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El bloque de diputados ARI pide informes sobre la cantidad de cargos de la planta de personal permanente, planes sociales y personal temporario de la provincia

Posted by LA ARGENTINIDAD ...AL PALO en noviembre 16, 2006

¿Cómo se conforma la Planta de Personal de la Provincia?

En representación de su bloque el Diputado Antonio Riestra ingresó un pedido de informes sobre la cantidad de cargos de la planta de personal de la provincia

De acuerdo a la composición de la planta de personal de la Administración Central, enviada por el Poder Ejecutivo en el Proyecto de Presupuesto para el año 2007, se incorporan 2.543 cargos más que en el año 2006, y se transforman 409 cargos temporarios en permanentes. «Por este motivo -dice el arista- queremos conocer si dichos cargos ya fueron ocupados y de qué modo o si, por el contrario, se trata de cargos vacantes para ser asignados durante el próximo ejercicio.»

 

Estas regularizaciones y eventualmente incorporaciones, deben hacerse ponderando un conjunto de elementos objetivos y subjetivos, que garanticen procedimientos justos y transparentes. Es importante conocer la cantidad de cargos que se ocuparon en función de lo prescripto en el Art. 2º de la Ley Complementaria del Presupuesto para el año 2006.

 

Queremos recordar -expresa en sus fundamentos el diputado Riestra- que la Planta de Personal era aprobada por Ley de Presupuesto y no podía modificarse en cuanto a la totalidad de los cargos y que ello sólo era posible aprobando otra ley que lo enmiende, procedimiento que consideramos el único pertinente. De homologarse el contenido de este artículo, la delegación de facultades conferidas al Poder Ejecutivo, sumadas a las otorgadas por este cuerpo en oportunidad de la aprobación de la llamada Ley de Administración Financiera, constituirían una renuncia total a las obligaciones de naturaleza legislativa.

 

PROYECTO DE COMUNICACIÓN

Pedido de Informes

La Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe solicita al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, informe lo siguiente acerca de la cantidad de cargos referidos a la Planta de Personal de la Provincia:

1) Detalle Analítico de la Planta de Personal al 31 de Octubre de 2006 discriminado por jurisdicción y dentro de cada una de ellas, clasificados en planta de Personal Permanente, Temporario y Horas Cátedra.

2) Detalle Analítico de la Planta de Personal al 31 de Octubre de 2006 discriminado por jurisdicción y dentro de cada una de ellas en cargos Ocupados y Vacantes.

3) Cantidad de Personal incorporado a planta permanente en cumplimiento del Art. 2º de la Ley 12.397 discriminado por Jurisdicción, Agrupamiento y Categoría Escalafonaria.

4) Describa los sistemas de selección utilizados en los casos referidos al punto 3) anterior.

5) Detalle la nómina de decretos dictados, en relación al punto 3) anterior.

6) Informe detallado de los «Compromisos asumidos por el Poder Ejecutivo en lo referente al ingreso a planta de personal permanente del personal contratado – transitorio» para el ejercicio 2007, discriminados de igual forma que el punto 1.

7) Informe si dentro de esos compromisos, se prevé la designación por ingreso de beneficiarios de Planes Jefes y Jefas de Hogar que hoy prestan servicio en las distintas reparticiones del Estado Provincial.

8) Se indique la cantidad de beneficiarios de Planes Sociales que prestan servicios en el Estado Provincial, discriminados por organismo.


Sr. Presidente:

Considerando la necesidad de regularizar la situación de las personas que hoy están prestando servicio en el Estado Provincial sin ser parte de su planta de personal, lo cual incluye a contratados, transitorios, Planes Jefes y Jefas de Hogar, etc. y en línea con nuestra manifiesta preocupación exteriorizada en este cuerpo, entendemos que la información solicitada permite aproximaciones imprescindibles para decidir sobre el particular.

En este sentido, creemos que dichas regularizaciones y eventualmente incorporaciones, deben hacerse ponderando un conjunto de elementos objetivos y subjetivos, que garanticen procedimientos justos y transparentes.

