Intervenciones de los Diputados del ARI
Eduardo Macaluse
Sr. Macaluse.- Señor presidente: solicito el tratamiento sobre tablas del proyecto por el que se declara de interés parlamentario la IV Conferencia Nacional de Políticas de Drogas, contenido en el expediente 3.762-D.-2006. Pido disculpas a la Honorable Cámara por no haberlo solicitado en la reunión de la Comisión de Labor Parlamentaria, pero en ese momento no sabía que había sido aprobado por la única comisión a la cual fue girado, es decir, Prevención de Adicciones y Control del Narcotráfico.
Sr. Macaluse.- Señor presidente: tal como lo hemos planteado siempre, nuestro bloque no está de acuerdo con los pedidos de licencia prolongados para ejercer cargos en el Poder Ejecutivo. Por lo tanto, adelanto el voto negativo de nuestro bloque.
Marcela Rodríguez
Sra. Rodríguez.- Señora presidenta: en realidad el proyecto venido en revisión reitera efectivamente lo que habían sido los textos de las leyes 25.148, 25.645 y 25.918, como ya se dijo, que disponían la ratificación por dos o tres años, dependiendo del caso, de la delegación legislativa en favor del Poder Ejecutivo dictada con anterioridad a 1994.
Ahora bien, el artículo 1° de cada una de estas normas también dispone, además de la prórroga, que el Poder Ejecutivo tiene que ejercer esas atribuciones con arreglo a lo dispuesto en el artículo 100, inciso 12, de la Constitución Nacional. Esto es algo que también debe ser tenido en cuenta en este debate. Es decir que al Poder Ejecutivo se le impuso algo que era obvio: cumplir con todos los recaudos impuestos a partir de la reforma de la Constitución Nacional, en aquellos casos en los que existiera delegación legislativa. Es decir que los decretos deben ser refrendados por el señor jefe de Gabinete de Ministros y ser sometidos al control del Congreso de la Nación.
En realidad, nosotros hemos tenido una posición histórica crítica en relación con este tipo de normativas.
En 1999, consideramos un texto similar a éste que vino en revisión del Senado. En ese momento el miembro informante de la Comisión de Asuntos Constitucionales fue la señora diputada Carrió. Introdujo reformas al proyecto que fueron aceptadas por esta Cámara, fundamentalmente en lo que tiene que ver con el cuestionado artículo 2°, que menciona cuáles son las materias de administración, a las que posteriormente me voy a referir por la laxitud de la redacción de ese artículo.
En realidad, la señora diputada Carrió había propuesto que el artículo 2° dijera que las normas habían sido dictadas al amparo de la delegación delegante y que mantenían vigencia de conformidad con la jerarquía del órgano que las había dictado. Eso es algo también diferente, porque se trataba de una vigencia de espacio y tiempo, que no implicaba una aprobación.
Ella misma dijo en su discurso que cualquier juez podía cuestionar la constitucionalidad de la norma, y que no implicaba aprobarlas en ese momento. Además, le imponía a los órganos del Poder Ejecutivo que informaran cuáles eran las herramientas o facultades delegadas que se usaban en situaciones de emergencia y que eran necesarias para la función.
El ex ministro Bielsa dijo mejor que nadie en una reunión de la Comisión de Asuntos Constitucionales que si hay alguien que sabe realmente de qué se trata todo esto es el propio Poder Ejecutivo. No es el digesto el que nos va a dar la solución. Cuando dicta una norma y debe utilizar una facultad delegada, de hecho el Poder Ejecutivo expresa lo siguiente: “Visto la norma tal…”, y sabe precisamente cuáles son las normas que necesita para cumplir determinados actos.
Entonces el Poder Ejecutivo y otros órganos como el Banco Central o la AFIP eran los que podían dar esta información que nos posibilitara ordenar toda la situación para que el Congreso pudiera sancionar un proyecto de ley que zanjara, de una vez y para siempre, esta cuestión. Estoy citando casi textualmente lo que fueron las palabras pronunciadas por la señora diputada Carrió en 1999.
La Cámara de Diputados aceptó la propuesta, pero la Cámara de Senadores insistió en su sanción original, y de esa forma fue aprobada la primera norma.
Como consecuencia de lo expuesto, no contamos con los mecanismos correspondientes y nos vimos obligados a las sucesivas prórrogas.
En 2002, todos recordarán que vivimos una situación de caos, con lo que llegamos a sancionar una norma sin que existieran discursos, a mano alzada y creo que por unanimidad. En ese momento había cierta razonabilidad en el procedimiento dada la situación en que se encontraba el país.
Pero obviamente era discutida la constitucionalidad de esa norma, además de que implicaba seguir manteniendo las prórrogas, a pesar de que la disposición de la cláusula transitoria octava es definitiva.
En realidad, desde el bloque de la mayoría se sostiene que es indispensable una nueva prórroga porque de otra manera el ordenamiento jurídico se caería in totum y se producirían grandes males. En rigor de verdad, si no hay una prórroga no se producirá ninguna de estas catástrofes. Lo único que va a suceder es que una facultad que es propia del Congreso de la Nación y no del Poder Ejecutivo vuelva al ámbito que corresponde, es decir, a este Parlamento. En todo caso, si es necesario, el Poder Ejecutivo tendrá que remitir un proyecto de ley a este Congreso. El oficialismo cuenta con una holgada mayoría en ambas Cámaras, y en ese sentido, ya se demostró que cuando quiere sancionar un proyecto con rapidez, lo hace. Consecuentemente, no va a suceder nada y no habrá inconvenientes en que se apruebe ese proyecto.
