelo y la determinación de responsabilidades.

En el interín, la compañía programó visitas a su planta refinadora de Dock Sud, del Defensor del Pueblo de la Nación, de la ministra de la Producción de la provincia de Buenos Aires, de la Secretaria de Medio Ambiente, y de Organizaciones No Gubernamentales (ONGs).

Aranguren opinó que «debe hacerse un inventario sobre la situación actual en la Cuenca, considerando la acción de industrias, la existencia de basurales y el volcado de residuos cloacales, y definir un políticas de remediación y control en base a la Ley 25.665».

Los problemas de contaminación de la Cuenca Matanza-Riachuelo, de casi 80 kilómetros de extensión, se aceleraron con el advenimiento de la industrialización y del crecimiento de la ciudad de Buenos Aires y del Gran Buenos Aires.

En su zona aledaña se afincan casi cinco millones de habitantes, 55 por ciento de los cuales carece de servicios cloacales y 35 por ciento no tiene agua potable (de red).

Un informe de 2003 del Defensor del Pueblo de la Nación estimó en 368 mil metros cúbicos diarios el volumen de líquidos cloacales que se vierten en la cuenca, de los cuales sólo 5 por ciento reciben tratamiento.

Además, los efluentes industriales volcados al río por un centenar de establecimientos se estiman en 88.500 metros cúbicos diarios.

Acerca de la posible erradicación de establecimientos de la zona, el directivo dijo que «muchas empresas alojadas desde hace muchos años a la vera del Canal Dock Sud sólo tienen permiso de uso de las tierras que ocupan, es decir que no son propietarias».

Aranguren refirió que «Shell lleva invertidos en los últimos catorce años unos 190 millones de dólares en la optimización de las condiciones de higiene y seguridad de sus instalaciones en el país».

La planta de Dock Sud puede refinar 100 mil barriles de crudo diarios, y es una de las tres mas grandes del país.

Posee instalaciones para la recepción de petróleo (vía oleoducto y buques) tanques de almacenamiento de crudo y derivados, y para procesar combustibles líquidos y gaseosos, pinturas asfálticas, y carbón de coque.

Desde allí se realiza la distribución de combustibles mediante la carga en planta de unos 350 camiones diarios, y por barcos (fluvial y marítimo).

Aranguren remarcó que «la refinería procesa sus efluentes líquidos», que dice emitir con 1 parte por millón de hidrocarburos, contra un límite legal permitido de 30 ppm.

«Desde 1992 dejamos de operar buques en el Canal Dock Sud (que pertenece a la cuenca del Riachuelo) y construímos una terminal portuaria en el extremo norte del Polo Petroquímico, con frente al Río de La Plata y no a la boca del río, altamente contaminado», precisó

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NO A LA MINA ESQUEL

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Gacetilla de Prensa

Los vecinos volvieron a reclamar la derogación de las leyes mineras

 

CARAVANA CON BOCINAZOS

 

EN LA MARCHA DEL

 

NO A LA MINA

Esquel, Chubut-04-08-06. Una ruidosa y nutrida caravana de vehículos marchó por las calles de esta ciudad encabezada por la bandera del NO A LA MINA que era portada por vecinos que desafiaron el frío intensificado por el viento de esta tarde.

La renovada marcha de los días 4 en Esquel incluyó bocinazos, redoblante y una sirena que llamaron la atención de los turistas y la adhesión de los pocos transeúntes que se le animaron a la baja temperatura. Los autos llevaban los mismos carteles que se pueden ver en las vidrieras de los comercios y ventanas de las casas con la leyenda  “Chubut-Patagonia Rebelde-NO A LA MINA”.

Un manifestante vestido con capote y pasamontañas portaba una pancarta que decía “queremos expresarnos en libertad-basta de persecución política” en alusión a los intentos del gobierno de desacreditar la movilización popular en contra del saqueo y la contaminación con el argumento de que se trata de “fundamentalistas”.

Los vecinos de Esquel ratificaron en el documento leído en la puerta de las oficinas de la minera Meridian Gold que “los gobiernos deben tomar sin vueltas la decisión política de derogar las leyes mineras provinciales y nacionales porque son el estatuto de la entrega”.

También se leyeron las numerosas adhesiones recibidas por la movilización y una niña dio lectura a una síntesis de los impactos sobre el agua y el medio ambiente, los aspectos sociales y económicos negativos de la actividad minera que son los fundamentos del rechazo de la comunidad cordillerana y chubutense a la actividad minera.

Esta marcha fue parte de las actividades decididas por la Unión de Asambleas Ciudadanas conformada en un encuentro realizado en Colonia Caroya, Córdoba, cuando se realizaba el encuentro de presidentes del MERCOSUR.

Para las jornadas de lucha previstas para este fin de semana las asambleas de vecinos de San Juan, Mendoza, Catamarca, Chubut, Córdoba, Entre Ríos, , Río Negro y La Rioja determinaron movilizarse conjuntamente por el NO a las papeleras (pasteras), el derecho de los pueblos originarios a sus territorios, la anulación de la legislación minera junto con el tratado de integración minera argentino-chileno y el respaldo a la consulta popular sobre la explotación minera convocado en Calingasta (San Juan), entre otros reclamos.

ASAMBLEA DE VECINOS AUTOCONVOCADOS

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Vecinos autoconvocados de Famatina y Chilecito llegarán a la ciudad capital

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Desde aproximadamente dos meses, más de cien vecinos de las localidades de Famatina y Chilecito se vienen organizando bajo una firme bandera: defender la vida y el medio ambiente, la cual fue levantada luego de que vieran amenazada su salud y bienestar por la iniciación de trabajos de exploración en la mina La Mejicana.

La empresa explotadora es de nacionalidad canadiense y ya está contaminando provincias como Catamarca y San Juan a través de un método de explotación minera denominado “a cielo abierto”, en cuyo proceso de extracción se utiliza un compuesto químico tóxico llamado cianuro, entre los más peligrosos.

Los vecinos de Chilecito están luchando organizados para defender su derecho de gozar de un medio ambiente sano. En este marco llegarán a la capital hoy, para realizar una conferencia de prensa en plaza 25 de Mayo, a las 10.

En la oportunidad estarán participando además de la Expo – Feria de las comunidades que estará presente en la plaza, en el marco de las actividades en memoria del asesinato del ex obispo Enrique Angelelli.

Por otra parte, a las 20 los vecinos autoconvocados brindarán una charla informativa en la carpa a instalarse en el principal paseo de la ciudad para continuar con las actividades de memoria.

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Vecinos autoconvocados de Famatina y Chilecito llegarán a la ciudad capital

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Desde aproximadamente dos meses, más de cien vecinos de las localidades de Famatina y Chilecito se vienen organizando bajo una firme bandera: defender la vida y el medio ambiente, la cual fue levantada luego de que vieran amenazada su salud y bienestar por la iniciación de trabajos de exploración en la mina La Mejicana.