De acuerdo a la composición de la planta de personal de la Administración Central, enviada por el Poder Ejecutivo en el Proyecto de Presupuesto para el año 2007, se incorporan 2.543 cargos más que en el año 2006, y se transforman 409 cargos temporarios en permanentes. Por este motivo – entre otros – queremos conocer si dichos cargos ya fueron ocupados y de qué modo o si, por el contrario, se trata de cargos vacantes para ser asignados durante el próximo ejercicio.

Además, estimamos importante conocer la cantidad de cargos que se ocuparon en función de lo prescripto en el Art. 2º de la Ley 12.397 Complementaria del Presupuesto para el año 20061

Adicionalmente, consideramos relevante efectuar un seguimiento sobre esta problemática, habida cuenta de la existencia – en el Proyecto de Presupuesto Anual 2007 – de un Artículo nominado con el número 29 (veintinueve) 2, que reitera los términos de la Ley 12.397 e incorpora lo previsto en las Leyes 9.282 6.830 y 6.915.

Queremos recordar a este cuerpo, que la Planta de Personal era aprobada por Ley de Presupuesto y no podía modificarse en cuanto a la totalidad de los cargos y que ello sólo era posible aprobando otra ley que lo enmiende, procedimiento que consideramos el único pertinente. De homologarse el contenido de este artículo, la delegación de facultades conferidas al Poder Ejecutivo, sumadas a las otorgadas por este cuerpo en oportunidad de la aprobación de la llamada Ley de Administración Financiera, constituirían una renuncia total a las obligaciones de naturaleza legislativa.

En consecuencia, solicitamos a nuestros pares la aprobación de este Proyecto.


1 LEY 12.397. ARTICULO 2.- Facúltase al Poder Ejecutivo a modificar los rubros de recursos, erogaciones, erogaciones figurativas y aplicaciones financieras del Presupuesto de la Administración Pública Provincial en la medida que sea indispensable para el desenvolvimiento de los servicios, dan cumplimiento a los acuerdos celebrados en el marco de la ley Nº 10.052, haciéndolos extensivos a los organismos descentralizados y a los entes autárquicos, ampliar el Plan de Trabajos Públicos con el objetivo de procurar un adecuado equilibrio Departamental tanto con recursos de este presupuesto como extrapresupuestarios, recomponer ingresos de los sectores activos y pasivos, siempre que el comportamiento esperado en la percepción de los recursos permita garantizar su atención, sin alterar el resultado financiero del cuadro de ahorro – inversión – financiamiento, o en su caso con destino a la atención del servicio de la deuda.

Las disposiciones que se adopten por aplicación del presente artículo deberán ser comunicadas a las HH. CC. Legislativas dentro de los quince (15) días posteriores a su dictado.

2 ARTICULO 29: Las modificaciones que disponga el Poder Ejecutivo a la Planta de Personal que se fija por la presente Ley de Presupuesto en virtud de las facultades conferidas por el artículo 28 inciso h) de la Ley Nro. 12.510 se ajustarán a las siguientes limitaciones:

a) No aumentar el total general de cargos fijado para la Administración Pública Provincial, con excepción de los que resulten necesarios para cumplimentar compromisos asumidos por el Poder Ejecutivo en lo referente al ingreso a planta de personal permanente del personal contratado – transitorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley Nro. 12.397, pero haciéndolo extensivo al personal comprendido en el Estatuto – Escalafón “Ley Nro. 9282”, y aquellos que resulten de la aplicación de las Leyes Nros. 6915, 6830 y modificatorias, en lo atinente exclusivamente a la reincorporación de agentes en los que el porcentaje de invalidez no alcance el mínimo establecido para acceder al beneficio de jubilación, en tanto y en cuanto se verifique la imposibilidad de la Jurisdicción respectiva de ofrecer en reducción cargos vacantes.

porcentaje de invalidez no alcance el mínimo establecido para acceder al beneficio de jubilación, en tanto y en cuanto se verifique la imposibilidad de la Jurisdicción respectiva de ofrecer en reducción cargos vacantes.

 

 

 

 

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