Además, el oficialismo cuenta con otra herramienta: si realmente estuviéramos ante una situación de extrema gravedad, existe la posibilidad de que se dicte un decreto de necesidad y urgencia. Precisamente para eso existe ese tipo de norma; si el Poder Ejecutivo la utiliza para cualquier cosa, bien puede hacerlo para las situaciones que lo ameritan. Es decir que no tenemos necesidad de una nueva prórroga ni existe posibilidad de ningún daño.
Además, esta es una prórroga masiva que afectaría la cláusula transitoria octava y el artículo 76 de la Constitución Nacional. Distinto es el caso en que existe una situación excepcional, como ocurría en 1999 pero no hoy, a doce años de la reforma constitucional, cuando se pretende seguir manteniendo esta prórroga que no sabemos qué duración puede llegar a tener.
En oportunidad de debatir esta prórroga en el año 2004 fuimos muy críticos respecto de los artículos 2° y 3°. Efectivamente, cuando la delegación se permite para determinadas materias de administración, ello debe tener una razón. Sin embargo, tal como lo ha dicho el señor diputado Tonelli, en el artículo 2° del proyecto se enumera una excesiva cantidad de facultades pero finaliza diciendo “toda otra materia asignada por la Constitucional Nacional al Poder Legislativo nacional que se relacione con la administración del país”. En resumidas cuentas, esto significa que se considera como materias determinadas de administración a toda materia relacionada con la administración del país, es decir, a todo. Si esto les parece que es una forma de acotar cuáles son las materias determinadas de administración, me parece que es una forma bastante extraña de usar el lenguaje.
Esta ambigüedad y vaguedad de la norma también fue criticada en 1999 por la señora diputada Carrió, quien dijo que daría lugar a pleitos o problemas de constitucionalidad, y que además extendía el ámbito de delegación efectuada por el Congreso. Es decir que lo que acaba de señalar el señor diputado Tonelli ya lo había advertido la señora diputada Carrió en 1999, señalando que el artículo 2° extendía el ámbito de delegación y no se limitaba a las normas anteriores a 1994. Por eso en ese momento la Comisión de Asuntos Constitucionales decidió suprimir ese artículo.
Pero, además, el artículo 3° aprobaba las normas dictadas entre los años 2002 y 2003, y ahora se pretende hacer lo mismo con las comprendidas entre los años 2004 y 2006 y con la totalidad de la legislación delegada.
Ahora bien, como el artículo 1° dice que el Poder Ejecutivo tiene que seguir el procedimiento del artículo 100 inciso 12), en realidad lo que corresponde es que el Congreso revise una por una las normas y no que se expida in totum, es decir, de manera general sobre todas ellas.
Ya en el año 2004 nosotros habíamos dicho que esto en realidad es una trampa, porque mediante la prórroga de las facultades nos quieren llevar a aprobar cosas que ni siquiera sabemos de qué se tratan y quieren que le demos un cheque en blanco al Poder Ejecutivo.
El señor miembro informante dice que Sagües daba el consejo de verificar una norma por sus consecuencias o ratificar sus resultados. Acá podemos ratificar los resultados con una mera descripción de algunos de los decretos que fueron dictados al amparo de la última norma, que fue la ley 25.918.
Miren en qué resultó la última ley que se aprobó en 2004, cuando dijimos que estábamos dando un cheque en blanco, que trataban de hacer trampa, que iban a querer aprobar cosas bajo la delegación que íbamos a sancionar.
Algunos de estos decretos no tienen como único fundamento la ley 25.918, pero todos se remiten a ella como dictados al amparo de la legislación delegada por esa norma, y algunos simplemente por esa norma.
El decreto 1.067/05 crea la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario sobre la base solamente de esa norma. El decreto 1.023/06 transfiere el Registro Nacional de Armas de la órbita de la Secretaría de Asuntos Militares del Ministerio de Defensa al Ministerio del Interior ‑esto no parece ser muy grave. El decreto 1.683/05 se refiere a la aprobación del programa de obras, trabajos indispensables y adquisición de bienes en el Plan Nacional de Inversiones Ferroviarias. El decreto 243/06 ‑esto se empieza a poner más interesante- se refiere a un convenio por 150 millones de dólares y adivinen quién está involucrado: De Vido, el ministro de Planificación Federal. En el decreto 1.700/04 ya son 200 millones de dólares, y quien tiene que ver con este decreto dictado al amparo de esta norma es nuevamente De Vido, el ministro de Planificación Federal. El decreto 182/05, referido a un convenio de garantía por 200 millones de dólares, es un proyecto de desarrollo de la inversión sustentable en infraestructura. El decreto 529/06 es un modelo de convenio de préstamo destinado al proyecto de transición del programa Jefes y Jefas de Hogar por 350 millones de dólares. El decreto 32/06, se refiere a otro contrato de préstamo, es un programa de apoyo al Programa Familia Fase 1 por 700 millones de pesos. El decreto 1.616/04 es un programa de ajuste estructural en apoyo de la recuperación de la economía por 500 millones de dólares. El proyecto de modernización del Estado se materializó mediante el decreto 392/06, por 30 millones de dólares. El decreto 652, consistió en una donación para la preparación del proyecto de eficiencia energética en la Argentina, por 345 mil dólares solamente para costo del servicio de consultoría.