La empresa explotadora es de nacionalidad canadiense y ya está contaminando provincias como Catamarca y San Juan a través de un método de explotación minera denominado “a cielo abierto”, en cuyo proceso de extracción se utiliza un compuesto químico tóxico llamado cianuro, entre los más peligrosos.

Los vecinos de Chilecito están luchando organizados para defender su derecho de gozar de un medio ambiente sano. En este marco llegarán a la capital hoy, para realizar una conferencia de prensa en plaza 25 de Mayo, a las 10.

En la oportunidad estarán participando además de la Expo – Feria de las comunidades que estará presente en la plaza, en el marco de las actividades en memoria del asesinato del ex obispo Enrique Angelelli.

Por otra parte, a las 20 los vecinos autoconvocados brindarán una charla informativa en la carpa a instalarse en el principal paseo de la ciudad para continuar con las actividades de memoria

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Datos del Centro Latinoamericano de Salud y Mujer

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

En Argentina se presentan 64 embarazos cada 1.000 adolescentes

03/08/2006 12:47:00 –  Un interesante trabajo realizado por el Centro Latinoamericano de Salud y Mujer (CELSAM) reveló que la educación en salud sexual y reproductiva se mantiene ausente de las aulas. Una encuesta realizada el año pasado por el organismo, indicó que sólo 1 de cada 3 adolescentes mencionó haber recibido información de padres sobre su sexualidad, prevención de embarazos e infecciones.

Un informe difundido por el Centro Latinoamericano Salud y Mujer (CELSAM) acerca de la calidad de instrucción sexual de las mujeres, reveló el altísimo grado de desconocimiento que padecen gran parte de las adolescentes en la Argentina.

En el 2005, el CELSAM había llevado adelante un trabajo sobre maternidad adolescente –hizo uno similar sobre anticoncepción en el 2001- destacándose que sólo 1 de cada 3 chicas mencionó haber recibido información de sus padres acerca de su sexualidad y la prevención de embarazos.

El informe del organismo, a la vez, destaca que aquellos países que asumieron el compromiso de impartir educación sexual sistemática en las escuelas desde el nivel inicial, muestran hoy tasas de embarazo adolescente de un dígito. Italia, por caso, presentaba en 1970 casi 27 embarazos por mil 1.000 adolescentes. Al día de las fecha, señala, el país europeo “tiene sólo 6.9. En la Argentina, en contraposición, se presentan 64 embarazos cada 1.000 adolescentes”.

La entidad alerta que pese a que se superaron las disputas que cuestionaban la necesidad de garantizar por Ley el derecho de niños, niñas y adolescentes educación sexual en las escuelas, se corre el riesgo de promulgar una norma que tampoco sirva. Al respecto, Alicia Figueroa, miembro del CELSAM, indicó que “la edad de inicio de la instrucción y los contenidos son hoy los dos factores que decidirán la utilidad concreta de este proyecto educativo”. Y agregó que “la propuesta educativa debe, necesariamente, cumplir dos premisas: ser pedagógicamente adecuada y científicamente correcta”,

Según una encuesta realizada por el Centro en el año 2004 se obtuvieron los siguientes datos:

El  62% de las encuestadas inició sus relaciones sexuales durante la adolescencia: el 11% antes de los 15 años y el 51% entre los 16 y 19 años.

• En la Argentina, sólo el 20% de los adolescentes utiliza un método anticonceptivo en su primera relación sexual.

• El 70% de las chicas y el 50% de los varones se inician sexualmente bajo los efectos del alcohol.

• Uno de cada 5 adolescentes quedan embarazadas en el primer mes de iniciadas las relaciones sexuales.

• Cada 5 minutos una adolescente se convierte en madre y por lo general un varón adolescente es el padre.

De acuerdo con los pronósticos de la entidad sin fines de lucro, es probable que la Ley de Educación Sexual se articule en el 2007.

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CARLOS GARDEL

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

«Carlos Gardel, el musical» se estrena mañana en Nueva York

RAMOS. El actor puertorriqueño interpretará el zorzal criollo. (www.prpop.org)

La obra, de Eladio Cintrón, ya se presentó con éxito en Puerto Rico en 2004. Ahora debuta en Repertorio, una de las salas más importantes en el circuito de teatros Off Broadway.

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ARI ADRIAN PEREZ DIPUTADO NACIONAL

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

Manifestación en Congreso contra la ampliación de facultdes al jede de gabinete

El proyecto de modificación de la Ley de Administración es grave, y los diputados que votarán para su aprobación cometen el delito de traición a la patria», aseguró el dirigente radical Nito Artaza, quien advirtió que denunciará penalmente a cada diputado que vote a favor de los denominados «superpoderes».

Participaron del repudio a la iniciativa oficial, la secretaria general de la UCR, Margarita Stolbizer, Fernando Cantero y Enrique Olivera del ARI, la titular de Unión por Todos, Patricia Bullrich; militantes de la juventud radical, dirigentes de organizaciones no gubernamentales, y ahorristas.

Continuaron las opiniones encontradas sobre los poderes especiales

El proyecto de reforma de la Ley de Administración Financiera, tratado hoy por el Senado, generó opiniones encontradas entre el oficialismo y la oposición.

Las siguientes son las principales opiniones sobre los denominados «superpoderes»

Adrián Pérez, (ARI): «Convierten el Presupuesto en una expresión de deseos que el Jefe de Gabinete manejará a su antojo. Cristina Fernández de Kirchner y Alberto Fernández se indignaban y horrorizaban con la delegación de facultades y ahora las apoyan».

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ARI RODRIGUEZ MARCELA DIP NACIONAL

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 5, 2006

INSERCIÓN DE LA DIPUTADA MARCELA V. RODRÍGUEZ

Ref. Expte. Nº 101-S-2006

Una vez más, asistimos al tratamiento de un proyecto cuyo único objetivo es otorgar atribuciones propias e indelegables de este Cuerpo al Poder Ejecutivo Nacional.

En los últimos años, el proceso de concentración de poder en el Ejecutivo alcanzó niveles escandalosos. A la desmesurada e injustificada utilización de los decretos de necesidad y urgencia por parte de dicho Poder -de la que los últimos gobiernos democráticos hicieron uso y abuso-, se sumó una práctica no menos dañina a nuestras instituciones republicanas, consistente en la renuncia del Poder Legislativo al ejercicio de sus atribuciones y la consecuente transferencia de dichas competencias al Ejecutivo, bajo la modalidad de la delegación de facultades legislativas. El otorgamiento de los denominados “superpoderes” al Jefe de Gabinete de Ministros dentro de las leyes de presupuesto es paradigmático en este sentido.

Como resultado, nos encontramos con un Poder Ejecutivo todopoderoso, que contrasta con un Congreso cada vez más debilitado, mancillado y vaciado de poder.

Es dentro de este fenómeno de fortalecimiento del Poder Ejecutivo- vaciamiento de la rama Legislativa, que nos encontramos con esta propuesta, que cuenta con media sanción del Senado, y que consiste en reformar el artículo 37 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, Nº 24.156.

