Jubilaciones: la nueva ley entraría en vigencia antes del 15 de septiembre
Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en agosto 21, 2006
La norma deberá establecer el nuevo mecanismo de modalidad de haberes, a partir de lo dispuesto al respecto por un fallo de la Corte Suprema. La fecha límite coincide con la presentación del Presupuesto 2007 en el Parlamento, donde deberán estar incorporadas estas mejoras.
El Congreso dio la última semana el primer paso para avanzar en la actualización de la movilidad de los haberes jubilatorios, como lo dispuso la Corte Suprema, y espera sancionar un proyecto en esa dirección antes del 15 de setiembre cuando se presente en el Parlamento el Presupuesto 2007.
En un fallo del 9 de agosto último, el máximo tribunal del país ordenó otorgarle movilidad a las jubilaciones y encomendó al Congreso Nacional fijar el criterio y el mecanismo para aumentar periódicamente los haberes en «un plazo razonable», aunque no precisa cuál será.
De todos modos, el gobierno a través del Jefe de Gabinete, Alberto Fernández, aseguró que en los próximos días el gobierno nacional tendrá listo un esquema para actualizar los haberes previsionales, en respuesta al fallo de la Corte Suprema de Justicia.
Según fuentes oficiales, tanto los funcionarios de seguridad social y de la Anses como los legisladores buscan una fórmula para establecer un nuevo índice de movilidad que incluya diferentes variables como salarios, ingresos y gastos públicos, así como la coyuntura económica del país.
Este avance fue reconocido a Télam por la principal referente del ARI en materia previsional, María América González, quien destacó que tiene «muchas expectativas» en torno al proyecto, al sostener que los legisladores están «trabajando a conciencia y con el compromiso de aprobar el proyecto antes del 15 de setiembre».
La movilidad es la relación entre el haber jubilatorio y los salarios en actividad, es decir que, una vez determinado el haber inicial, el jubilado debería seguir teniendo un ingreso que evolucione de manera similar a los ingresos de los trabajadores activos.
Las leyes previsionales vigentes contemplan tres variantes de movilidad: en base a la evolución de distintos índices de salarios o la recaudación previsional (que toma en cuenta los salarios y el nivel de los aportes) y, en el caso de los regímenes especiales, como docentes o investigadores científicos, directamente como proporción (82 u 85 por ciento) del cargo por el que se jubiló.
El fallo de la Corte destacó la necesidad de incrementar las jubilaciones de más de 1.000 pesos que estaban congeladas por una decisión del gobierno de Carlos Menem, cuando Domingo Cavallo era ministro de Economía, que dejó sin efecto la norma que ajustaba automáticamente las jubilaciones por el índice de salarios.
La resolución de la Corte Suprema para el ajuste jubilatorio establece que se resuelva la situación por la vía parlamentaria o por «cualquier medida que esté al alcance del Gobierno».
Si bien el debate en torno al aumento jubilatorio ya comenzó en la Cámara de Diputados, por donde ingresará el Presupuesto 2007, no se descarta que si se trata de una ley impulsada desde el Poder Ejecutivo, ésta sea debatida en primer lugar en el Senado, donde el oficialismo posee amplia mayoría.
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