También podemos mencionar el decreto 182/06, por 98 mil euros; el decreto 1.003/05, sobre el programa de mejora de competitividad del sector turismo, por 33 millones de dólares; el decreto 919/05, sobre el programa de fortalecimiento institucional productivo de gestión fiscal provincial, por 18 millones de dólares; el decreto 392/05, sobre el programa de fortalecimiento institucional del Senado de la Nación, por 4 millones 800 mil dólares.
También podemos citar la carta‑acuerdo para el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad, por 339 mil dólares; el decreto 31/05, por 350 mil dólares; el decreto 1.711/04, sobre el programa de desarrollo para áreas fronterizas, por 22 millones de dólares; y el decreto 633, sobre el programa de reforma del sector de agua potable y saneamiento, por 30 millones dólares.
No los voy a seguir cansando con la enumeración de decretos. Simplemente quiero decir que todo eso se hizo al amparo de la ley 25.918, entre otras normas, que además ahora se pretende aprobar in totum mediante el artículo 3°, que dice: “Apruébase la totalidad de la legislación delegada dictada, al amparo de la legislación delegante preexistente a la reforma constitucional de 1994, desde el 24 de agosto de 2004 hasta la fecha de entrada en vigencia de esta ley”. Se procede de esta forma de la misma manera en que se otorgaron facultades para el dictado de estas normas. Insistimos en que nosotros no estamos dispuestos a dar un cheque en blanco ni a seguir avalando situaciones como éstas, con las que se sigue violando la Constitución Nacional.
Además, creemos que esto va a ser mucho más gravoso en términos de lo que se ha dicho acá. Al hablar del digesto, la señora diputada tuvo una visión optimista y dijo que desde el Ejecutivo alguien había dicho que no iba a haber más prórrogas. Sin embargo, la senadora Cristina Fernández de Kirchner al informar en el Senado de la Nación sobre el digesto dijo lo siguiente: “En este sentido, tengo dudas de si lo van a poder hacer en el plazo de tres años que estamos acordando hoy. Ojalá me equivoque y no sea necesario dentro de tres años volver a reunirnos aquí para hacer nuevamente esto. Aclaro que no estoy ‘satanizando’. Ojalá que me equivoque –lo reitero‑, porque sería muy bueno que pudiéramos demostrarnos a nosotros mismos que somos capaces de hacerlo. Pero sinceramente no creo que pueda ser así”.
Por lo tanto, ni siquiera la senadora Fernández de Kirchner cree que esto se pueda resolver a corto plazo. Entonces, ¿hasta cuándo les vamos a seguir dando un cheque en blanco? ¿Hasta cuándo se va a seguir violando la Constitución? Sin lugar a dudas, hay algo que no se puede permitir.
Sra. Rodríguez.- Señora presidenta: efectivamente, como lo reconocí al principio de mi exposición, algunos de estos decretos sólo se basan en la ley anterior y otros tienen su fundamento en varias normas. ¿Qué es lo que viene sucediendo sin solución de continuidad? No me tomé el trabajo de buscar todos los decretos porque sólo quería contar con los más recientes, y además, resulta un poco difícil ubicarlos mediante el buscador; pero lo cierto es que cada vez que se sanciona un proyecto como el que se halla en debate estos decretos son aprobados in totum.
En algunos casos puede tratarse de decretos emitidos sobre la base de facultades propias, pero en muchas situaciones no; de lo contrario, no estaríamos invocando esta ley.
Entonces, en vez de someter cada una de estas normas al control estipulado en el inciso 12) del artículo 100 de la Constitución, en el artículo 3° del proyecto de ley se dispone la aprobación de la totalidad de la legislación delegada dictada entre 2004 y 2006. Este es el problema.
Es posible que alguna norma sea correcta, pero podrían existir algunas otras incorrectas. Apuesto a que la mayoría de los diputados de este Congreso no conoce lo que dice cada uno de estos decretos; yo no lo sabía hasta que los leí. Sin embargo, estamos aprobándolos. Es esto lo que quiero significar, porque está violándose la Constitución.
El mecanismo, incluso respecto de esa ley con la que estuvimos en contra en el año 2004, consistía en seguir con lo que establece el inciso 12) del artículo 100 de la Constitución. Ello no se respeta, pero igual lo aprobamos. Entonces, cada dos o tres años continuamos violando la Constitución.
Este bloque ya no está dispuesto a entregar más facultades del Congreso, a permitir mayores vulneraciones a la Constitución y dar cheques en blanco a un Poder Ejecutivo que cada vez concentra más facultades. (Aplausos.)
Sra. Rodríguez.- Señora presidenta: es cierto que el artículo 100, inciso 12, planteaba la creación de una comisión bicameral. Lo que afirma el señor miembro informante no es correcto en el sentido de que no puede ser retroactivo. Lo cierto es que cuando el Poder Ejecutivo quiso enviar un DNU para ser ratificado por este Congreso, lo hizo aunque no existiese esa comisión bicameral. Es decir que hubo una forma de aprobarlo, y aun sin la comisión bicameral este Congreso ejerció el control. Cuando no quiso, no lo hizo, y todos estuvimos sometidos a los vaivenes del Poder Ejecutivo. Pero no era requisito ineludible para el control –por lo menos para el oficialismo no lo fue‑, dado que lo enviaron y aprobaron sin la existencia de la comisión bicameral.