Conforme el proyecto en análisis, el Jefe de Gabinete podrá disponer en el futuro “de las reestructuraciones presupuestarias que considere necesarias dentro del total aprobado por cada ley de presupuesto, quedando comprendidas las modificaciones que involucren a gastos corrientes, gastos de capital, aplicaciones financieras y distribución de las finalidades”. Además, se prevé que queda exceptuado de lo establecido en el art. 15 de la Ley Nº 25.917<!–[if !supportFootnotes]–>[1]<!–[endif]–>.

Es decir, en la práctica, la única disposición de la Ley de Presupuesto que podría tendrá algún sentido, sería la que fije el total de gastos aprobados. El resto podría formar parte de un proyecto de declaración, en el que cada Cámara manifieste su “deseo” de que los recursos públicos sean gastados de cierta forma. Lo cierto es que la modificación al art. 17 de la Ley 24.156 impulsada, hace perder toda virtualidad al resto de la Ley, ya que no obliga por sí misma al Ejecutivo, quien en definitiva tendrá el poder de hacer y deshacer el Presupuesto aprobado a su gusto. Claro, que si se continúa subestimando el monto de la recaudación fiscal, tampoco la norma que fije el total de gastos aprobados tendrá alcance real, ya que al no incluirse en el monto aprobado la totalidad de la previsión de recaudación, existe un excedente cuyo destino también queda al arbitrio del Jefe de Gabinete de Ministros.

El propósito del proyecto no es otro que transferir en forma permanente al Jefe de Gabinete una atribución propia del Parlamento. De esta forma, se otorga estabilidad a lo que hasta ahora fue una pésima práctica que se ejercía en oportunidad de sancionar las leyes anuales de presupuesto, en clara violación a nuestro sistema democrático constitucional.

Es decir, se suma una nueva modalidad de concentración de poder en la rama Ejecutiva: al uso abusivo de los decretos de necesidad y urgencia y de facultades delegadas –que, resta aclararlo, exceden en la práctica ampliamente los supuestos admitidos en forma excepcional por nuestra Constitución-, se agrega ahora esta nueva forma de vulnerar la Constitución para obtener la suma del poder público, y que es la transferencia lisa y llana -ya no como delegación legislativa- de atribuciones propias.

Quiero poner de resalto que, como no escapa al conocimiento de nadie, el oficialismo cuenta con mayorías legislativas en ambas Cámaras, mayorías que han apoyado incondicionalmente todas las iniciativas de este gobierno. Tampoco puede invocarse válidamente temor por una supuesta emergencia que no existe, ya que existe superávit fiscal. Por tanto, cabe preguntarse cuál es el interés real detrás de las modificaciones impulsadas.

En primer lugar, se puede observar que una primera consecuencia será retirar del debate público el destino que el gobierno pretende otorgar a los recursos públicos. De seguirse el trámite previsto constitucionalmente, cada vez que el Ejecutivo considere necesario efectuar alguna reestructuración presupuestaria, debería enviar un proyecto al órgano competente (el Poder Legislativo), y es en este ámbito deliberativo donde, tras escuchar las distintas voces y posiciones al respecto, se debería decidir su pertinencia o no. Por supuesto, además de permitir exponer distintos puntos de vista y el pronunciamiento de las minorías, este procedimiento también asegura mayor transparencia y control público, ya que el tema tomaría conocimiento público.

Al poder modificar las partidas presupuestarias a través de una reasignación dispuesta por el Jefe de Gabinete, se obvian estas discusiones y las verdaderas finalidades y consecuencias de las modificaciones quedan ocultas.

Por otra parte, de esta forma también se consigue concentrar el poder no sólo a costa de las minorías, sino a costa de las filas propias, oficialistas. En efecto, con la reforma impulsada, el Ejecutivo se asegura que no tendrá que discutir con nadie, ni opositores ni oficialistas, y se niega todo tipo de poder de negociación que antes podrían tener legisladores y gobernadores. Otorgar el manejo exclusivo y discrecional del erario público significa tanto como otorgar la facultad de extorsionar a gobernadores, intendentes y legisladores, no sólo de la oposición, sino inclusive a los propios.

En lo que sigue analizaré los presupuestos jurídicos de nuestro sistema constitucional que vedan de plano una modificación como la propuesta, que significa la transferencia de una atribución propia e indelegable del Poder Legislativo.

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El Congreso Nacional no puede transferir una competencia propia y exclusiva

El artículo 75 inciso 8 de la Constitución Nacional, determina que corresponde al Congreso de la Nación fijar anualmente el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la administración nacional, sobre la base del programa general de gobierno y el plan de inversiones públicas.

Como es sabido, el presupuesto de la Nación tiene dos funciones primordiales. Por un lado, establece los gastos que podrán efectuarse en el año al que se refiere, y por otro, determina cuáles serán los recursos que se destinarán para atender estos gastos. Respecto de los recursos, el presupuesto prevé los ingresos que formarán parte del tesoro nacional. En relación con los gastos, establece lo que el Estado debe pagar a través de la asignación de una partida presupuestaria determinada. Como consecuencia de ello, la administración no puede destinar partidas a fines distintos a los previstos en la Ley de Presupuesto. Esto surge del citado Art. 75, inciso 8 de la C.N., y está expresamente prohibido en la Ley de Administración Financiera, Ley Nº 24.516, por lo que los funcionarios que modifiquen el destino de los fondos previstos por la Ley de Presupuesto cometen el delito de malversación de fondos públicos.

La atribución de aprobar el presupuesto general de gastos es central en nuestro sistema democrático. En efecto, el Congreso de la Nación es el único órgano con legitimación democrática directa en el que se encuentra claramente representada la voz del pueblo y, además, constituye el ámbito de participación de las provincias en las cuestiones nacionales. A su vez, éste es el órgano deliberativo por definición en nuestro sistema democrático.

No puede perderse de vista que la aprobación del Presupuesto es una decisión de enorme relevancia para el país, pues en él se establecen las pautas del modelo social y económico adoptado (en definitiva, la aprobación del Presupuesto no es más que el sinceramiento e instrumentalización de cuáles son las prioridades socio-económicas para el país).

Además, la sanción de la Ley de Presupuesto por parte del Congreso de la Nación garantiza el ejercicio del control público de los gastos de gobierno, propio de un sistema republicano como el nuestro, establecido en el artículo 1º de la Constitución Nacional.

En este sentido se expidió Ekmekdjian al sostener que “El control público de los gastos y recursos de los dineros del Estado es fundamental para el sistema republicano”<!–[if !supportFootnotes]–>[2]<!–[endif]–>. Por su parte, Quiroga Lavié sostiene al respecto que afirmar lo contrario a lo mencionado, “sería abandonar el sistema a su suerte y así nos ha ido a los argentinos gobernados bajo el reinado del descontrol”<!–[if !supportFootnotes]–>[3]<!–[endif]–>.