En cuanto a lo demás, estoy de acuerdo con el señor diputado Tonelli, por lo cual obviaré su referencia.
La otra cuestión respecto de este tipo de normas es que al aprobarlos no solamente aprueban. En una sesión del año 1999 el senador Yoma, que era presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, sostuvo que la legislación delegada también debería ser ratificada lisa y llanamente habida cuenta de que con dicha ratificación aquélla adquiriría el rango jerárquico normativo de ley formal. Es decir que aquí se presenta otro problema, porque si lo que se pretende es que sea una resolución de la AFIP, no puede tratarse de una ley.
Por ese motivo, en su momento la señora diputada Carrió había hecho la propuesta de mantener la vigencia según la jerarquía del órgano que la dictó. Si ahora hicieran eso, de hecho no se caería nada y ustedes tendrían una solución más apegada a la Constitución; sin embargo, ustedes no quieren optar por esta vía.
Adrián Pérez
Sr. Pérez (A.).- Señor presidente: responderé a la convocatoria que ha realizado la señora miembro informante del oficialismo ‑referida a que busquemos un mayor grado de consenso‑ con otra: que revean el texto que hoy el oficialismo somete a consideración atento a que no atiende la cuestión central, que sí contemplan otros dictámenes, como por ejemplo el que suscribe el bloque del ARI, sustentado en proyectos legislativos presentados hace mucho tiempo en esta Cámara.
Los miembros informantes sostuvieron que este proyecto de ley constituye uno de los avances institucionales más importante de los últimos tiempos, y yo quiero demostrar que esta iniciativa es puro maquillaje. La verdad es que este proyecto de ley no atiende la cuestión de fondo, no resuelve el tema central: cómo evitar el secreto en los actos de gobierno.
Estamos dispuestos –como deberíamos estarlo todos‑ a respetar el principio constitucional de que en un esquema republicano los actos de gobierno deben ser públicos. Por ese motivo queremos que todos los actos de gobierno sean públicos, por supuesto los del Parlamento, pero también, y mucho más, los del Poder Ejecutivo, que es unilateral, discrecional y carece de controles.
Resulta claro que estamos de acuerdo con la publicidad de las leyes secretas existentes hasta el presente. Sin embargo, la pregunta es: ¿por qué exigimos la publicidad de las leyes secretas, reconocidas hoy por el oficialismo como de carácter histórico e intrascendentes, y no estamos dispuestos a dar publicidad a los decretos secretos que fueron el origen de los más vastos delitos cometidos desde la administración pública nacional en los últimos tiempos? Esta es la cuestión central.
Cuando se publiquen las leyes secretas encontraremos donaciones de caballos de pura sangre o importaciones de vajilla de porcelana para la Quinta Presidencial de Olivos exenta de impuestos. En cambio, cuando se den a publicidad los decretos secretos, que el oficialismo no quiere abrir, develaremos a la sociedad cómo se manejaron en la Argentina los fondos reservados, cómo absolutamente todos los gobiernos democráticos incrementaron los fondos reservados por la vía del dictado de decretos para desviarlos a las más diversas actividades ilícitas. Eso es lo que contienen los decretos y no las leyes secretas.
Obviamente queremos publicidad pero de las cuestiones trascendentes que pueden poner en evidencia cómo se desviaron los recursos de las arcas públicas.
Queremos saber, señor presidente, porque la sociedad lo necesita, cuál fue el instrumento que permitió el desvío ilegal de armas a Croacia y Ecuador, que no se posibilitó por medio de leyes secretas sino de los decretos secretos del Poder Ejecutivo.
No hay nada en las leyes secretas. Es más, todos sabemos que en los últimos 25 años de la historia argentina, desde la vuelta de la democracia, no hay leyes secretas, pero sí decretos secretos.
Tengo que confiar en la palabra de la miembro informante de mayoría que sostiene que este gobierno sólo dictó un decreto secreto. Ciertamente no lo sé. Asimismo tengo que confiar en algunos informes periodísticos y en la información que pude obtener en algunas causas judiciales, pero la verdad es que en una República los actos del Poder Ejecutivo deberían estar al servicio del conocimiento público, y hoy deberíamos estar abocados a analizar la publicidad fundamentalmente de los decretos secretos.
También deberíamos restringir los organismos habilitados para recibir fondos reservados y establecer mecanismos de control sobre esos fondos, porque estas cuestiones tampoco han sido tratadas en el proyecto del oficialismo.
Esos son los puntos que nos diferencian sustancialmente; no es una cuestión menor ni secundaria, sino central.
Días pasados una legisladora me decía que daba la sensación de que yo hablaba como si la historia hubiese empezado cuando me senté en esta banca, lo cual no es cierto. La verdad es que defendemos esta posición después de haber estudiado y analizado los hechos que sucedieron en nuestra historia más reciente, habilitados fundamentalmente por decretos secretos.
¿Cómo se inició el tratamiento de este tema en el Parlamento nacional? Empezó allá por abril de 2004, cuando María Julia Alzogaray declaró por primera vez en la causa que se le seguía por enriquecimiento ilícito que había recibido sobresueldos, que eran los que justificaban su enriquecimiento. Ese fue el primer reconocimiento de un funcionario público de la década del 90 de la existencia de los sobresueldos.
Pocos días después –también en abril de 2004‑ conocimos las declaraciones de Roberto Martínez Medina, que había sido secretario de Granillo Ocampo, quien reconoció que este último también cobraba sobresueldos con recursos provenientes de los fondos reservados. En aquel momento Martínez Medina manifestó que todos los meses iba a retirar el sobre a la secretaría de Aiello, donde se encontraba con todos los secretarios de los ministros y de los secretarios de Estado. Los secretarios de Mazza y de Alderete también iban del 1 al 10 a retirar los sobresueldos.
Luego conocimos la declaración de Santiago Lozano, funcionario del Ministerio del Interior, quien reconoció haber cobrado sobresueldos.
También en el mes de abril declaró Ricardo Cossio, ex director de la DGI entre 1989 y 1995, quien dijo: “Señores: yo cobré sobresueldos, pero también los recibían la mayoría de los funcionarios”.
La propia secretaria de Aiello dijo en su declaración que del 1 al 10 pasaban por su oficina los secretarios de los principales funcionarios del Poder Ejecutivo.
Así comenzó esta discusión, que en mayo de 2004 terminó con una condena contra María Julia Alzogaray por enriquecimiento ilícito. En aquella oportunidad el tribunal oral señaló: “Hay una actividad sistemática e irregular por parte del Poder Ejecutivo, que tenía a su cargo la administración de fondos públicos, acciones que a nuestro entender alcanzan la categoría de delito, consistente en el pago a los funcionarios de mayor jerarquía de la administración nacional en forma absolutamente discrecional de sobreasignaciones que no tenían respaldo legal.”
Quiere decir que todos los funcionarios de aquella época cobraban sobresueldos, y lo hacían porque existía un decreto secreto que permitía el incremento de los fondos reservados.
En diciembre de 2004 conocimos la declaración de Camilión. Esto es muy interesante, porque el ex ministro declaró en la causa por la venta ilegal de armas a Croacia y Ecuador, que no se perpetró en base a una ley secreta –a las que hoy les quieren dar publicidad y prohibir a futuro‑, sino a un decreto secreto.
Entonces, queda en claro que el problema pasaba y sigue pasando por los decretos secretos y no por las leyes secretas.
En su declaración Camilión reconoció que tenía 2 millones de dólares en Suiza, pero aclaró que provenían de los sobresueldos que cobraba ,al igual que el resto de los ministros del Poder Ejecutivo Nacional.
Existe otra causa que nosotros citamos cuando impugnamos el pliego de Martín Redrado cuando se lo designó como presidente del Banco Central. En esa causa cuatro funcionarios de la Comisión Nacional de Valores reconocieron que no solamente Redrado cobraba sobresueldos –chocolate por la noticia‑, sino que todos ellos también los percibían. Fue una suerte de autoimputación de esos cuatro funcionarios; me refiero al secretario privado, al gerente de Comunicaciones, a la directora de Recursos de la Comisión Nacional de Valores y a otra secretaria privada de Redrado. Era tan evidente que Martín Redrado cobraba sobresueldos que destinaba a cuestiones personales, que los propios funcionarios manifestaron que sus sobresueldos provenían de lo que aquél cobraba. Redrado era generoso, porque distribuía.
Luego nos enteramos de otras cuestiones –no solo del tema de los sobresueldos‑, que dejaban en claro que el dinero era desviado para otro tipo de actividades ilícitas, siempre proveniente de fondos reservados.
No era para sobresueldos, sino para coimas para que se aprobara la ley de reforma laboral. Entonces Rafecas dijo: “¿Señores, saben lo que pasó? Se sacaron 5 millones de dólares de la SIDE para pagar a los senadores para que voten el proyecto de ley de reforma laboral.”
Era agosto de 2005, y después vino la causa en la que estaba involucrado Galeano, y se descubrió que efectivamente este juez le había pagado 400 mil dólares a Telleldín para incriminar a los policías en la causa AMIA.
Así podría seguir nombrando causas judiciales en las que sucedieron hechos similares. También podemos mencionar los casos de los jueces federales que cobraban sobresueldos, de los periodistas que cobraban sobresueldos, y siempre lo mismo. ¿Saben de dónde salían esos sobresueldos? De los fondos reservados. ¿Y saben cómo se incrementaban los fondos reservados? No por ley secreta, sino por decreto secreto.
¿Saben cómo se vendían ilegalmente las armas? No por ley secreta, sino por decreto secreto. Siempre fueron decisiones del Poder Ejecutivo, y no del Parlamento Nacional.
Por eso queremos tratar la cuestión con seriedad, sensatez y racionalidad, y afrontar el tema central, que es el secreto en las decisiones del Poder Ejecutivo. Desde ahí siempre se han cometido los ilícitos.
La Oficina Anticorrupción elaboró un informe debido a la existencia de muchas causas, en el que explicaba que efectivamente lo que ocurría era que el Poder Ejecutivo incrementaba mediante decretos secretos los fondos reservados, y que no había posibilidad de controlarlos, porque los secretos no se controlan.