Por estas razones, el Congreso Nacional es el Poder del Estado que cuenta con la atribución –y la responsabilidad- de disponer de los recursos públicos del país. En este sentido, sostiene Ekmekdjian, en relación con el inciso 8 del artículo 75 de la Constitución Nacional, que “La atribución de este inciso es una de las más importantes funciones del Poder Legislativo. El presupuesto general de gastos y cálculo de recursos es una de las leyes más trascendentes que sanciona el Congreso, ya que contiene la autorización para recaudar las rentas y para gastar en el ejercicio financiero anual. En otras palabras, el presupuesto contiene el programa del gobierno por el término de un año”<!–[if !supportFootnotes]–>[4]<!–[endif]–>.

La Corte Suprema de la Nación también se expidió en este sentido al sostener que “Es de la esencia misma del sistema económico constitucional que rige en la Nación y en todas las provincias que forman y que se halla consignado en las expresas disposiciones constitucionales, que el poder de disponer de los dineros públicos reside en el departamento legislativo del Gobierno, aun cuando corresponda al Ejecutivo, por la naturaleza sus funciones, hacer efectivas las disposiciones de aquél”<!–[if !supportFootnotes]–>[5]<!–[endif]–>.

Es de destacar que con la reforma constitucional de 1994 se incorporó al inciso 8 del artículo 75, la obligación del Congreso de dictar el presupuesto de conformidad con el régimen de coparticipación federal de impuestos previsto en el tercer párrafo del inciso 2 del artículo 75, lo que también se vería afectado si el Poder Ejecutivo tiene facultades de modificar las partidas asignadas por el Congreso sin tener en cuenta el límite aquí mencionado.

En virtud de lo expuesto, no existen dudas respecto de la atribución propia del Congreso para dictar la Ley de Presupuesto. Reafirman esta posición diversas normas constitucionales que muestran con toda claridad que la Ley de Presupuesto es una atribución exclusiva del Congreso Nacional.

En efecto, el inciso 10 del artículo 99 establece que el Presidente de la Nación, “supervisa el ejercicio de la facultad del jefe de gabinete de ministros respecto de la recaudación de las rentas de la Nación y de su inversión, con arreglo a la ley o presupuesto de gastos nacionales” (el resaltado es propio). Esta norma muestra con suma claridad la atribución del Congreso de la Nación de dictar la ley de presupuesto, de conformidad con la cual, el Presidente de la Nación debe realizar un control del ejercicio de la facultad del jefe de gabinete.

La pretensión de transferir esta atribución al Jefe de Gabinete o al Poder Ejecutivo, lleva al absurdo de colocar en manos de órganos no deliberativos o no representativos la decisión de disponer de los recursos del Estado Nacional.

La participación del órgano pluralista por excelencia es la mejor garantía contra los manejos discrecionales en cuestiones tan importantes como la asignación de recursos para cubrir los gastos existentes y para cumplimentar las obligaciones contraídas por el Estado Nacional. Por ello, la Constitución impone la necesidad de sujetar toda decisión financiera, que regule la relación entre gastos y recursos, al escrutinio y la discusión en el seno legislativo de los representantes del pueblo.

Esta participación activa de todos los representantes del pueblo es también la que ofrece las mayores garantías de que la decisión final asigne recursos para cubrir gastos de una forma más imparcial.

No se puede perder de vista que el presupuesto es una herramienta indispensable para satisfacer las obligaciones contraídas por el Estado y para efectivizar los derechos consagrados en favor de todos los habitantes de la Nación, y que toda decisión que pueda afectar derechos de una forma fundamental debe emanar del Poder Legislativo.

En consecuencia, el proyecto en análisis, que transfiere una atribución exclusiva e indelegable del Congreso Nacional al Jefe de Gabinete, constituye una clara violación a nuestra Constitución Nacional, que comprende el régimen republicano de gobierno.

El sistema republicano, que incluye la división de poderes, fue establecido como garantía de las libertades individuales. Es un sistema contra la “opresión” del poder tiránico. Por ello, no es dado a Poder alguno renunciar a sus atribuciones y resignarlas a favor de otro Poder. Las competencias asignadas a cada uno de los Poderes no constituyen prerrogativas de sus integrantes, que pueden decidir libremente ejercerlas o no, o renunciar a las mismas, o transferirlas, como aquí se pretende. Constituyen su deber y su responsabilidad. Es por ello que ni aún los propios legisladores podemos decidir “compartir” con el Poder Ejecutivo facultades que son propias y exclusivas de quienes integramos el Congreso Nacional.

La autorización efectuada al Jefe de Gabinete (quien ni siquiera es elegido mediante el voto popular y, por tanto, carece de una legitimación democrática directa) para que decida cuestiones centrales al desarrollo del país en contraposición a lo fijado por el Congreso, constituye una violación manifiesta a las normas constitucionales mencionadas.

De aceptarse una modificación como la propuesta, la sanción de las leyes de Presupuesto por parte del Poder Legislativo no será más que una burla, por cuanto se haría uso de una atribución que como legisladores nos corresponde pero en forma tan sola aparente, ya que el Jefe de Gabinete o el titular del Poder Ejecutivo podrán hacer caso omiso a las decisiones y limitaciones allí consignadas. En tales condiciones, el ejercicio de la función será una simulación, carente de significado real y práctico.

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Al Poder Ejecutivo le está prohibido emitir normas de carácter legislativo

Además de la imposibilidad constitucional de que un órgano constituido, como el Congreso Nacional, decida transferir a otro órgano o persona atribuciones otorgadas en forma exclusiva y excluyente por el poder constituyente (como es la sanción del Presupuesto), encontramos en nuestro texto constitucional otras disposiciones que impiden al Poder Ejecutivo emitir normas de carácter legislativo.

Es decir, ni el Poder Legislativo puede traspasar competencias propias otorgadas por la Constitución, ni el Poder Ejecutivo puede ejercer atribuciones legislativas.

La regla general y pauta interpretativa que motiva la actuación del Poder Ejecutivo en el dictado de normas legislativas es su total prohibición, bajo pena de nulidad absoluta e insanable. Únicamente en casos excepcionales le está permitido al Ejecutivo emitir disposiciones de este tipo, bajo estricto cumplimiento de los requisitos fijados en la propia Constitución.

Nuestra Constitución contiene varias disposiciones expresas en relación con la cuestión que nos preocupa. La primera de ellas, es el artículo 1º, en el cual la Nación adopta el sistema republicano de gobierno que implica, fundamentalmente, la división y control del poder.

Otra norma de relevancia para la cuestión que nos ocupa, se encuentra en el artículo 99 inciso 3, cuando señala que el Poder Ejecutivo Nacional no podrá, en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución para la sanción de las leyes y “no se tratare de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o del régimen de los partidos políticos podrá dictar decretos de necesidad y urgencia, los que serán decididos en acuerdo general de ministros que deberán ser refrendados, conjuntamente con el jefe de gabinete de ministros”.

La otra disposición es la contenida en el artículo 76 de la Constitución Nacional, que prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en aquellas materias determinadas de administración o de emergencia pública con plazo fijado para su ejercicio y dentro de las bases de la delegación que el Congreso establezca.

Finalmente, otra norma a tener en cuenta en este análisis es la vieja cláusula de defensa de la democracia que está contenida en el artículo 29 de la Constitución Nacional en cuanto establece que “El Congreso no puede conceder al Poder Ejecutivo Nacional, ni las legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por los que la vida, el honor o la fortuna de los argentinos quede a merced del gobierno o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable y sujetarán a los que lo formulen, consientan o firmen a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria”. Es el juego sistemático de estas normas del cual debe surgir la interpretación correcta de la Constitución Nacional en esta materia.

En primer lugar, corresponde decir que tanto el artículo 76 como el artículo 99 inciso 3, establecen un principio prohibitivo expreso en materia de legislación secundaria. Señalan claramente que no puede el Poder Ejecutivo asumir funciones legislativas ni puede el Congreso delegar estas funciones de modo tal que esta prohibición genérica ya nos señala la primera pauta de interpretación de esta norma constitucional. De la prohibición contenida en el primer párrafo se desprende claramente que la interpretación debe ser en un sentido estricto, es decir que en la duda debe estarse claramente por la prohibición y no por la habilitación. La habilitación, las materias y los contenidos allí especificados constituyen una excepción al principio prohibitivo expresado en el primer párrafo de ambos artículos, y que además se encuentra plenamente reforzado y sancionado penalmente por el artículo 29 de la Constitución Nacional.

La reserva de ley es un capítulo de lo que se ha dado en llamar reservas legislativas en general dispuestas en los textos constitucionales. Son aquellos ámbitos materiales de legislación que están asignados en forma exclusiva para su producción al Poder Legislativo. Esta dualidad se ordena sobre el principio de la supremacía de la ley, pero a la vez este criterio, como criterio puramente formal que podría dejar la iniciativa más vivaz del poder reglamentario, se complementa con el principio de las materias reservadas a la ley. Es decir, con la afirmación de que ciertas materias especialmente importantes han de ser objeto exclusivo de la regulación legal sin que el poder reglamentario general como poder independiente de la ley pueda entrar en ellos.

En nuestro sistema la reserva de ley absoluta refiere a aquellas materias donde el principio de legalidad es absoluto y no puede haber lugar a delegación legislativa ni asunción de facultades legislativas ni aún en urgencia por parte del Poder Ejecutivo en los supuestos de decretos de necesidad y urgencia. En cambio, la reserva de ley relativa comprende situaciones donde el principio de reserva de ley permite, sin embargo, la delegación de la potestad legislativa del Parlamento al Poder Ejecutivo. La reserva absoluta impide todo reglamento que no sea de ejecución. La reserva reforzada implica la obligación impuesta al Parlamento por la Constitución de darle a la ley un determinado contenido, en tanto la reserva relativa admite la remisión de una parte material de su contenido a condición de que la ley otorgue directrices para su conformación.

La Constitución de 1994 ha establecido reservas legales absolutas que aún ni la urgencia ni la emergencia pueden habilitar algún tipo de delegación y son las expresamente contenidas en artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional cuando veda absolutamente al Poder Ejecutivo dictar normas de carácter legislativo en materia impositiva, penal, régimen electoral y de los partidos políticos. Éstas deben interpretarse como reservas legales absolutas claramente establecidas en el texto constitucional. Obviamente la doctrina debe extenderse a todos los demás actos privativos del Poder Legislativo tales como la aprobación del presupuesto, la aprobación o rechazo de tratados internacionales, todo lo que pueda entenderse como leyes que signifique el desarrollo de derechos y garantías constitucionales.

Ni aún la emergencia puede hacer relativa estas reservas absolutas de ley que tienen justamente el objetivo de impedir que la delegación produzca una concentración del poder que convierta en tiranía a cualquier gobierno de turno y además esta es la única interpretación que cabe en función de la clara limitación y expresa sanción que surge del Art. 29 de la Constitución Nacional cuando prohíbe la concesión de facultades extraordinarias por los que la vida, el honor o la fortuna de los argentinos queden merced de persona alguna, sancionando con la pena de infames traidores a la patria a los que la deleguen y aquellos que la consientan. Ésta es en consecuencia la única interpretación constitucional posible y que además tiene expreso respaldo en la intención constituyente.

Tal como lo sostiene Francisco Llorente en La Forma del Poder, “La estructuración del orden jurídico-constitucional a partir exclusivamente del principio de legitimidad democrática no permite prescindir de la noción de la reserva de ley. El ámbito reservado a la ley no es, ciertamente, en las constituciones democráticas, el acotamiento negativo de la potestad nemotética libre de un poder no legitimado democráticamente sino, por el contrario, una limitación que la Constitución impone al poder que el legislador democrático (y único) tiene para atribuir a la Administración la facultad de regular por sí materias determinadas. Su razón de ser no está en una división de la soberanía, sino, cabría decir, en la radical limitación de todos los poderes constituidos, en la necesidad de preservar la separación entre Legislativo y Ejecutivo, que no resulta ya ¨naturalmente¨ de su diverso origen y, por debajo de todo ello, como fundamento de la limitación y de la separación, en los valores supremos cuya vigencia la Constitución pretende asegurar”.

Este autor ha explicado que existen tres vías para acceder a esta cuestión. De acuerdo con la idea de democracia, deberían quedar reservadas a la representación popular, como único órgano con legitimación democrática directa, todas aquellas decisiones esenciales y políticamente importantes y, en especial, las que trazan las líneas básicas y las directrices del orden estatal y social. Quienes avanzan por la vía de la idea del Estado de Derecho, atribuyen al legislador la competencia exclusiva para regular todos los ámbitos de libertad conectados con los derechos fundamentales, con independencia de que se trate de relaciones internas o externas del Estado, pero entienden que los derechos fundamentales no sólo son derechos de libertad, sino elementos fundamentales de derecho objetivo, cuyo contenido de garantía prestacional ha de ser preservado por la ley. La tercera vía que se basa en la idea de forma y procedimiento legislativo pretende construirse no a partir de principios jurídicos y constitucionales, que naturalmente se aceptan, sino de la forma de la ley y del procedimiento legislativo. Lo que caracteriza a la ley como forma superior de creación del derecho en un sistema democrático es su modo de elaboración en el Parlamento, a través de la discusión y la negociación entre las distintas fuerzas políticas y en presencia constante de la opinión pública. Las materias reguladas por ley, las que constituyen la reserva de ley, deben ser todas aquellas y sólo aquellas respecto de las que resulte esencial este procedimiento de discusión pública y transacción entre las distintas fuerzas políticas presentes en la Cámara.