Nos decía, por ejemplo, que en el año 1992 los fondos de la SIDE se incrementaron por decreto secreto en 92 millones de pesos: pasaron de 115 a 207 millones. En el año 1993 se aumentaron en 76 millones de pesos y en el año 1995, en 66. ¿Pero saben qué pasó? Si yo observo año por año, encuentro que el incremento siempre se debió a un decreto secreto.
¿Hubo en estos años alguna ley secreta que incrementara esos fondos? No, era siempre lo mismo: un decreto secreto. Esto no fue patrimonio únicamente del menemismo, porque llegó el año 2000 y también hubo un incremento de los fondos de la SIDE: de 138 pasaron a 167 millones mediante un decreto reservado, y ahora estaba en el gobierno la Alianza. No es patrimonio del menemismo ni tampoco de la Alianza, porque también lo hizo este gobierno.
Cuando Beliz se fue del gobierno dijo: “Señores, ¿saben qué pasó? Les cuento. Hubo un incremento de fondos reservados para la SIDE de cien millones de pesos mediante dos decretos, uno de Duhalde y otro de Kirchner, que tenían como destino financiar la campaña de Kirchner.”
Nosotros dijimos que no podía ser. ¿Por qué decreto se incrementó? Buscamos todos los decretos y no existía. Entonces dijimos: “Mintió Beliz”. No, no mintió Beliz. Lo que pasó nuevamente es que hubo un decreto reservado que posibilitó el incremento de los fondos reservados.
Queremos que todo se publique porque el pueblo quiere saber de qué se trata. Queremos mostrar a la sociedad lo que pasó durante todos estos años con los fondos reservados, con los incrementos, con las ventas ilegales, y para esto indefectiblemente debemos publicar los decretos secretos.
No alcanza con la publicación de las leyes. Es más, diría que a esta altura es intrascendente la publicación de las leyes. Si verdaderamente queremos que la sociedad sepa, tenemos la obligación moral de publicar y poner en conocimiento las decisiones secretas del Poder Ejecutivo que permitieron los más vastos ilícitos de la administración pública nacional.
La otra vez me decía el diputado Bielsa lo siguiente: “La verdad es que mientras yo estuve en la función no tuve fondos reservados, y nunca tomé una decisión secreta.”
¿Saben una cosa? Le creo al señor diputado Bielsa. Pero qué bueno sería despejar las dudas para que ello se conociera efectivamente, tanto para el bien de nosotros como para el que nunca tomó decisiones secretas ni contó con fondos reservados.
Si uno observa lo que ocurrió en los últimos años, se va a dar cuenta de que en 1993 el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto incrementó los fondos reservados en un 93 por ciento. ¿Lo hizo mediante leyes secretas? No, utilizó decretos secretos.
Por eso consideramos que este proyecto es de una gran falacia, y de un marcado cinismo e hipocresía. Lo vienen a presentar como el gran avance institucional, pero no se deciden a tocar la cuestión central. No se animan a publicar un solo decreto secreto ni a prohibir al gobierno y, al presidente la posibilidad de que emita decretos secretos en el futuro.
¡Vaya paradoja! Estoy de acuerdo con que exista la prohibición de leyes secretas, pero en una república el único órgano habilitado para dictar una ley secreta es el Parlamento nacional, porque cuenta con un esquema interno de control. Es decir, por lo menos existen distintas representaciones políticas que toman una decisión. Sin embargo, decimos que el Parlamento no puede hacerlo. Pero el órgano con mayor discrecionalidad, que es unilateral y está cargado de arbitrariedad, sí puede legislar en secreto y emitir decretos secretos.
Siempre se procede habilitando y concentrando facultades en el Poder Ejecutivo, y ahora se le da la posibilidad de que mantenga en secreto sus decisiones.
Por eso cuando dicen que estamos dando un salto están mintiendo. Nuestra propuesta consiste en discutir en serio y dar a publicidad los decretos, prohibiendo para el futuro los decretos secretos.
Tengo una posición personal: ¿el Parlamento podría establecerse alguna regla excepcional para dictar una ley secreta? La respuesta es afirmativa si existieran condiciones de control posterior y si hubiera una ley de acceso a la información, que hoy no tenemos en la Argentina. O sea que en estas condiciones es imposible dictar una norma de ese carácter.
La ley de acceso a la información que sancionó esta Cámara fue destrozada en el Senado. La paró Cristina y la destrozaron. Entonces, ya no hay posibilidad de tener una ley de acceso a la información. Insisto: en estas condiciones es imposible legislar.
Lo que resulta irrisorio es que hoy nos presenten todo esto como un avance y un salto cualitativo en pos de la calidad institucional; esto es pura falacia, cinismo e hipocresía.
Nos han dicho que podemos llegar a invadir funciones propias del Poder Ejecutivo. Es una total mentira. En todo caso, lo que estamos haciendo es reglamentar un mandato constitucional, porque la Carta Magna nos obliga a que los actos de la administración pública deben revestir tal carácter –o sea, ser públicos‑ para el conocimiento de la sociedad. Este es el principio fundamental en todo esquema republicano. Entonces, no estamos vedando ninguna facultad al Poder Ejecutivo, sino que estamos cumpliendo con un mandato constitucional al prohibir al presidente que emita decretos secretos.
Hoy el miembro informante nos ha dicho que establecimos alguna limitación al Poder Ejecutivo en la ley de los superpoderes. Es cierto. Por eso la verdad es que aplaudo –en esto soy sincero‑, porque creo que la ley de superpoderes contó con una sola cuestión positiva: la cláusula por medio de la cual se impidió al señor jefe de Gabinete de Ministros reasignar partidas e incrementar fondos reservados.
Lo importante hoy habría sido que hubiéramos impedido al Poder Ejecutivo establecer disposiciones secretas, tal como lo hemos hecho con el Parlamento. Así como venimos a exigir la publicación de todas las leyes secretas, también deberíamos exigir al Poder Ejecutivo la publicación de todos los decretos secretos.
Uno de los grandes problemas que tuvimos fue la existencia de muchos organismos habilitados para recibir fondos reservados. Por eso dijimos que había que eliminar a todos aquellos que nada tuvieran que ver con la defensa y la seguridad nacional.
El problema consiste en que el texto que pretende aprobar el oficialismo nos remite a dos leyes: la de defensa nacional y la de seguridad interior. De modo tal que continuamos con la misma cantidad de organismos habilitados para recibir fondos reservados. Siguen estando el Congreso de la Nación, el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, etcétera. Hay algunos organismos que figuran de manera correcta, pero hay otros que nada tienen que ver con la cuestión vinculada con la defensa y la seguridad. Esta es otra diferencia importante con nuestro dictamen.
Sr. Presidente (Cambareri).- Su tiempo ha concluido, señor diputado.
Sr. Pérez (A.).- Ya termino, señor presidente.
En nuestro dictamen proponemos el establecimiento de mecanismos de control, pero no me voy a extender en esto porque mi tiempo ha concluido.
Quiero cerrar mi exposición señalando que las últimas leyes que se han sancionado en el Congreso -la reglamentación del dictado de los decretos de necesidad y urgencia y los superpoderes- apuntan a una mayor concentración y secreto en las facultades del Poder Ejecutivo. Por eso apoyamos el dictamen del ARI; e queremos terminar en serio con el secreto y proponemos la prohibición de las leyes y decretos secretos.
Deseamos seriamente que la ciudadanía conozca lo que pasó: por eso pedimos la publicidad de las leyes y decretos secretos.
Queremos eliminar los organismos que utilizan fondos reservados y no realizan tareas de seguridad y de defensa nacional. Por eso sostenemos el dictamen del ARI y no el del oficialismo.
Pretendemos establecer mecanismos de control. Por eso apoyamos el dictamen del ARI y no el del oficialismo.
No queremos convalidar la hipocresía, el cinismo y el absolutismo. Por eso no vamos a votar el dictamen del oficialismo. (Aplausos.)
Marta Maffei
Sra. Maffei.- Señor presidente: en primer lugar solicito autorización para insertar mi discurso en el Diario de Sesiones, y también anticipo el voto afirmativo del bloque del ARI.
El proyecto de ley en consideración, por el que se crea el Programa Nacional para la Educación Sexual, tiene una altísimo consenso y es producto de muchos años de trabajo. Es una norma humana, ética, respetuosa, consensuada, democrática y participativa a todos los niveles, ya que los padres participan en la escuela y en la definición del programa, y también participan el Consejo Federal, el Ministerio de Educación y distintos especialistas con la absoluta posibilidad interdisciplinaria de definir programas, contenidos, proyectos y materiales didácticos.
Esto está basado en dos cuestiones fundamentales: el derecho de los jóvenes a recibir educación sexual y la obligación de la escuela de otorgarla, sin discriminar si la escuela es pública o privada y con la absoluta claridad de que toda persona, desde el ingreso al sistema educativo ‑en el preescolar‑ y hasta el nivel terciario, tendrá el derecho de recibir una educación sexual de carácter integral.
Por primera vez en mucho tiempo, y no sé si por única vez, en este recinto estamos a punto de empezar a desmitificar algunos temas y de correrle el velo al tabú de la educación sexual, que ha causado estragos en la historia de la civilización y particularmente en la historia de las mujeres y de las niñas. Es la primera vez que vamos a correr el velo del currículo oculto que ha existido por siglos dentro del sistema educativo, y quizás por primera vez podamos empezar a hablar justificadamente de educación integral.
Por primera vez vamos a sacarnos el “mascarón”, vamos a sacarnos la hipocresía y vamos a empezar a plantear una historia diferente, de hablar con la verdad, sin dejar la ética, los principios y la verdad de lado. El ser humano es al mismo tiempo físico, biológico, psíquico, cultural, social, histórico y afectivo. No se puede seguir desgajando al ser humano, no se puede seguir fracturándolo, y muchísimo menos se puede recortar, a partir de nuestras incapacidades, miedos, inhibiciones y los desconocimientos que tenemos, el derecho de los pibes a aprender.
Yo no necesito recordar aquí lo que ha sido la historia de siglos con la obturación de la información, del conocimiento y de la educación sexual. ¡Cuántos siglos de violencia, cuántos miedos, cuántas culpas! ¡Qué enorme incapacidad que hemos tenido de juntar el placer con la función reproductiva! ¡Cuántos años y cuántos siglos de ocultamiento, que han cargado de culpa, vergüenza y miedo a las personas, al punto de que en muchísimos casos, aun como adultas, no han podido tener una relación saludable en materia sexual y de relaciones interpersonales.