Pues bien, cualquiera sea la teoría de justificación de la democracia que adoptemos, la respuesta es la misma: la decisión de cómo comprometer el erario público debe ser adoptado necesariamente por el Congreso de la Nación, siguiendo el mecanismo de sanción de leyes previsto constitucionalmente.

En efecto, conforme a la primera de las posturas mencionadas, corresponde al Congreso adoptar aquellas decisiones esenciales, que definan el orden estatal y social. Sin lugar a dudas, la forma en que se van a distribuir los recursos estatales determina en forma decisiva el modelo de sociedad y de estado escogido, pues del reparto que resulte surge el orden de prioridades vigente en la sociedad. Decisiones de estas características deben ser adoptadas por el órgano que posee la representación popular.

En orden a la segunda de las posiciones expuestas, que tiene en cuenta la idea del estado de derecho, también le está vedado al Congreso la entrega de facultades excepcionales, y al Poder Ejecutivo su asunción. Y una condición inexcusable para la vigencia del estado de derecho es la separación de los poderes, principio que se erige como garantía de la totalidad de las libertades individuales.

Finalmente, la tercera de las posturas mencionadas por el autor citado atiende a una visión procedimentalista de la democracia. En virtud de esta teoría, el valor de la democracia está dado porque permite un debate robusto entre los diferentes sectores y con la presencia de la opinión pública, lo que propende a adoptar las mejores decisiones. En base a esta posición, una decisión tan trascendental para el conjunto de la sociedad, como lo es la distribución del tesoro nacional, debe ser adoptada únicamente por el parlamento, a través de un procedimiento que facilite la discusión pública y la transacción entre las distintas fuerzas. Estas características propias del sistema democrático se pierden si se otorga al Jefe de Gabinete la posibilidad de ordenar las reestructuraciones presupuestarias a su antojo, en razón que puede cambiar la asignación de partidas obviando para ello toda discusión y polémica sobre el asunto. Esto es más grave aún en este caso en el que el Jefe de Gabinete se puede apartar (como efectivamente lo viene haciendo en los últimos años) de la propia decisión que tomó el Congreso a la hora de sancionar la ley de presupuesto.

Es por ello que insistimos en considerar que la propuesta impulsada viola la Constitución Nacional por avasallar las facultades legislativas consagradas expresamente por la Ley Fundamental, conculcando el principio de legalidad.

De acuerdo con Adolf Merkl, el principio de legalidad es un principio estructural que determina la forma política al señalar a la Administración un lugar subordinado al de la legislación, pues el carácter de ejecución de la ley que es propio de la administración no puede ser afirmado sino es partiendo del principio de legalidad -que requiere reconocimiento jurídico positivo- y no al revés, como aquí se pretende.

Asimismo, Llorente ha expresado que “es la ley la que ha de establecer las determinaciones esenciales, el núcleo de régimen jurídico, cuando se trata de normas que inciden directamente sobre la esfera jurídica de los ciudadanos. No hay duda que ella toca a aquellas facetas concretas del ejercicio de la libertad que la Constitución protege especialmente, a los derechos de prestación que asegura como fundamentales, o a las instituciones que garantiza como base del sistema social y económico. Respecto del alcance de la reserva de ley (reserva reforzada, en cuanto obliga a preservar el “contenido esencial” de las libertades, derechos o instituciones garantizadas) consagrada como obligación del legislador pueden suscitarse dudas, pero sobre la necesidad de que la regulación haya de hacerse por ley y haya de abarcar, salvo cuestiones menores y complementarias, la totalidad de la materia reservada, no cabe duda alguna.

Por las razones anteriormente expuestas, la entrega por parte del Congreso de la Nación de la atribución de fijar la forma en que se destinarán los recursos públicos, para que el Jefe de Gabinete pueda modificar a su gusto el destino de las partidas consignado en la Ley de Presupuesto es absolutamente ilegítima, ya que constitucionalmente le está vedada semejante delegación, no sólo por la imposibilidad de renunciar a cualquiera de sus atribuciones, sino también porque implica autorizar al Jefe de Gabinete a emitir normas de carácter legislativo en materia presupuestaria, vedada absolutamente por nuestra Constitución.

La Constitución Nacional ha reservado para el Congreso de la Nación la función de establecer los recursos del Estado y su destino como única manera de posibilitar un espacio público, un espacio de discusión y de debate pluralista acerca de cuestiones sociales y económicas que afectan y determinan decisivamente sobre los derechos fundamentales del individuo. La cuestión es de una gravedad extrema y de alta política legislativa y lo que se pretende a través de esta ley es la transferencia de facultades legislativas excluyendo al Parlamento, y por ende a los ciudadanos que han delegado en ellos la regulación de sus derechos.

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La delegación de facultades legislativas. Inconstitucionalidad.

Tampoco es posible justificar la propuesta alegando que estamos ante la presencia de una delegación de facultades, de las contempladas en el art. 76 de la C.N.

En efecto, aún si se considerara que no se trata de una transferencia lisa y llana de una atribución propia del Congreso de la Nación, y además se entienda que esta materia no forma parte de la zona de reserva legal absoluta, habría que concluir en que el proyecto es inconstitucional, por cuanto se ha hecho en clara violación al artículo 76 de la misma.

En efecto, con la modificación que se propicia al art. 37 de la ley 24.156 se prevé la posibilidad de que el Jefe de Gabinete pueda efectuar reestructuraciones presupuestarias, con la única limitación de que lo haga dentro del monto total aprobado por el Congreso, y sin quedar sujeto, siquiera, a las limitaciones del art. 15 de la Ley Nº 25.917.

Este tipo de delegación de atribuciones legislativas se encuentra terminantemente prohibida en la Constitución Nacional. En efecto, la delegación legislativa puede ser “propia” o “impropia”. Por la primera de ellas, se entiende la delegación de la atribución de “hacer la ley”. Esto es lo que sucede con la modificación que se propone al art. 37 de la Ley de Administración Financiera, lo cual se encuentra vedado por el artículo 76 de la Constitución, el que únicamente autoriza la denominada delegación impropia, que consiste en la posibilidad de delegar la atribución de dictar ciertos detalles de la ley, respetando las pautas establecidas por el propio legislador.

En efecto, el citado artículo 76 de la Constitución Nacional únicamente admite este tipo de delegación en el Poder Ejecutivo en materias determinadas de administración o de emergencia pública, en forma excepcional bajo estricto cumplimiento de las exigencias allí previstas.

Estas exigencias son dos:

  1. Que se fije un plazo para el ejercicio de las facultades delegadas;
  2. Que se ejerzan dentro de las bases de la delegación que el Congreso debe establecer.

La modificación que se pretende introducir vulnera absolutamente todos los requisitos exigidos por la Constitución.

En primer lugar, se advierte que no se ha probado fehacientemente la configuración de alguno de los supuestos excepcionales que habilitan la delegación legislativa. Es a todas luces insuficiente aducir razones de conveniencia a los fines de dotar al Poder Ejecutivo de las competencias propias del Poder Legislativo. En este sentido, Bidart Campos efectúa una serie de consideraciones sobre las excepciones contenidas en el art. 76 actual: «pese a las ambigüedades en el léxico del texto constitucional reformado (…) no es razonable suponer que la Constitución deja opción libre para usar de la delegación legislativa”. Es claro que estas excepciones deben ser interpretadas restrictivamente, precisamente porque son excepciones y no la regla general. Si se reconociera que la “reestructuración presupuestaria” (materia delegada en el proyecto) es una cuestión de “administración” en los términos del artículo 76, perderían todo sentido las cláusulas constitucionales citadas ya que prácticamente “todo” el Presupuesto puede configurar materia delegable, lo que se enfrenta a la idea de que nuestros constituyentes quisieron dejar en manos del Congreso –órgano plural por excelencia- la facultad privativa de sancionarlo, asignando los recursos de la Nación a los gastos necesarios y al cumplimiento de obligaciones. De la misma forma, dentro de una interpretación restrictiva de las excepciones a la prohibición por parte del Poder Ejecutivo de emitir disposiciones de carácter legislativo, no basta la mera existencia de una cuestión de “administración” para habilitar la delegación sino que debe justificarse con muy buenas razones porque el Poder Ejecutivo podría enfrentar en mayor y mejor medida que el Legislativo ese tipo de cuestiones.

Menos discusión merece aún la improbable idea de que pudiera existir una situación de “emergencia pública” que habilitara la presente delegación. Como sostiene Arzuaga, la “emergencia pública” es una «situación fáctica excepcional que altera negativamente a la sociedad o alguno de sus sectores, impidiendo la concreción del bien común al desestabilizarla institucional, económica o socialmente. De allí que la emergencia pública no es una materia, sino una circunstancia imprevisible o que siendo previsible es inevitable, de tal manera que ella podrá referirse a distintas materias«. Claramente, resulta complejo acreditar una situación de emergencia pública para fundar la presente delegación legislativa, cuando el mismo gobierno que impulsa la iniciativa da cuentas de superávit y liquidez suficiente.

Además, y como surge con toda claridad, el proyecto en crisis no fija ningún plazo para el ejercicio de la facultad delegada, sino que, por el contrario. Se trata de una delegación “permanente”, por lo cual resulta manifiestamente inconstitucional.

Finalmente, tampoco establece “las bases de la delegación”. Este requisito responde a la necesidad de superar la tensión existente entre la delegación legislativa y la división de poderes. Por ello, como ya se adelantó, el Congreso no puede delegar en el Poder Ejecutivo la función de legislar (artículo 29 y 76, y artículo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional, que prohíbe al Poder Ejecutivo emitir disposiciones de carácter legislativo), pero sí puede transferir, en ciertas ocasiones, ciertos poderes para llenar los detalles no contemplados en la ley. A tal fin, la norma delegante debe establecer un patrón inteligible o política legislativa, que sirva de guía al órgano delegado y le impida apartarse de sus funciones.

Lo que no puede hacer es una entrega en blanco de la competencia, sino que debe establecer con toda claridad los límites y condiciones bajo los cuales estas atribuciones serán ejercidas (conforme lo sostenido por la Corte Suprema en el leading case Delfino). Es decir, el Congreso debe indicar suficientemente el campo en el cual la administración ha de actuar, de manera tal que se sepa si aquella se ha mantenido dentro de la voluntad de la ley.

Éste fue el criterio sostenido por diversos miembros de la Convención Constituyente de 1994. Sostuvo al respecto García Lema que “el Congreso debe definir la materia de la delegación y suministrar un patrón o criterio claro para guiar al organismo administrativo al cual se transfieren facultades”. Posteriormente y ya en una obra doctrinaria, agregó este autor que “la idea que anima esta prohibición [de la delegación legislativa], es que el Congreso no está habilitado para delegar en bloque en el Presidente todas sus facultades legisferantes, porque ello está impedido por el Art. 29 de la Constitución… Como consecuencia de esa regla, la delegación legislativa tampoco puede importar la transferencia, lisa, llana y definitiva de legislar sobre ciertos asuntos. Este segundo principio, establecido en la doctrina, ha sido ahora reconocido normativamente en el mencionado artículo 76, cuando preceptúa que el Congreso debe fijar “las bases de la delegación’” (García Lema, La delegación legislativa, en la obra colectiva La reforma de la Constitución, Rubinzal-Culzoni, Santa Fe, 1994, Págs. 400/402. (el resaltado es propio).

El constituyente Gregorio Badeni también se manifestó por una interpretación muy restrictiva del artículo 76 como medio de evitar agravios a la división de poderes: “de todas maneras y atendiendo al carácter excepcional de esta delegación, su interpretación deberá ser sumamente restrictiva y jamás podrá conducir al absurdo de anular en la práctica política, no solamente la doctrina de división de poderes sino también la jerarquía del Congreso y su razón de ser constitucional. El principio general para el análisis de la delegación legislativa resulta del artículo 99, inciso 3º de la Ley Fundamental que en su segundo párrafo establece que el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo.”

La modificación buscada a la Ley de Administración Financiera no cumple con este requisito, ya que autoriza al Jefe de Gabinete a hacer uso de una atribución propia (dictar el presupuesto), sin límites precisos y sin siquiera establecer en qué supuestos pueden apartarse de lo aprobado por el Congreso. En definitiva, lo que el Congreso de la Nación hace es librar un cheque en blanco.

Al respecto, Quiroga Lavié se pronunció en el mismo sentido que el aquí propuesto con relación al proyecto de presupuesto para el año 1995 que contenía una disposición similar a la aquí impugnada, aunque referida a una Ley de Presupuesto. Sostuvo entonces que “… reputamos inconstitucional el Art. 14 del proyecto de presupuesto elevado por el Ejecutivo para 1995, pues allí se establecía la libre disposición de las partidas por parte del Ejecutivo, sin bases ni límites de ninguna especie. Eso y no aprobar el presupuesto es lo mismo. En tal caso una legislación de esta naturaleza debe ser materia de control por parte de la justicia” (Constitución de la Nación Argentina Comentada, Ed. Zavalía, Buenos Aires, 2000, 3º Edición, p. 390. El resaltado es propio).

Como ya se ha señalado, la importancia de que sea el Congreso Nacional quien establezca la forma en que se aplican los fondos públicos radica en que es el órgano con mayor legitimidad de origen, por cuanto se encuentra conformado por legisladores que representan al pueblo y a las provincias, los cuales son elegidos en forma directa por la ciudadanía. Además, es el órgano deliberativo de nuestro sistema democrático por antonomasia, y por tanto es el ámbito en el que mejor pueden determinarse las prioridades del país.