Es más; la situación sexual no aclarada y la violencia padecida han terminado siendo la base de una reiteración patológica donde la víctima pasa a ser victimario, repitiéndose así históricamente los procesos de abuso sexual.
Ya es tiempo de que realmente nos convirtamos en adultos porque somos capaces ya no de practicar sexo ‑cualquier animal lo practica‑ sino de hablar de sexo, razonable, ética y comprensivamente, con toda la capacidad que tenemos como seres humanos para desarrollarnos en plenitud.
Es tiempo de educar al ser humano en su sensibilidad, en la pasión, en el amor, en la soledad. La persona debe ser educada integralmente, y ésta es una dimensión que faltaba en su educación. Todos conocemos las consecuencias de haber ocultado la educación sexual. Todos sabemos –y los docentes lo hemos visto mucho más‑ lo que han padecido nuestros chicos. Conocemos acerca del abuso y de la violencia, de la prostitución y pornografía infantiles en la actualidad, de las enfermedades de transmisión sexual, de la maternidad adolescente –como han manifestado mis compañeras‑ y de los conflictos familiares ocultos.
Debo decir algo que la practica docente me ha enseñado reiteradamente. La mayoría de los que se oponen a la educación sexual terminan siendo los que en la casa realizan el abuso sexual. Esto lo hemos visto reiteradamente en la escuela pública.
Es enorme la cantidad de denuncias de la Sociedad de Pediatría. No hay límite de edad. Las víctimas son cada vez de menor edad. El 68 por ciento de todas las violencias proviene del ámbito familiar, el ámbito más íntimo, el de las personas que deberían cuidar a los niños; incluso, en la escuela, en las instituciones deportivas.
Saquémonos la careta y empecemos a hablar seriamente de los verdaderos trastornos que padecen nuestros pibes. Ya es tiempo de actuar y educar no sólo a la víctima. También hay que educar la voluntad, la sensibilidad, la ética y la pasión del posible victimario. Si no educamos a las dos partes, volverán a reiterarse las prácticas del abuso sexual.
Finalmente, sin pretender abusar del tiempo porque sé que todos estamos cansados, deseo que algo quede absolutamente aclarado. En primer lugar, este proyecto de ley no ha dejado de lado a los padres sino que los ha incluido; pero el derecho de los padres no puede llegar a inhibir el derecho de los chicos a recibir educación e información sexual. Hay un límite: los niños no son propiedad de los padres, y no depende de la voluntad de ellos el derecho a educarse que tienen los chicos. Éste es un derecho consagrado en la ley, en la Constitución y en todos los tratados internacionales que ha firmado la República Argentina y en los cuales se basa aquella ley.
¿Por qué se trata de un derecho que está por encima de la voluntad de los padres? Porque en realidad ir a la escuela y educarse es un derecho para que las personas tengan defensa propia; un derecho social para que tengan oportunidad de defenderse. Ir a la escuela no es un hecho relacionado con la posibilidad de confirmar o rechazar las opiniones de los familiares, acentuar la discrecionalidad de los docentes o soportar la de quien fuere. Uno va a la escuela a aprender, a insertarse en una cultura y a adquirir los conocimientos socialmente valiosos para ser una persona íntegra.
Se dice que en este proyecto de ley existe –lo he escuchado de parte de algunos compañeros que me han precedido en el uso de la palabra- la posibilidad de una objeción de conciencia.
En este sentido, quiero establecer dos aspectos básicos, porque me parece que existe confusión. Algunos compañeros están creyendo que lo que nosotros vamos a implementar es una asignatura llamada “Educación Sexual”, que va a tener horario de clase, y los chicos la van a cursar todos los días o dos o tres veces por semana. Entonces, se plantea la posibilidad de que el padre tenga derecho a retirar a su hijo cuando se cursa dicha asignatura. Están equivocados.
Este es un programa tendiente a acciones de educación sexual que se va a desarrollar en distintas asignaturas y materias. Estará presente cuando se curse Psicología, Filosofía, Historia, Biología, Literatura. ¿Qué van a hacer los padres? ¿Van a retirar a sus hijos de todas las clases? Cada vez que un maestro empiece a hablar racionalmente de un problema sexual durante cualquier asignatura, ¿van a sacar al chico? ¿Le van a dar un permiso automático para que se retire de clase cada vez que se toque un tema de educación sexual?
No nos hagamos la ilusión de que vamos a tapar el sol con las manos porque los mismos padres que dicen que podrían objetar el derecho de su hijo de aprender en forma sistemática, científica, ética y ordenada adentro de la escuela a través de los especialistas y de los docentes, no pueden inhibir lo que después ocurre fuera de clase. De esta manera, el pibe aprende en cualquier lado: en los recreos -así está mal informado o con conocimientos dudosos brindados por sus compañeros-, en el club de fútbol, en la cancha o a través de la televisión, de la forma más soez y grotesca. Incluso hoy he escuchado que hasta por teléfono celular: marcando simplemente cuatro números se puede acceder a cualquier tipo de información sexual.
Entonces, permitamos que la educación sexual sea sensatamente brindada por la institución escolar. (Aplausos.)