En sentido coincidente se expresa el profesor Bernard Schwartz, uno de los más destacados especialistas estadounidenses en derecho administrativo, al señalar las razones por las cuales el Poder Legislativo no puede delegar sus funciones básicas: “...En un sistema representativo es función de los representantes del pueblo efectuar las decisiones difíciles que son necesarias para fijar las políticas públicas significativas. Cuando el Congreso delega sus poderes en forma global, con la sola limitación de un vago estándar de ‘interés público’, está abdicando su trabajo de realizar las decisiones difíciles sobre las políticas públicas. Si, en consecuencia, las elecciones respecto de las políticas públicas son retiradas del proceso político, también son retiradas del control popular. Permitir que los representantes del pueblo se saquen de encima la responsabilidad respecto de las decisiones en temas de políticas públicas en beneficio de los expertos administrativos, es permitirles votar a favor del paternalismo y en contra de la democracia…”<!–[if !supportFootnotes]–>[6]<!–[endif]–>.

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Conclusiones

La consagración de los denominados “superpoderes” en la Ley de Administración Financiera constituye una franca violación a la división de poderes, consagrada en la forma republicana de gobierno.

Es de recordar que la doctrina de la separación de los poderes es una garantía a las libertades individuales. Se sostiene al respecto que este principio “constituye una respuesta al problema relativo a si la conducta de los gobernantes … debe o no estar encuadrada y limitada por normas jurídicas de derecho positivo. Esa respuesta, y por tanto esa doctrina, se concreta en la afirmación de que –con la finalidad de asegurar la libertad de los seres humanos- la actividad estatal –es decir, la de aquellos que se imputa al Estado- no debe estar totalmente en las mismas y únicas manos, sino que debe estar repartida entre distintos órganos”<!–[if !supportFootnotes]–>[7]<!–[endif]–>.

La Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano de 1789 ya establecía en su artículo 16 que “La sociedad en donde no estén garantizados los derechos ni esté establecida la separación de poderes, carece de Constitución”.

Si la finalidad del principio de separación de poderes es controlar el poder, posibilitar la libertad y garantizar los derechos de las personas, la violación a este principio pone en serio riesgo los derechos de los individuos, e importa la violación a las garantías individuales. Así se ha manifestado la doctrina: “La finalidad perseguida no es otra que evitar el desborde del poder y el peligro para las libertades personales que suscitaría la centralización en la toma de decisiones públicas. Por eso la concentración del poder es rechazada enérgicamente en el Art. 29 de la Constitución Argentina”<!–[if !supportFootnotes]–>[8]<!–[endif]–>.

Como consecuencia de este principio, el artículo 29 de la CN prescribe que “El Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la Patria”.

Efectivamente, el artículo 29 fue concebido por los constituyentes como una declaración de defensa del sistema republicano consagrado en el artículo 1º de la Ley Suprema. Sostiene al respecto Gelli que “El Art. 29 de la Constitución Nacional, protege expresa y preferencialmente los derechos a la vida, al honor y a la integridad del patrimonio, de las arbitrariedades de los gobernantes y garantiza la división e independencia de los poderes como una seguridad de aquellos derechos”<!–[if !supportFootnotes]–>[9]<!–[endif]–>.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció sobre el alcance de las prohibiciones contenidas por el artículo 29 CN, y afirmó al respecto que “La finalidad de la norma ha sido siempre impedir que, alegando motivos de urgencia o necesidad, el Poder Ejecutivo asuma facultades extraordinarias y la suma del poder público, lo que inevitablemente trae aparejada la violación de los derechos fundamentales del hombre libre, que la propia Constitución Nacional garantiza”<!–[if !supportFootnotes]–>[10]<!–[endif]–>.

Los “superpoderes” al Jefe de Gabinete deben ser valorados institucional y políticamente dentro de este contexto, puesto que se trata de una violación a múltiples normas constitucionales con el objetivo de ampliar las facultades del Ejecutivo al extremo de que en los hechos, el Parlamento se transforma en un órgano vacío de poder (pues se ve privado de ejercer su función principal), y las decisiones en materia parlamentaria que de éste emanan son potenciales “expresiones de deseo” en tanto pueden ser alteradas según el arbitrio de un funcionario que no es elegido por el voto popular.

El principio republicano de división de poderes impide que el Poder Ejecutivo ejerza la función legislativa. Precisamente, lo que nuestra Constitución busca es impedir que unos pocos tomen arbitrariamente decisiones sobre lo que nos concierne a todos. Gobernar por decretos de necesidad y urgencia o a través del abuso de las facultades delegadas es ignorar a los representantes legítimos del pueblo. O en otras palabras: ignorar la democracia y a sus instituciones.

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Marcela V. Rodríguez

Diputada de la Nación

Partido A.R.I.

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<!–[if !supportFootnotes]–>[1]<!–[endif]–> Dispone este artículo que “El Poder Ejecutivo nacional, los Poderes Ejecutivos Provinciales y el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sólo podrán, durante la ejecución presupuestaria, aprobar mayores gastos de otros Poderes del Estado siempre que estuviera asegurado un financiamiento especialmente destinado a su atención.

Asimismo, no podrán aprobar modificaciones presupuestarias que impliquen incrementos en los gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital o de las aplicaciones financieras”.

<!–[if !supportFootnotes]–>[2]<!–[endif]–> Ekmekdjian “Tratado de Derecho Constitucional”, T IV, ed. Depalma, Buenos Aires, p. 467.

<!–[if !supportFootnotes]–>[3]<!–[endif]–> Quiroga Lavié “La potestad de contralor del Congreso de la Nación”, La Ley, 28 de septiembre de 1984.

<!–[if !supportFootnotes]–>[4]<!–[endif]–> Ob. Cit. Pág. 466.

<!–[if !supportFootnotes]–>[5]<!–[endif]–> C.S.J.N., Fallos 148: 81, caso “Dellepiane c. Provincia de Tucumán”.

<!–[if !supportFootnotes]–>[6]<!–[endif]–> Administrative Law. A Casebook”, Little, Brown and Company, 1994, Página 118.

<!–[if !supportFootnotes]–>[7]<!–[endif]–> Mario Justo López, Manual de Derecho Político, Buenos Aires, Ed. Depalma, 1994, 2ª edición, p. 391. El resaltado es propio.

<!–[if !supportFootnotes]–>[8]<!–[endif]–> María Angélica Gelli, Constitución de la Nación Argentina, Comentada y Concordada, Ed. La Ley, Buenos Aires, 2003, 2ª edición, p. 19. El resaltado es propio.

<!–[if !supportFootnotes]–>[9]<!–[endif]–> Ob. cit., p. 261. El resaltado es propio.

<!–[if !supportFootnotes]–>[10]<!–[endif]–> Caso registrado en Fallos 309:1689, considerando 6º del voto conjunto de los jueces Petracchi y Bacqué, en la denominada “Causa 13”; en igual sentido se pronunció el ministro Fayt en el caso “Basilio Arturo Lami Dozo”, Fallos 306 (1): 911, considerando 7º; el resaltado es propio.

 

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